Un informe jurídico rechaza que se repruebe a los gobiernos de Díaz, Griñán y Chaves

Se trata de una Proposición no de Ley de Adelante Andalucía y, según el informe, el mecanismo más adecuado es una moción de censura o el rechazo a una cuestión de confianza

05 dic 2019 / 12:12 h - Actualizado: 05 dic 2019 / 12:26 h.
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  • El parlamento de Andalucía. / EP
    El parlamento de Andalucía. / EP

El informe jurídico que solicitó la Mesa del Parlamento sobre la Proposición no de Ley (PNL) que ha registrado Adelante Andalucía para reprobar, tras la sentencia de la pieza política de los ERE, a los gobiernos socialistas presididos por Manuel Chaves y José Antonio Griñán, así como a Susana Díaz y a su Ejecutivo, ante la duda de que la Cámara autonómica pueda reprobar a gobiernos enteros, ha concluido que estos puntos no deben ser admitidos a trámite por "pretender una reprobación genérica".

"No cabe utilizar la PNL como mecanismo para proponer la reprobación del presidente de la Junta y del Consejo de Gobierno que de él depende o del Consejo de Gobierno en pleno", sostiene el referido informe, al que ha tenido acceso Europa Press, que señala que la exigencia de estas responsabilidades políticas se articula en el Estatuto de Autonomía a través de la moción de censura o bien el rechazo a una cuestión de confianza.

Así, el letrado prioriza el uso que prevé el Estatuto para exigir la responsabilidad solidaria del presidente y del resto del Consejo de Gobierno pues lo contrario "supondría acumular dos vías de exigencia de responsabilidad política solidaria, la moción de censura y la reprobación, cada una con sus particulares efectos, que podrían ser utilizadas a elección de los diputados y grupos parlamentarios, lo que supondría un resultado incompatible con lo dispuesto en el Estatuto".

Además, concluye que la admisión de reprobaciones contra el presidente y su Consejo de Gobierno "sería contradictoria con el carácter constructivo que debe tener la exigencia de responsabilidad solidaria al gobierno, plasmada en la regulación de la moción de censura en la Constitución y el Estatuto".

La Mesa del Parlamento decidirá sobre si calificar o no esta iniciativa de Adelante Andalucía, ya en conocimiento del informe del letrado, la próxima semana, según han informado a Europa Press fuentes parlamentarias.

De otro lado, y dado que Adelante solicitaba la reprobación de presidentes y gobiernos que ya han cesado en sus puestos, el letrado señala que de tener cabida su reprobación, "la inadmisión de la misma quedaría privada de sentido ya que bastaría con dejar pasar el tiempo y esperar al cambio de la relación entre mayoría y minorías políticas en el Parlamento a consecuencia de unas elecciones para llevar a cabo lo que anteriormente se consideró inadmisible".

En concreto, los dos puntos cuya admisión a trámite desaconseja el informe jurídico piden que el Parlamento repruebe a los gobiernos socialistas que idearon un sistema reputado ilegal de concesión de dinero público y lo aplicaron, presididos por Chaves y Griñán; además de reprobar a Susana Díaz y al Ejecutivo presidido por ella, "que decidió abandonar la causa de la pieza política de los ERE, decisión que dificulta, dilata y limita la recuperación de los fondos públicos utilizados al margen de la ley".

Si el parlamento reprueba a un diputado, se reprueba a sí mismo

Así las cosas, otro de los motivos que argumenta el letrado para rechazar sendos puntos es que "el Parlamento no puede reprobar a un diputado o diputada" porque la Cámara, como institución representativa de la soberanía popular, "no puede reprobar, por motivos de índole política o moral, a un diputado que, en virtud del mandato representativo, es también representante de la misma soberanía popular". "En estos términos, para el Parlamento, reprobar a un diputado sería como reprobarse a sí mismo", añade.

Indica, al respecto, que solamente se puede demandar responsabilidad a los diputados dentro del Parlamento por la infracción de la normativa parlamentaria, a la par que apunta que el Estatuto contempla al Parlamento como Cámara que puede controlar, orientar e impulsar la acción del ejecutivo, si bien "en ningún artículo se lo conceptúa como Cámara mediante la cual los diputados y los grupos pudieran controlarse entre sí, ni mucho menos como instrumento para la fiscalización de la actuación de las minorías parlamentarias". "Aceptar esto sería contrario a la lógica del régimen parlamentario y conllevaría desvirtuar el funcionamiento de la Cámara", apostilla el informe.

"La reprobación de los diputados a través de las PNL desvirtuaría la naturaleza de la propia institución parlamentaria, ya que convertiría a aquéllas en un mecanismo de reproche cruzado entre los diputados de distintas opciones políticas y, en una hipótesis extrema, pero no imposible, en instrumento de la mayoría política de cada momento para recriminar y dejar en evidencia a los diputados de la minoría política, a sus ideas e, indirectamente, al sector de la ciudadanía que comparta su actuación e ideología", advierte.

El informe del letrado explica que para poder ser admitidos los puntos anteriormente referenciados se deberían, al menos, suprimir las referencias a los nombres y apellidos de Chaves, Griñán y Díaz, algo que puede hacer la Mesa de oficio o Adelante reformulando la iniciativa. Esto lo plantea por "una adecuada ponderación del derecho al honor y a la protección de los datos de las personas afectadas con la garantía de los efectos de las iniciativas y, en virtud de su carácter reiterado, supone un auténtico uso del Parlamento".

En la misma línea, defiende que se suprima el último párrafo de la exposición de motivos por ir "vinculado" a los puntos que ya ha planteado inadmitir y que afirma que "la actuación política de los gobiernos cuyos presidentes Chaves y Griñán ya han sido condenados en primera instancia junto a consejeros y otros cargos públicos es reprobable. Pero no lo es menos la actuación del anterior ejecutivo, presidido por Díaz, que con su decisión de retirar a la Junta de la causa judicial que contaba con inequívocos visos de resultar condenatoria, hizo dejación de la defensa del interés general al que se debía y a la recuperación de los fondos ilegalmente utilizados que era su obligación recobrar".

Sobre el resto de la iniciativa de Adelante, para que la Junta adopte medidas para garantizar procedimientos transparentes en la adjudicación de ayudas públicas o que se impulsen las reformas legislativas necesarias para garantizar la responsabilidad subsidiaria de los partidos políticos cuyos miembros hayan sido condenados en firme por delitos relacionados con la corrupción, el informe concluye que "no plantea problema de admisibilidad" porque "carece de efectos jurídicos vinculantes".