Cuando el depredador es un menor

En los últimos meses se han vivido varios casos de violaciones cometidas por menores, que incluso llegan a actuar en grupo como ocurrió en Cazorla

05 mar 2018 / 07:01 h - Actualizado: 05 mar 2018 / 07:01 h.
"Menores","Agresión sexual","Agresiones sexuales y educación"
  • En los últimos meses se han registrado varios casos de violaciones grupales cometidas por menores. / El Correo
    En los últimos meses se han registrado varios casos de violaciones grupales cometidas por menores. / El Correo
  • El centro escolar en el que el pasado mes de febrero se produjo una agresión sexual a un menor. / Efe
    El centro escolar en el que el pasado mes de febrero se produjo una agresión sexual a un menor. / Efe
  • En 2015, en los alrededores del hospital de Valme un menor cometió siete violaciones. / Europa Press
    En 2015, en los alrededores del hospital de Valme un menor cometió siete violaciones. / Europa Press

La Sierra de Cazorla, Puerto Serrano, Málaga, Salamanca o Barakaldo han sido algunos de los puntos en los que se ha centrado la atención mediática en los últimos meses por hechos muy similares: agresores sexuales menores de edad. En poco tiempo hemos conocido varios casos que han espantado a la opinión pública por la gravedad de los mismos y, especialmente, por la edad de los violadores que en algunos casos llegan a ser inimputables. Sus víctimas son otros menores o incluso mujeres adultas.

Además de la pregunta evidente que pasa a todos por la cabeza, qué se está haciendo mal, la otra duda que surge es si es este un delito habitual cometido por jóvenes y niños o si se trata de casos aislados. La Memoria de la Fiscalía de 2016, es la última publicada, recoge por un lado datos tranquilizadores en cuanto a las agresiones sexuales, pero no tanto en el caso de los abusos. Así en todo el país en 2016 de forma generalizada se incrementaron «los delitos contra la libertad sexual»: de 1.081 asuntos en 2015 a 1.271 en 2016.

El Ministerio Público señala que si bien subieron «tanto las agresiones sexuales (476 en 2016, frente a las 417 de 2015)», como los abusos sexuales (que lo hicieron «especialmente», pues en se contabilizaron 795 casos, frente a los 664 de 2015), «conviene distinguir entre ambas modalidades delictivas». En este sentido, explica que si «bien la cifra de agresiones sexuales está en la línea de años anteriores y es inferior a la del 2013 y anteriores, la de abusos sexuales es la más alta, con diferencia, de la presente década.

No obstante, la explicación a esta subida puede estar en un cambio legislativo, en concreto en la reforma del Código Penal del año 2015, en el que se aumentó de trece a dieciséis años «la edad para prestar consentimiento en las relaciones sexuales».

En el caso de Andalucía en el año 2016 se produjeron casi un centenar de agresiones sexuales, en concreto 95, mientras que se contabilizaron 197 casos de abusos sexuales. Por provincias, la que registró más violaciones fue Cádiz con 38, seguida de Granada con 26 y de Málaga con diez. Sevilla es la penúltima en el número de casos con tan solo dos y cierra Huelva con uno. En cuanto a los abusos sexuales, es Sevilla la primera provincia con más asuntos de este tipo, con 37. Le siguen Cádiz, con 25, y Málaga con 24, según los datos recogidos en la Memoria Anual de la Fiscalía General.

En cambio, las cifras que manejaba Sevilla en el año 2015 eran mucho más alarmantes, según se recoge en el balance anual del Ministerio Público en Sevilla. En ese año, la violaciones se elevaron a 22 casos, mientras que hubo 50 casos de abusos sexuales.

Precisamente, en ese año se produjo en la ciudad un caso especialmente grave con un menor, al que la Policía Nacional le imputó siete agresiones sexuales cometidas en tan solo quince días. El joven, de 17 años y residente en Bellavista, asaltaba a todas sus víctimas en el mismo lugar: la explanada que se usa de aparcamiento en las inmediaciones del hospital de Valme. Personal del centro y pacientes que acudían al mismo fueron víctimas de este joven depredador sexual, que en algunos casos logró su objetivo y en otros las víctimas lograron escapar. Durante dos semanas este menor instauró el pánico entre las mujeres que acuden a este hospital, que intentaban evitar el aparcamiento. Era allí donde esperaba a mujeres solas para asaltarlas, en algunos casos, a plena luz del día.

La Policía Nacional logró identificarlo y detenerlo. Y, seis meses después, en enero de 2016, condenado a ocho años de internamiento y a cinco de libertad vigilada, el máximo que marca Ley del Menor.

Unos hechos muy similares los vividos en febrero de este mismo año en la localidad gaditana de Puerto Serrano, donde un menor de 14 años asaltó a dos mujeres de 23 y 42 años con la intención de violarlas cuando estas iban por la calle. Afortunadamente, en este caso las víctimas lograron escaparse. El menor pudo ser identificado gracias a las denuncias de ambas, que permitió identificarlo gracias a la descripción. Tras ser puesto a disposición de la Fiscalía está en libertad vigilada.

Este episodio se conocía justo un día después de que saltara la noticia de que en un centro escolar de la Sierra de Cazorla (Jaén) cuatro menores de 14 años violaron a un niño de tan solo nueve años. El menor tuvo que ser asistido en el hospital de Úbeda. La noticia conmocionó a toda la sociedad, más aún tras conocer que por su edad son inimputables, pues al no tener aún los catorce años, no se le puede exigir responsabilidad penal. Lo que sí se acordó fue la expulsión de los cuatro del centro escolar y el Defensor del Pueblo Andaluz abrió de oficio una investigación para determinar qué ocurrió y por qué una presunta situación previa de acoso escolar no se detectó hasta que ocurrieron estos hechos.

Dos días después otro menor era detenido en Salamanca por violar a otra chica en un bar de la Plaza Mayor. La menor, de nacionalidad china, denunció lo ocurrido y el supuesto agresor fue detenido e internado en un centro de reforma en régimen cerrado. Esto sucedía el 11 de febrero, y el día 12 conocíamos que se estaba investigando otra violación grupal ocurrida en Málaga en octubre. Dos menores agredían a una chica con discapacidad y uno de ellos tan solo tenía once años y, por tanto, tampoco puede ser imputado por este delito.

Lamentablemente no es la única violación en grupo, pues en el municipio vizcaíno de Barakaldo cuatro menores, dos de ellos hermanos, agredían a una chica también menor a finales de diciembre. Dos de ellos se entregaron el 3 de enero y a los dos días, lo hacían los otros dos tras lo que se entregaron e ingresaron en un centro de menores. Todos ingresaron en un centro de menores tras declarar ante la Fiscalía.

¿Y qué medidas se aplican para estos casos?

La Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, es la que reguladora de la responsabilidad penal de los menores, es decir, estipula qué medidas (en el caso de los menores no se trata de condenas, sino que el objetivo es la reeducación y recuperación del menor). ¿Qué dice exactamente la misma sobre los delitos de agresiones sexuales y los abusos?

La Ley establece un régimen general de aplicación de las medidas, pero estos delitos son de los calificados como «especialmente graves» y, por tanto, no se rigen por este criterio. Según establece el artículo diez de la citada Ley, en estos casos o en aquellos en los que su equivalente en el Código Penal esté castigado con 15 o más años de prisión, el Juez deberá imponer otras medidas en función de la edad del menor.

Así, «si al tiempo de cometer los hechos el menor tuviere catorce o quince años de edad», el magistrado podrá decretar «una medida de internamiento en régimen cerrado de uno a cinco años de duración, complementada en su caso por otra medida de libertad vigilada de hasta tres años». En cambio, «si al tiempo de cometer los hechos el menor tuviere dieciséis o diecisiete años de edad», se podrá imponer «una medida de internamiento en régimen cerrado de uno a ocho años de duración, complementada en su caso por otra de libertad vigilada con asistencia educativa de hasta cinco años».

Tipo de medidas

Para estos casos se contempla el régimen cerrado en un centro de menores, que implica la permanencia en el mismo durante el tiempo impuesto por el juez. Pero también hay otro tipo de medidas menos restrictivas para delitos de menor calibre. De esta forma, las medidas privativas de libertad se completan con el régimen semiabierto y abierto, que permiten al menor tener más contacto con su familia y el exterior. Pero también existen medidas que no implican la privación de libertad.

Según los datos de la Fiscalía del año 2016 en Sevilla diez menores cumplían una medida en régimen cerrado, 138 lo hacían en semiabierto, y nueve con carácter abierto. A esto hay que añadir que 350 estaban bajo libertad vigilada.