Andalucía
La Audiencia de Cádiz rechaza la recusación contra la jueza de la tragedia de Barbate
Este tribunal ha determinado que la pulsera de la Guardia Civil que portaba la magistrada no supone la "quiebra de imparcialidad" que justificaban las defensas de los seis detenidos
Los detenidos llegan a los juzgados, a 12 de febrero de 2023, en Barbate, Cádiz. / Francisco J. Olmo
Una pulsera de la Guardia Civil. Por este motivo las defensas de los seis detenidos por la tragedia de Barbate recusaron a finales de mayo a la jueza que instruye el caso. Ahora la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz ha rechazado esta recusación en un auto fechado el pasado miércoles, por lo que la magistrada en cuestión podrá seguir con el procedimiento.
En su escrito, las defensas argumentaban que la instructora portaba en su muñeca izquierda "una pulsera con la bandera de España, el escudo de la Guardia Civil y las siglas de tres cuerpos: UAR-GAR-CAE", lo que supone "una quiebra de la imparcialidad", ya que "uno de los fallecidos pertenecía al GAR". Ante esta cuestión, el tribunal provincial ha determinado que la recusación "se sustenta en afirmaciones de imposible encaje", y que se trata "de una mera sospecha por el hecho de portar dicha pulsera".
El auto también refleja el hecho de que la Benemérita no está personada en el caso, y que del hecho de llevarla "no se deduce la existencia de una amistad íntima". Asimismo, "en la fotrografía presentada se observa que la juez porta pulseras de distintas clases en ambas muñecas. Por tanto, la del emblema de la Guardia Civil la utilizó como un complemento más", se detalla en una resolución sobre la que no cabe recurso alguno.
La Audiencia denegó la libertad a Kiko el Cabra en junio
No es la primera vez que este tribunal se pronuncia sobre un aspecto relacionado con el caso de los dos guardias civiles que murieron arrollados en Barbate. Hace menos de un mes se pronunció para ratificar la prisión provisional a Francisco Javier M.P., más conocido como Kiko el Cabra, encarcelado desde el 12 de febrero (tres días después de los hechos).
Los motivos que justificí la Sección Cuarta de la Audiencia fueron los mismos que esgrimió la magistrada de Barbate: "indicios de presuntos delitos de contrabando, organización criminal y resistencia", según expican fuentes judiciales. A ello se suma además la consideración que hace del alto riesgo de fuga del arrestado.
"Habida cuenta las características de la embarcación que el apelante reconoce pilotar -de alta velocidad con cuatro motores de 300 CV cada uno- nos hallaríamos ante indicios de un delito de contrabando que conllevaría una pena de entre tres y cinco años de cárcel", recogió en el auto del 11 de junio.
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