La ‘ley mordaza’ recauda 6,1 millones en sanciones por consumo de drogas

Más de 9.000 multas se han expedido en el primer año y medio de aplicación de la normativa

Iñaki Alonso @alonsopons /
15 ago 2017 / 23:33 h - Actualizado: 16 ago 2017 / 10:08 h.
"Drogas"
  • La sanción mínima por consumir droga en la calle ha pasado de 300 a 601 euros con la ‘ley mordaza’. / Efe
    La sanción mínima por consumir droga en la calle ha pasado de 300 a 601 euros con la ‘ley mordaza’. / Efe

El Gobierno ha obtenido en año y medio cerca de nueve millones de euros en la aplicación de sanciones por la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como ley mordaza, en Sevilla. El 70 por ciento de esta cuantiosa recaudación procede de una única fuente de ingresos: las multas aplicadas a los sevillanos que consumen droga en la calle, que desde la puesta en marcha de la polémica ley –aprobada por el PP en solitario, cuando gozaba de mayoría absoluta, y criticada hasta la saciedad por la oposición– han reportado a las arcas del Estado un total de 6,1 millones en el periodo comprendido desde julio de 2015 y diciembre de 2016.

«El consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos», recoge el articulado de la ley, cuya entrada en vigor dobló la cuantía de las sanciones por este extremo. Por ejemplo, si antes consumir un porro podía costar 300 euros, ahora la norma eleva la infracción mínima a 601 euros, aunque puede llegar a los 30.000 euros. Tope que, por ciento, también se recogía antes.

Con todo ello, desde la entrada en vigor se han expedido más de 9.000 sanciones, el grueso durante el pasado ejercicio, con 6.312. Eso implica un ritmo de 17 multas al día en 2016 por consumir algún tipo de droga en la vía pública. Del resto de normas vinculadas a estupefacientes no recogen apenas incidencias. Así, sólo se han producido cuatro infracciones en 18 meses por trasladar de personas para facilitar a éstas el acceso a drogas tóxicas, que apenas han supuesto 2.500 euros recaudados. También se han aplicado 13 sanciones en Sevilla por cultivar sustancias psicotrópicas en lugares visibles al público –cuando no es infracción penal–. Tampoco se ha producido un número cuantioso de sanciones en locales que toleren que puedan consumir en su interior: tan solo consta cinco infracciones relacionados con estos hechos en los datos que maneja el Ministerio del Interior hasta el 31 de diciembre de 2016.

El consumo de droga supone, por tanto, el sostén recaudatorio de la ley mordaza, que en el resto de supuestos sí aporta un número importante de sanciones, pero que no implican cuantías tan voluminosas como las que genera este tipo de sustancias. No en vano, las sanciones totales se elevan a 15.628 en su primer año y medio, siendo las más voluminosas, además de las 9.000 asociadas al consumo, las 2.579 infracciones por uso de armas. En concreto, por –y así lo recoge la ley– «portar, exhibir o usar armas prohibidas, así como portar, exhibir o usar armas de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso, aún cuando en este último caso se tuviera licencia». Estos supuestos permitieron una recaudación de algo más de 1,2 millones.

A ello le sigue una infracción leve, recogida también por la normativa. «Las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad, cuando estas conductas no sean constitutivas de infracción penal», recoge una ley que, en 18 meses, se ha utilizado para ejecutar 1.631 infracciones. De hecho, la escasa gravedad de los hechos hace que la recaudación sea también escasa: solo 167.000 euros, cantidad exigua si se compara con lo obtenido por el consumo de drogas.