TRIBUNALES

Condenada la supervisora de una empresa de Granada por llamar "negrillo de mierda" y otros insultos a un empleado

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ha estimado la apelación de la Fiscalía y la acusación particular, después de que la Audiencia provincial absolviera a la acusada, hace hincapié en la responsabilidad de los empleadores de evitar conductas discriminatorias en el ámbito laboral

Fachada edificio TSJA y Audiencia Provincial de Granada. / Miguel Ángel Molina / EFE

A.C

Los hechos se remontan a hace más de diez años, cuando la supervisora de la limpieza de la empresa de autobuses Alsa en Granada comenzó a criticar el trabajo de uno de sus empleados, que en 2014 se dio de baja laboral debido a la presión que sufría y el trato despectivo, según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso la agencia EFE.

En 2019, incorporado de nuevo al trabajo, la coordinadora del equipo de limpieza volvió a emitir en público quejas similares, como "pasmarote", "negrillo de mierda" o "qué mala suerte hemos tenido que hemos pillado que ha limpiado el negro".

Los comentarios racistas contribuyeron al deterioro de la salud mental del empleado, quien solicitó una segunda baja médica por ansiedad generalizada, según un informe psiquiátrico. A pesar del daño sufrido, el trabajador decidió renunciar a cualquier compensación económica por los hechos.

Multa, prisión e inhabilitación durante tres años

Ahora, en 2024, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a esta supervisora por vulnerar derechos constitucionales, tras insultar repetidamente a un trabajador con referencias racistas.

Esta supervisora ha sido condena a seis meses de prisión, una multa de 540 euros y su inhabilitación durante tres años para ejercer en entornos educativos, deportivos y recreativos

El fallo revierte una sentencia previa de la Audiencia de Granada, que absolvió a la acusada. Inicialmente, este tribunal absolvió a la acusada, argumentando que no hubo intención directa de causar daño. Sin embargo, los recursos presentados subrayaron que los insultos racistas no eran meros comentarios, sino que buscaban menospreciar al trabajador por su raza.

La Fiscalía y la acusación particular apelaron esa decisión, recurso que ahora ha estimado el TSJA, que ha emitido una condena de seis meses de prisión, una multa de 540 euros y la inhabilitación de la supervisora por tres años para ejercer en entornos educativos, deportivos y recreativos.

La responsabilidad de las empresas y los empleadores

El TSJA, tras revisar los hechos, consideró que la acusada vulneró la dignidad del empleado, actuando con motivos claramente discriminatorios por su origen étnico.

Esta sentencia subraya la importancia de proteger a los empleados frente a comportamientos vejatorios y discriminatorios en el entorno de trabajo

Esta condena enfatiza la responsabilidad de los empleadores y supervisores de evitar cualquier conducta discriminatoria o racista en el ámbito laboral, ya que atenta contra los derechos fundamentales de los trabajadores.

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El pronunciamiento judicial también subraya la importancia de proteger a los empleados frente a comportamientos vejatorios y discriminatorios en el entorno de trabajo, reforzando las garantías constitucionales.

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