El juez del concurso inhabilita a Lopera ocho años y a Oliver con quince

En la sentencia no se condena al ex máximo accionista a indemnizar económicamente al Betis por daños y perjuicios

20 may 2016 / 15:25 h - Actualizado: 20 may 2016 / 23:26 h.
"Real Betis","Caso Lopera"
  • Manuel Ruiz de Lopera y Luis Oliver.
    Manuel Ruiz de Lopera y Luis Oliver.

El juez del Juzgado Mercantil número 1 de Sevilla, Eduardo Gómez, ha declarado culpable a Manuel Ruiz de Lopera del concurso de acreedores del Real Betis Balompié por mala gestión como causa de la insolvencia, incluyendo en dicha causa el pago anticipado de deuda a la Agencia Tributaria. El juez señala, al mismo tiempo, que no se han demostrado ni cuantificado los daños y perjuicios para el club en esta etapa de consejo del expresidente Lopera, y por tanto no se le pueden exigir a indemnizaciones. Por ahí, la sentencia es bastante favorable a Lopera, aunque el juez deja abierta la puerta a posteriores recursos –del Betis, la Fiscalía, los administradores concursales – que sí podrían acarrear sanciones económicas para el ex consejero delegado y presidente, como las que han sufrido Luis Oliver y José León, que superan el millón de euros de forma solidaria. Estos y todos los condenados pueden recurrir también el fallo en Apelación a la Audiencia, aunque deberían correr con las costas en caso de perder la apelación. En esta sentencia las costas van compartidas.

«Este juzgador entiende acreditado que la mala gestión que ha ocasionado la calificación culpable ha dañado, y de forma grave, al RBB, pero tales daños no se han cuantificado correctamente», dice el juez en su sentencia. Y apunta que «seguramente era una tarea en extremo complicada la concreción de los daños y perjuicios causados, pero el sistema utilizado por la Administración concursal no se compagina con los presupuestos jurisprudencialmente establecidos de forma consolidada para la responsabilidad por daño», de ahí que decida no imponer sanción económica a Lopera ni la mayoría de los culpables de abocar al Betis al concurso de acreedores. Las últimas sentencias del Tribunal Supremo (caso Racing de Santander) ya apuntaban algo así, pues en ellas se entiende la dificultad de demostrar la actuación negligente de los administradores cuando se produce un déficit patrimonial.

En el tiempo que el consejo del club fue presidido por José León Gómez, con Luis Oliver Albesa como consejero encargado del área deportiva, sí está demostrado que hubo operaciones en las que se simularon intermediaciones que no son reales (comisiones fraudulentas) y según señala el juez se detectan inexactitudes graves en los documentos que acompañaban a la solicitud de declaración de concurso –en concreto la lista de acreedores– considerando fraudulenta la salida de bienes y derechos del patrimonio del club.

Por lo anterior, el juez señala que Luis Oliver y José León deben indemnizar solidariamente al club en la cantidad de 944.000 euros, a los que hay que añadir otros 71.914 que deberán ser devueltos por Luis Oliver. Esta sentencia deja muy marcado al empresario navarro de cara a posteriores juicios que le aguardan por su corta etapa en el club verdiblanco.

CONSEJEROS INHABILITADOS

El juez asevera que los consejeros inhabilitados de la época de Lopera «nunca pusieron reparos a la política de gestión continuada en el tiempo y que condujo a la insolvencia» del Betis, por lo que «al tratarse dicho silencio de una cooperación con una conducta gravemente negligente, debe merecer también la graduación de culpa grave», por lo que todos ellos «deben responder por no oponerse a un modelo de gestión gravemente negligente».

El magistrado pone de manifiesto en la sentencia que el Consejo de Administración encabezado por Lopera, «pese a llevar al frente del club 18 años, mantuvo continuadamente un sistema deficitario, al menos en los años» analizados, «tanto en Primera como en Segunda división, que venía a socavar financiera y económicamente a la entidad».

El juez declara culpable el concurso por tres motivos, como son la «mala» gestión como causa de la insolvencia, incluyendo en dicha causa el pago anticipado de deuda a la Agencia Tributaria garantizada; la «inexactitud grave» en los documentos acompañados a la solicitud de concurso, en concreto la lista de acreedores, y la salida «fraudulenta» de bienes y derechos del patrimonio del club.

LE PEDÍAN 23 MILLONES

En el juicio por la calificación del concurso, la Fiscalía pedía 15 años de inhabilitación como dirigentes para Manuel Ruiz de Lopera y José León, y una multa para ambos de 23 millones euros, de carácter solidario. Pese a los años de inhabilitación, la sentencia ha sido acogida con satisfacción en círculos próximos a Lopera y lo contrario entre las plataformas denunciantes y el propio Betis, que esperaban la imposición de sanciones económicas mayores a Lopera y sus colaboradores. Ahora se abre un escenario distinto de cara a futuras negociaciones en espera de nuevas sentencias.

LA SENTENCIA

El juez califica de culpables e decreta su inhabilitación en el cargo a:

JOSÉ LEÓN GÓMEZ, durante un periodo de 11 años,

“FAMILIA RUIZ ÁVALO, S .A.” (FARUSA) durante un periodo de 2 años,

MANUEL RUIZ DE LOPERA Y ÁVALO durante un periodo de 8 años,

RUFINO GONZÁLEZ NAVARRO, durante un periodo de 2 años y 6 meses.

MANUEL CASTAÑO MARTÍN, durante un periodo de 4 años,

JAIME RODRÍGUEZ SACRISTÁN CASCAJO, durante un periodo de 5 años y 6 meses

FRANCISCO NUCHERA CEJUDO, durante un periodo de 4 años.

ÁNGEL VERGARA GARCÍA, durante un periodo de 3 años,

LUIS OLIVER ALBESA, durante un periodo de 15 años.

EDUARDO PEÑA RODRÍGUEZ, durante un periodo de 2 años,

JUAN CARLOS ROLDÁN REINA, durante un periodo de 2 años,

LUIS REMENTERÍA SÁNCHEZ, durante un periodo de 2 años, y

JOAQUÍN ZULATEGUI ERASO, durante un periodo de 2 años.

Se declaran cómplices a BASTOGNE CORPORACIÓN SL y SPORT TRANSFER MANGEMENT.

Por el contrario, el juez absuelve de los pedimentos formulados en su contra a LUIS NAVARRO QUIJANO, ANTONIO ÁLVAREZ SEGURA, JOSÉ MARÍA BLANCO CHIA, ÁNGEL MARTÍN VEGA, ORIÓN CONSULTORÍA Y GESTIÓN SL, LUCERHNA TECHNOLOGY SL y IUSVELÁZQUEZ SL.

El juez de lo Mercantil N.2 de Sevilla decreta la pérdida de cualquier derecho de crédito o contra la masa que los anteriores pudieran ostentar en el concurso.

El juez condena a José León Gómez, a Luis Oliver Albesa y BASTOGNE CORPORACIÓN SL a que indemnicen solidariamente al Real Betis Balonpie en la suma de 354.000 € más intereses legales.

Condeno a José León Gómez, Luis Oliver Albesa y SPORT TRANSFER MANAGEMENT a que indemnicen solidariamente al Club en la suma de 590.000 € más intereses legales.

Condeno a Luis Oliver Albesa a que indemnice al Rela Club Balonpie en la suma 71.914`98 € más intereses legales.

Por ultimo, el juez desestima el resto de los pedimentos resarcitorios formulados por la AC y el MF.