La Audiencia de Sevilla decidirá mañana si estima la petición de la Fiscalía Anticorrupción y manda a prisión a los exconsejeros andaluces Antonio Fernández y José Antonio Viera y a los ex directores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero y Juan Márquez, condenados por el caso ERE.
Tras celebrar la vista en la que ha oído los argumentos del Ministerio Público, que ha solicitado el ingreso de todos en la cárcel, y de las defensas de los cuatro ex altos cargos de la Junta de Andalucía, que han negado que exista riesgo de fuga, la Sección Primera de la Audiencia Provincial los ha citado para mañana a las 13.30 horas para leerles el auto con su decisión final.
Las condenas y los hechos
Tanto Antonio Fernández como Francisco Javier Guerrero han sido condenados a siete años, 11 meses y un día de prisión y a 19 años, seis meses y un día de inhabilitación absoluta por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación, mientras que José Antonio Viera y Juan Márquez fueron condenados por los mismos delitos a siete años y un día de cárcel y 18 años y un día de inhabilitación absoluta.
La Audiencia de Sevilla ha condenado a Guerrero por el elevado número de convenios particulares que firmó y de ayudas que concedió, "prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido", por el déficit que originó agravado por los pagos cruzados y por disponer de "los fondos vinculados al programa 31L con fines ajenos al fin público al que estaban destinados y el déficit que originó".
A Antonio Fernández el tribunal lo condena por "el papel relevante" que desempeñó tanto en la Consejería como en el Consejo Rector del IFA y por la firma del convenio marco de 17 de julio de 2001 impartiendo directrices al que fuera director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero sobre la aplicación del mismo.
Como presidente del IFA, firmó convenios particulares y tomódecisiones "tan importantes como la adoptada a partir de la sesión del Consejo Rector de 27 de mayo de 2003 de implantar el criterio de calcular las ayudas sociolaborales por lo que iba a recibir cada trabajador, y no el conjunto, aún cuando se pagase y se firmase el convenio por la totalidad o una parte, con lo cual se evitaba la deliberación y votación en el citado consejo de toda ayuda que superase el 1,2 millones de euros y, consecuentemente, su ratificación por elConsejo de Gobierno".
A su vez, el juez destaca en la sentencia que intervino en la aprobación de los proyectos de presupuestos y modificaciones presupuestarias por el Consejo de Gobierno y participó en la toma de decisiones sobre los compromisos de ayudas.
En cuanto a la malversación, el tribunal lo condena por "el gran número de ayudas que concedió, disponiendo y permitiendo que el director general de Trabajo dispusiera de los fondos vinculados al programa31L con fines ajenos a su fin público".
Por su parte, el juez considera que José Antonio Viera impulsó varias modificaciones presupuestarias e igualmente las posteriores que incrementaron los fondos del programa 31L; firmó el convenio marco de 17 de julio de 2001 e introdujo las transferencias de financiación al IFA, así como conoció e intervino en la gestión de ayudas singulares, dando instrucciones al director general de Trabajo para su concesión.
También entiende que las actuaciones del condenado al frente del Consejo Rector "denotan una voluntad inequívoca de conceder las ayudas al margen de la legalidad vigente", permitiendo que Guerrero "dispusiera de los fondos vinculados al programa 31L con fines ajenos".
Al exdirector general de Trabajo Juan Márquez lo condena al considerar probado que en los dos años en los que estuvo en el cargo como director general de Trabajo, desde 2008 a 2010, "siguió concediendo ayudas, utilizando el mismo mecanismo que su antecesor, participó en la elaboración del presupuesto para el año 2009 y en la tramitación de tres modificaciones presupuestarias y también recurrió al uso de los pagos cruzados" y, de igual manera, lo condena por disponer "de los fondos vinculados al programa 31L también con fines ajenos".