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El famoso 155, un mar de incógnitas

Hablan los expertos. Tres constitucionalistas sevillanos dan cuenta de la situación jurídica con la inminente puesta en marcha del artículo que puede intervenir Cataluña

19 oct 2017 / 21:29 h - Actualizado: 20 oct 2017 / 09:47 h.
"El desafío catalán","Referéndum ilegal en Cataluña","Desafío secesionista catalán"
  • Puigdemont, en el Parlament el pasado 10 de octubre. / Alberto Estévez (Efe)
    Puigdemont, en el Parlament el pasado 10 de octubre. / Alberto Estévez (Efe)

«Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general». Así se expresa, con diáfana claridad, el artículo más famoso y en boga de la Constitución, el 155, en su capítulo primero. Una solución que incluso avala acciones coercitivas –cumplimiento forzoso– de la Carta Magna que pone el paraguas de la ley sobre el Estado para su intervención en un conflicto territorial.

Un artículo que hasta ahora ha sido inédito, no solo en España sino en toda Europa –está presente en ordenamientos básicos de multitud de países– y cuyos términos finalistas, es decir, hasta dónde ha de llegar, no están, a juicio de juristas y constitucionalistas, desarrollado con matices por la norma fundamental. A este respecto, son distintas las opciones que el Ejecutivo, previa aprobación del Senado, puede adoptar en la aplicación que lleve, desde suspender de forma total los efectos de la autonomía y convocar elecciones al Parlament o simplemente tomar un leve y poco doloso control de la región, temporal, hasta hacer descarrilar las leyes del referéndum y transitoriedad, ambas anuladas por el Tribunal Constitucional.

La incógnita estriba en qué modelo será el que finalmente llegue hasta la cámara alta para iniciar su aplicación. De ahí depende, en grado sumo, las derivaciones que ese proceso pueda tener en la sociedad catalana y en contrarreacciones del Govern, que ya filtra la inminente DUI con la puesta en marcha del 155.

Javier Pérez Royo

«Llegar hasta la aplicación del 155 es una catástrofe»

Una de las voces más respetadas en el orbe del constitucionalismo es la del reputado jurista sevillano Javier Pérez Royo, catedrático de Derecho Constitucional y ex rector de la Hispalense. A su juicio, tras ser consultado por este periódico sobre la activación, ya irremisible del 155, Pérez Royo considera que se trata de una «catástrofe» a la que «no debería haberse llegado». De igual forma, el que fuera uno de los padres del Estatuto de Autonomía de Andalucía de 1981, considera que de facto, el Gobierno ya está aplicando el referido artículo en territorio catalán.

Al respecto del alcance de este artículo, el jurista afirma que todo dependerá «de lo que decida el Gobierno y lo que acuerde con el PSOE», aunque vaticina que una vez se lance su aplicación, superada la fase del Senado, el Ejecutivo corre riesgo de «perder el control de la situación», ante lo que está por ver la reacción «de la sociedad, española y catalana». En cualquier caso, Pérez Royo avisa de las muchas incógnitas abiertas, al tratarse de una acción inédita –la aplicación del 155–, «no solo en España, sino en toda Europa». Su opinión es que debería de tratarse de un proceso «breve», poco doloso en cuestiones de autogobierno, «sería doblemente grave que Cataluña estuviera sin sus derechos autonómicos bastante tiempo, con una España que la dirige desde Madrid», al tiempo que alerta que lo anterior se complica a la hora de finalizar: «¿cómo le devuelves la normalidad?»

El constitucionalista sevillano incide con cierto amargor en lo equivocada de la senda seguida por Rajoy al respecto de la cuestión catalana. «Se ha roto el entendimiento en el tema más importante en materia constitucional», clama. En cuanto a la convocatoria de elecciones, considera que si el 155 entra de pleno, la crispación será tan alta que ese extremo se complicaría sobremanera, casi haciéndolo imposible, además de que podría llegarse al caso de que las fuerzas independentistas no incurrieran, resultando un Parlament claramente «desproporcional». ~

Ana M. Carmona Contreras

«El 155 está motivado, el Govern no ha dado vías para superar el conflicto»

Otro de los perfiles constitucionalistas consultados por este periódico es el de Ana María Carmona, catedrática de Derecho Constitucional de la US, que se muestra favorable de la conveniencia de la aplicación del 155. «Está motivado, no había margen porque la Generalitat no ha dado vía de superación del conflicto», expresa Carmona, que se doctoró obteniendo el premio extraordinario de la Hispalense a la mejor tesis doctoral, entidad en la que ha llegado a ejercer como vicedecana de Relaciones Internacionales de la Facultad de Derecho, siendo además miembro de Junta Directiva de la Asociación de Constitucionalistas de España.

Más allá de transmitir que, en su opinión, «no había más remedio» que la aplicación del polémico artículo, Carmona estima que estamos ante un precepto de «mucha transcendencia, muy duro», llegándolo a calificar de «sumamente grave», que, en cualquier caso, la ocasión lo requiere: «el Estado de Derecho no puede tolerar esta vulneración».

Sin embargo, especifica que esta puesta en marcha del 155 no autoriza, en ningún caso, el uso de fuerzas armadas, más allá de especificar en su desarrollo en la Carta Magna que podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso. «Ese aspecto ¬–participación del Ejército– se regula en el artículo 116». Con esta idea, Carmona avala el uso del artículo aunque redunda en que ha de tratarse de una aplicación «muy medida, con proporcionalidad», aunque tiene claro que hay que «limitar al mínimo» las competencias del Govern. En este sentido, Carmona opina que, tal y como está tratando de procurarse Rajoy, medidas de esta índole han de revestirse «del máximo respaldo político».

Tirando de futurología, Carmona afirma no imaginar hasta qué punto llegará la aplicación, «porque el 155 no habla de medidas concretas». Al mismo tiempo alerta de que habrá una «reacción muy seria» de la sociedad catalana. «No solo independentistas, también de gente comprometida con la autonomía». ~

Guillermo Jiménez Sánchez

«Todos los poderes están sometidos a la decisión del Constitucional»

Jiménez Sánchez, magistrado durante más de una década del Tribunal Constitucional –donde llegó incluso a su vicepresidencia– y profesor de Derecho y Derecho Mercantil en la Hispalense, reserva su opinión sobre la aplicación del 155, «por delicadeza con el Constitucional». A este respecto, este jurista, «sevillano de adopción», fue ponente de la sentencia del TC que en su día declaró inconstitucional a la ley del referéndum vasco ¬–en 2008–, redunda en los conceptos en los que entonces se basó: «la autonomía de los territorios es una parte sensible de la Constitución. Se declaró inconstitucional que una parte vote por su autodeterminación», añadiendo que incluso si exisitiera «un acuerdo entre gobiernos», la fórmula no cabría en el marco legal. «Hay partes de la Constitución que están blindadas y necesitan de una tramitación exigente para cambiarlas», espeta en relación con el asunto catalán. Pese a que declina posicionar su idea en cuanto al 155, sí determina que no existe «más intérprete último de la Constitución que el TC». En cualquier caso, vaticina que la puesta en marcha del 155 y sus efectos, podría conllevar que la Generalitat recurra esta aplicación, entrando entonces en juego el Constitucional. ~