Una justicia para reparar y no sólo castigar

Mediación intrajudicial. Junto a los servicios de resolución extrajudicial de conflictos laborales o familiares, los jueces también ofertan la posibilidad de que las partes ya en litigio lleguen a acuerdos

20 dic 2016 / 21:56 h - Actualizado: 21 dic 2016 / 07:00 h.
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  • Loz juzgados de Rota (Cádiz) ofrecen mediación en los ámbitos penal, civil y familiar. / El Correo
    Loz juzgados de Rota (Cádiz) ofrecen mediación en los ámbitos penal, civil y familiar. / El Correo

Hay una máxima entre abogados y negociadores: «Más vale un mal acuerdo que un buen juicio». Se basa en la lógica de que el primero garantiza un grado de satisfacción aunque sea parcial para las dos partes en conflicto mientras que en un pleito decide un tercero y siempre hay vencedores y vencidos.

Quizás el ámbito en el que la cultura de la negociación está más asentada es en el de las relaciones laborales, donde antes de ir a juicio, empresas y trabajadores deben personarse en el Servicio Extrajudicial de Conflictos Laborales de Andalucía (Sercla), que funciona desde 1999. Este año han llegado al Sercla 746 solicitudes de mediación en conflictos colectivos y 223 terminaron con acuerdo (el 40,25 por ciento) y 392 individuales, donde el índice de avenencia fue del 35 por ciento.

En 2009, el Gobierno andaluz aprobó una Ley de Mediación Familiar para conflictos no violentos que surjan en el ámbito intrafamiliar ante separaciones y divorcios y todas las medidas a acordar que conllevan como régimen de visitas de los hijos, la guarda y custodia o las pensiones alimenticias, sin olvidar los problemas entre hijos y padres. No obstante, sigue siendo minoritario pese a que desde hace tres años la Junta cuenta con un registro de mediadores profesionales a disposición de quienes quieran acudir a esta vía (no es gratuita) con 1.631 psicólogos y abogados con una formación especializada que además tienen que actualizar periódicamente. La mediación familiar existe también en el ámbito intrajudicial y, de hecho, es una de las áreas donde los jueces derivan más asuntos a entidades de mediación. Y es que desde 2005 el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) impulsa la mediación, una posibilidad que los jueces no están obligados a ofertar pero en la que se intenta concienciar a los agentes judiciales para avanzar en un camino aún conscientes de que «iniciado ya el proceso judicial es más complicado lograr una solución consensuada». Tanto la creación como el mantenimiento de los servicios de mediación no son competencia del CGPJ sino que su impulso requiere de la implicación de las administraciones públicas competentes en materia de Justicia (en el caso de Andalucía, como en la mayoría de las comunidades, compartidas entre el Estado y la Junta), y de entidades públicas y privadas que desarrollan este servicio y que, en virtud de convenios previos de la administración, son a las que los jueces derivan los casos en los que ven posible que las partes lleguen a un acuerdo. No es un servicio público como la justicia gratuita. Depende mucho del voluntarismo de los jueces y de la acción altruista de entidades sin ánimo de lucro.

En Andalucía, la mayoría de los juzgados que derivan causas a la mediación son de Primera Instancia e Instrucción, si bien este sistema de resolución de conflictos con la intervención de un tercero ajeno al ámbito judicial se aplica tanto en asuntos penales como civiles y sociales.

En la práctica, los conflictos familiares –aunque estén en la vía penal al haber delitos de lesiones o amenazas– y vecinales son los más frecuentemente derivados a la mediación por parte de los jueces, si bien hay tipos delictivos a los que no se aplica como la violencia de género.

El porcentaje de derivación es bajo (sólo 81 órganos judiciales de los más de 800 existentes en Andalucía ofrecen esta posibilidad) y también el índice de acuerdo.

Curiosamente, se alcanza más acuerdos en la mediación penal que en la familiar o civil. Acuerdos que en la vía penal no paralizan el proceso judicial. Éste sigue su curso pero el fiscal suele reducir su petición de penas y en algunos casos puede solicitar el archivo, pero no es automático.

Con todo, los expertos defienden que se alcance o no el acuerdo, sentar a las partes ante un tercero que no está para juzgar sus versiones sino para buscar un entendimiento entre ambos que resarza el daño al denunciando y lleve al arrepentimiento al denunciado ya suele ser un paso. No obstante, la voluntad de las partes es clave y muchos asuntos terminan sin acuerdo porque una de las dos o ninguna se niegan a acudir al mediador desde el inicio.

«EL OBJETIVO ES UNA MEJOR REPARACIÓN DEL DAÑO Y PREVENIR CONFLICTOS FUTUROS»

El Juzgado de Instrucción 9 de Sevilla, que dirige Juan Jesús García, es uno de los cinco órganos que derivan a la mediación asuntos penales en Sevilla. En sus cuatro años de experiencia, el titular de este juzgado reconoce que «no podemos derivar todo lo que queremos porque a nosotros nos llegan los conflictos ya muy enconados». Su juzgado tiene una media de 120 causas en trámite y al año deriva entre 25 y 30 asuntos de los 3.000 que entran (muchos se archivan desde el inicio). Pese a todo, considera «muy positiva» la mediación que, en lo penal, se dirige sobre todo a que el perjudicado «pueda obtener una mejor reparación del daño».

En la jurisdicción penal la mediación no hace que el proceso judicial se pare. Salvo en casos en los que se requiera específicamente que siga adelante con la denuncia la parte perjudicada y ésta la retire, tales como conflictos vecinales o causas por revelación de datos por internet, haya o no acuerdo en la mediación, la causa sigue adelante con la acusación de la Fiscalía. Eso sí, si hay avenencia entre las partes, el Ministerio Público puede rebajar la petición de penas o incluso solicitar el archivo, pero éste no se produce automáticamente.

Para el juez Juan Jesús García, el objetivo de la mediación es facilitar un entendimiento entre las partes, una mayor reparación del daño y prevenir conflictos futuros. En su caso, reconoce que suele derivar asuntos en los que se juzgan «delitos de amenazas, coacciones, lesiones e injurias cuando entre las partes hay alguna vinculación familiar y sobre todo vecinal».

Y es que considera especialmente importante lograr un acuerdo y una reparación del daño entre partes que «van a tener que seguir conviviendo». Recuerda entre algunos de los casos derivados en los que la mediación llegó a buen puerto el de «una querella por estafa económica entre un tío y un sobrino. Me consta que fue muy difícil pero se consiguió un acuerdo, retiraron la denuncia y el fiscal ya no vio indicios suficientes de delito y se archivó». También ha derivado casos de sustracciones entre familiares, incluso violencia intrafamiliar –la de género no es objeto de mediación– y cuestiones juzgadas como delitos de revelación de secretos «por entrar en el mail de otra persona, incluso en algunos ha habido compensación económico», además de conflictos vecinales.

Es el juez el que toma la decisión de derivar un asunto a la mediación y se lo comunica a las partes y a sus abogados. Los implicados no tienen por qué estar de acuerdo, lo que ocurre es que cuando no lo están, o no acuden ni a la primera cita o los mediadores informan al magistrado de que no ha sido posible desarrollar el proceso.

García reconoce que en la vía penal, el recurso a la mediación «no está tan interiorizado porque es delicado al suponerse un interés público dañado» pero cree que es «cuestión de tiempo» y asegura que el Consejo General del Poder Judicial está haciendo hincapié en la concienciación y formación de los jueces en esta materia. Más complicado lo ve en lo contencioso administrativo porque «supone mediar con la administración» y en lo mercantil, «sobre todo en grandes conflictos con muchos acreedores».

«LA VÍCTIMA BUSCA SABER EL PORQUÉ DEL DAÑO Y AL OÍR AL OTRO YA NO VE UN MONSTRUO»

Para Jorge Ollero, mediador de la ONG Enlace –especializada en el trabajo con personas drogodependientes–, la mediación en el ámbito penal «surge porque se ve que la justicia no atiende a las víctimas, que no se sienten reparadas» mientras del lado del infractor «se basa en el castigo puro y duro sin atender a las causas que llevan a una persona a delinquir y sin un aprendizaje para que no se repita». La experiencia del trabajo con drogodependientes hizo ver a esta entidad, que realiza mediación intrajudicial desde 2008 en Cádiz, Sevilla y Huelva– que este colectivo sufría penas de cárcel duras por acumulación de condenas sin trabajar las causas de su delincuencia.

Su experiencia es que «las víctimas en realidad lo que quieren es entender por qué se les ha hecho ese daño y cuando tienen respuestas tienden a comprender al otro y a no verle como un monstruo sino como una persona que cometió un error». Aunque el proceso penal continúa su curso, cuando la mediación termina con avenencia «se simplifica mucho porque no son citados los testigos y las partes simplemente se ratifican en el acuerdo alcanzado en la mediación y se dicta sentencia, normalmente con penas atenuadas».

En este sentido existe un «ahorro económico» además de que la reincidencia «es menor», lo que a la larga también sale rentable social y económicamente. Alude a informes elaborados por comunidades como el País Vasco donde, al igual que en Cataluña, la mediación intrajudicial es un servicio público. Algo que reivindica para Andalucía donde lamenta que su desarrollo está muy basado en el voluntarismo de los jueces y de las entidades que ni siquiera reciben subvenciones específicas para estos programas. A su juicio, un servicio de mediación estable y público haría que los jueces derivaran más casos y aumentaran los porcentajes de éxito.

Muchos de los casos de mediación que llegan a los profesionales de Enlace son delitos de robos perpetrados por personas con problemas de drogodependencia así como conflictos de violencia intrafamiliar. Ollero relata asuntos como el de una mujer que abrió un vehículo para robar la radio y otros efectos del interior y «cuando la víctima la conoció y supo que era drogodependiente, lo que pidió es que acudiera a un centro de desintoxicación y así fue, terminó el tratamiento y no ha vuelto a delinquir. La víctima se vio resarcida porque le pidió perdón pero además en vez de sentirse víctima sintió que había que ayudar a una persona». Por su parte, la mujer que cometió el delito «también vio que era capaz de arreglar las cosas que había hecho mal».

Otros casos permiten han permitido reconstruir las relaciones entre padres e hijos tan deterioradas que acabaron en lesiones o entre vecinos que «si van a juicio y se dicta sentencia con una pena, van a seguir peleados mientras que si llegan a un acuerdo se puede evitar que vuelva el conflicto».

Enlace logró un éxito histórico en 2011 en un caso de delito de lesiones agravadas que llegó a la Audiencia de Cádiz. Tras la mediación, la víctima pasó del miedo y la incomprensión al entendimiento y el agresor al arrepentimiento. El tribunal redujo su pena de siete a tres años y la víctima colaboró en recoger firmas para pedir su indulto.