Suspenso en pacto político

Leyes. Los partidos han sido incapaces de llegar a un acuerdo sobre Educación desde la Constitución de 1978

14 nov 2016 / 07:01 h - Actualizado: 14 nov 2016 / 07:00 h.
"Educación","Reválida a la ESO"
  • Manifestación contra la LODE en Madrid en el año 1985. / El Correo
    Manifestación contra la LODE en Madrid en el año 1985. / El Correo

El consenso entre los partidos políticos en materia educativa en la etapa democrática se restringe a un único instante: la elaboración de la Constitución de 1978. En ese momento fue posible unificar posturas para que el artículo 27 compaginara el derecho universal a la educación con el de la libertad de enseñanza. Los apartados quinto —participación de los sectores afectados, en la programación general de la enseñanza— y séptimo —control de padres, profesores y alumnos en la gestión de los centros subvencionados—, fueron una cesión del centro derecha al PSOE. A cambio, los socialistas cedieron en los apartados primero —reconocimiento de la libertad de enseñanza—, sexto —expresa libertad de creación de centros— y noveno —expresa proclamación del régimen de ayudas a los centros privados—. De este modo, los socialistas renunciaron al principio de la escuela pública unificada, de tanta tradición en sus cien años de historia, aceptando la existencia de una red dual de establecimientos docentes.

Todos los gobiernos democráticos han intentado plasmar sus ideas en leyes educativas, así ya llevamos siete reformas. En todas ellas, hay varios factores que las unen, por un lado la falta de medios económicos y por el otro la falta de consenso en todas ellas. La LODE (1985) representó uno de los no sólo porque respetó al máximo la interpretación del Tribunal Constitucional sobre el consenso del artículo 27, sino también porque hizo un notable esfuerzo por acercar posiciones.

El 17 de septiembre de 1997 se firmaba en Madrid la Declaración conjunta en favor de la educación, patrocinada por la Fundación Encuentro y suscrita por 18 organizaciones del mundo de la educación –asociaciones de padres y madres de alumnos, organizaciones representativas de la enseñanza pública y privada, asociaciones y sindicatos docentes–, que dieron a luz un acuerdo encaminado a preparar e impulsar un consenso político, que no terminó de plasmarse. Con la llegada de Ángel Gabilondo al ministerio de Educación en la segunda legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero se intentó un pacto de Estado con el PP que estuvo a punto de concretarse, pero finalmente en mayo de 2010 María Dolores de Cospedal anunció la negativa de su partido.

LGE, 1970 (Franco-UCD)

Se establece el sistema de EGB, BUP y FP

La Ley General de Educación se aprobó en el tardofranquismo, pero llegó a estar vigente hasta 1980. Fue impulsada por el ministro de Educación José Luis Villar Palasí, y estableció la enseñanza obligatoria hasta los catorce años. Tras ocho años de Educación General Básica, se accedía al llamado Bachillerato Unificado Polivalente (BUP), o a FP (Formación Profesional). Esta Ley consiguió modernizar los estamentos educativos en España. Con esta norma se generaliza la educación de los 6 a los 14 años para toda la población, en el doble sentido de integración en un sistema único, no discriminatorio, de todos los niños y niñas comprendidos en estas edades, y de escolarización plena.

No solo se declaraba obligatoria y gratuita la EGB, sino que se especificaba que para hacer posible el ejercicio del derecho a la educación en los niveles no obligatorios el Estado daría plena efectividad al principio de igualdad de oportunidades. También se pone fin al principio de subsidiariedad del Estado, presente hasta 1970. Esta ley reconoce la función docente del Estado en la planificación de la enseñanza y en la provisión de puestos escolares. Se introdujeron nuevos métodos didácticos y los estudios de Magisterio se incluyeron en la universidad. La Formación Profesional se diseñó con una dimensión académica que conectaba poco con las necesidades del mercado laboral de de aquella época.

LOECE. 1980 (UCD)

Pugna entre lo público y lo privado

La formulación del artículo 27 de la Carta Magna dio pie, en 1980, a la Ley Orgánica por la que se regula el Estatuto de Centros Escolares (Loece), con la que se realizó el primer intento normativo de ajustar los principios de la actividad educativa, la organización de los centros docentes y los derechos y deberes de los alumnos a los principios que marcaba la recién aprobada Constitución.

En esta norma aflora la pugna entre quienes defienden la escuela como servicio público y común a cargo del Estado y quienes la entienden como un bien privado sujeto por encima de todo a la elección y las decisiones de los padres (en este caso, postura muy vinculada a la Iglesia católica) aflora con fuerza en esta ley, que, obra de un partido conservador (UCD), tiende a la segunda opción. Fue elaborada por el gobierno de Adolfo Suárez y el PSOE la recurrió por no respetar el espíritu de la Constitución, y el Tribunal Constitucional le dio la razón en bastantes puntos. Tras la sentencia, la UCD debía haber revisado la Ley de forma profunda, pero el golpe de Estado del 23-F, y la posterior victoria electoral del PSOE lo evitó. Por ello jamás entró en vigor.

LODE, 1985 (PSOE)

Aparece el concepto de concertada

Ya con el PSOE en el poder, la LODE también llegó a los tribunales después del recurso de Alianza Popular. Incluye la libertad de crear centros docentes y dotarlos de un carácter o proyecto educativo propio. Se clasifican los centros docentes atendiendo conjuntamente a los criterios de titularidad jurídica y origen y carácter de los recursos que aseguran su sostenimiento. Se distingue por tanto entre centros privados, que funcionan en régimen de mercado y centros sostenidos con fondos públicos, haciendo dos grupos: los centros privados concertados y los centros públicos.

Además recoge la capacidad de los padres y madres para poder elegir centro docentes para sus hijos, sin necesidad que sean los que están creados por los poderes públicos, así como la formación religiosa o moral que este de acuerdo con sus ideales. También se planteó el refuerzo del sistema escolar a fin de corregir las graves desigualdades educativas de la sociedad. Se pusieron en marcha diversos programas como el programa de educación compensatoria, el programa educación de adultos, el de educación especial, el programa de becas y la aprobación de una de las leyes que consideraba más urgente, como fue la Ley de Reforma Universitaria (1.983).

LOGSE, 1990 (PSOE)

Escolarización obligatoria desde los 6 años

En el título preliminar se determina la duración de la enseñanza básica contemplada la Constitución: esta enseñanza abarca la Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria, iniciándose a los 6 años de edad y extendiéndose hasta los 16, de forma que se establecen diez años de escolarización obligatoria y gratuita. Con el fin de garantizar una formación común de todo el alumnado, la Ley determina los aspectos básicos del currículo en relación con los objetivos, contenidos, principios metodológicos y criterios de evaluación.

La Logse favorece a su vez un amplio ejercicio de competencias en materia de educación por parte de las Comunidades Autónomas. Con esta Ley también se refuerza la diversidad e identidad cultural, lingüística y educativa de cada Comunidad, dando oportunidad desde el sistema al bilingüismo y a la inclusión de materias propias de la cultura de cada territorio. La LOGSE fue aprobada en el Congreso con los únicos votos en contra del PP (dos diputados de Unión Valenciana se abstuvieron).

Otro avance significativo consistió en dotar de carácter educativo y no meramente asistencial a la etapa de Educación Infantil. Como contrapartida y en un intento de democratizar la educación, apareció el concepto de ciclo en Secundaria.

LOPEG, 1995 (PSOE)

Participación de la comunidad educativa

Aborda la participación de la comunidad educativa en la organización y gobierno de los centros docentes y en la definición de su proyecto educativo. Se regulan también los órganos colegiados de gobierno de los centros docentes públicos como el Consejo Escolar y el Claustro de profesores, detallando su composición, competencias y participación de la comunidad educativa en ellos. Se define la función directiva de los centros públicos, especificándose los procedimientos de elección, nombramiento y acreditación del director y, en su caso, del resto de los miembros del equipo directivo.

Se dedica a la evaluación un título completo siguiendo el planteamiento propuesto en la Logse de permanente adecuación entre el sistema y la demanda social, valorándose aspectos como la evaluación de los centros, de la función pública docente, de la labor directiva y de la inspección, así como de la formación del profesorado. Por último se desarrollan las funciones, condiciones de acceso y ejercicio de la inspección educativa. Conocida como Ley Pertierra, fue aprobada con los votos a favor de PSOE, CiU y PNV. Votaron en contra PP, IU y CC. Esta Ley fue rechazada de pleno por los sindicatos de profesores, que consideraban que abría la puerta a la privatización de la enseñanza pública.

LOCE. 2002. (PP)

Adaptación a la sociedad de la información

La norma, situándose en el discurso sobre la sociedad de la información y del conocimiento, mantiene la necesidad de que el Sistema Educativo ha de adaptarse a la nueva realidad económica que está atravesada por la globalización, la presencia masiva de nuevas tecnologías y la reorganización de los procesos productivos. El PP ideó la Ley Orgánica de la Calidad de la Educación, pero nunca llegó a aplicarse. Fue derogada cuando el PSOE ganó las elecciones. Su objetivo era lograr una calidad educativa para todos. Introdujo evaluaciones del sistema, definió con claridad el tratamiento de los alumnos con necesidades especiales y cómo debía ser la formación de los profesores de Secundaria.

La escolarización obligatoria hasta los 16 años estaba ya completamente asentada. Sin embargo, ponía en marcha caminos alternativos dentro de la ESO para contrarrestar esa comprensividad que tanto habían criticado. Así, se abrían itinerarios distintos, según el rendimiento de los alumnos, al final de la ESO. A partir de los 14 años (tercero de ESO) se les dividía entre los que quisieran ir al bachillerato o a la formación profesional (en este curso, la separación sería con la asignatura de matemáticas, en un caso más difíciles que en el otro). Otorgaba carácter asistencial a la educación de 0 a 3 años.

LOE, 2006. (PSOE)

La polémica de Educación para la Ciudadanía

Fue publicada en el Boletín Oficial del Estado en mayo de 2006, y aprobada en el Congreso con amplia mayoría gracias al apoyo de CiU, ERC, PNV, ICV, CC, y EA. PP votó en contra e IU se abstuvo. Uno de los puntos que más revuelo causaron fue el de incluir voluntario la asignatura de religión, eso sí, de oferta obligatoria para los centros educativos. El área de religión católica desaparece de la educación primaria a diferencia de la regulación anterior menos en los colegios católicos. Esta Ley incluye la nueva asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, una materia obligatoria y evaluable. Los críticos creen que no adopta medidas suficientes para mejorar el bajo rendimiento escolar y alto índice de abandono precoz del sistema educativo; no se ponen en marcha medida para paliar problemas de convivencia y el preocupante clima de violencia en algunos centros.

Desde diversos sectores se entiende, a su vez, que la nueva asignatura de educación para la ciudadanía puede suponer un adoctrinamiento por parte del Estado en la educación moral de los estudiantes, cuestión que el artículo 27 de la Constitución Española reconoce como de exclusiva competencia de los padres. Se crean los programas de cualificación profesional inicial como una vía formativa para chicos a partir de los 15 años.