Lo acusan de estafar más de 800.000 euros y le echa la culpa a su empleada

La Fiscalía solicita la pena de cinco años y tres meses de cárcel para los acusados y reclama que se le imponga una multa de seis euros diarios durante un periodo de once meses así como el abono de las costas procesales.

13 may 2019 / 16:35 h - Actualizado: 13 may 2019 / 16:45 h.
  • Lo acusan de estafar más de 800.000 euros y le echa la culpa a su empleada

El juicio contra M.M.N. y M.C.L.R., acusados de estafar más de 800.000 euros a varios clientes de una entidad bancaria de la localidad sevillana de Cantillana, ha comenzado este lunes en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla, con la declaración de M.M.N. que ha descargado toda la culpabilidad de los hechos que se enjuician en su empleada, la otra acusada M.C.L.R.

En su declaración, M.M.N. ha explicado que administraba una sociedad inmobiliaria y financiera que desde 2002 tenía un contrato de agente colaborador con una entidad bancaria para que mediara en nombre del banco en la realización de operaciones de pasivo, activo y servicios en la localidad de Cantillana.

De esta manera, el acusado ha señalado que su cometido como agencia colaboradora era la de realización de ingresos, reintegros, actualización de libretas bancarias y el ofrecimiento de servicios como hipotecas y fondos de inversión como "meros intermediarios" toda vez que ha señalado que la tramitación del contrato de esos servicios era gestionada por una oficina bancaria de San José de la Rinconada.

Así, ha explicado que tanto él como M.C.L.R., a quien contrató por recomendación de un conocido para que se encargara principalmente de las labores bancarias de la agencia, recibían formación para poder ofrecer los servicios financieros del banco.

En esta línea, M.M.N. también ha detallado que todos los servicios financieros se realizaban "con cargo a cuenta" y no con "cobro de efectivo" y que periódicamente recibían la visita de empleados del banco para hacer tratos puntuales con los clientes para revisar las labores que se ejercían. Además, ha señalado que había un rendimiento diario con la entidad bancaria toda vez que remitían todas la documentación de las operaciones a través de un servicio diario de valija.

Con todo, este acusado ha señalado que esta relación de agente colaborador bancario era más un "tema de prestigio" y que suponían ingresos "complementarios" al indicar que el grueso de sus beneficios "son en un 80 y 75 por ciento" proceden de su actividad inmobiliaria. Igualmente, ha querido resaltar que M.C.L.R. no tenía ninguna relación contractual con el banco, y que era empleada únicamente suya y que por ese trabajo cobraba "un sueldo fijo" contemplado en el convenio colectivo, si bien ha matizado que "en algún momento se llevó una comisión por haber participado en la venta de un inmueble".

"NO CREAR NINGUNA ALARMA"

Con respecto a los hechos que se le acusan, por los que Fiscalía solicita que se imponga una pena de cinco años y tres meses de prisión tanto a él como a la otra encausada, M.M.N. ha indicado que todo transcurría con normalidad hasta que el 26 y el 27 de abril de 2009 dos clientes le transmite que ha habido "irregularidades" con respecto al dinero de su cuenta. Así, ha detallado que se puso en contacto con M.C.L.R. quien le reconoció "que cogió el dinero de manera puntual porque lo necesitaba y que lo iba a restituir posteriormente".

De igual modo, el acusado ha señalado que a consecuencia de estas irregularidades, el banco suspendió el contrato con su agencia si bien les pidió tanto a él como a la otra encausada que siguieran trabajando de cara al público "con el control de un trabajador del banco" con el fin de "seguir un protocolo" para "no crear ninguna alarma y dar muestras de normalidad".

Asimismo, M.M.N. ha señalado que en mayo de 2009 una persona cercana suya le llama para avisarle de que el banco le ha ofrecido el contrato de colaboración que tenía con su agencia por lo que es "entonces" cuando, según ha continuado relatando, tiene conciencia de que puede haber "más irregularidades cometidas por M.C.L.R." y decide actuar "en consecuencia".

Por ello, ha indicado que acuerda con su empleada que ésta firme ante notario una declaración de responsabilidad de las irregularidades bancarias detectadas con el objeto de "cubrirme las espaldas" ante "hechos que no he cometido y que desconocía".

Por último, ha señalado que el 24 de junio de 2009 acudió una cliente para preguntarle por un movimiento irregular en su libreta y que en ese momento vio como la libreta "refleja reintegros escritos con una máquina de escribir que no correspondía a ningún material de la oficina" y que tras esto, rompió la libreta "fruto de la frustración" y que se dirigió a M.C.L.R. para increparle "haber cometido más irregularidades" y haber "abusado de su confianza".

Además, ha apuntado que ese mismo día, trabajadores del banco se llevaron todo el material de la oficina, tanto los documentos, como los equipos tecnológicos e "incluso los bolígrafos con el logotipo del banco", y es entonces cuando pierde "la relación con M.C.L.R." y finaliza la labor de la agencia mediadora. Ante esta situación, se dirigió con responsables del banco quienes le indicaron, según ha declarado el acusado, que contra él el banco "no tiene nada" que van en contra de su empleada "que ha admitido ser culpable de varias irregularidades".

LOS PERJUDICADOS SEÑALAN A LA ACUSADA

De otra parte, ha declarado el oficial de la Guardia Civil que se encargó de instruir el atestado de la investigación quien en su testificación ha indicado que M.C.L.R. reconoció "en cierta medida" los hechos y que les señaló a los investigadores que "lo hizo porque le hacía falta por su mala situación económica y que tenía voluntad de devolver el dinero que cogía". Asimismo, el instructor ha manifestado que al comienzo de las actuaciones todos los perjudicado señalaron a M.C.L.R. y que hay indicios de que esta acusada "se llevaba libretas bancarias de varios clientes a su domicilio".

Cabe destacar que la Fiscalía en su escrito de acusación, al que tuvo acceso Europa Press, indica que los encausados "de común acuerdo y con ánimo ilícito de enriquecimiento", realizando "el trato directo con los clientes M.C.L.R." mientras que la dirección y control de las operaciones "correspondía a M.M.N." realizaron varios movimientos con el fin de disponer del dinero de las cuentas bancarias de varios clientes.

Ante esta situación, el Ministerio Público inculpa a los encausados de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial de un delito continuado de apropiación indebida y, por ello, además de solicitar la pena de cinco años y tres meses de cárcel para los acusados, reclama que se le imponga una multa de seis euros diarios durante un periodo de once meses así como el abono de las costas procesales.