TJUE
La Superliga renace: la Justicia europea sentencia que la UEFA abusó de su posición
El TJUE falla que no pueden ser sancionados los clubes y jugadores que disputen competiciones diferentes a las organizadas en el ámbito federativo, como la Superliga, sin que exista un marco normativo que lo justifique
Sergio R. Viñas
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado este jueves que la FIFA y la UEFA han ejercido un abuso de su posición dominante al bloquear el nacimiento de la Superliga mediante la amenaza de sanciones a los clubes y los jugadores que participaran en ellas. Una victoria rotunda para la Superliga, que renace como proyecto viable en el futuro tras dos años, y una derrota para el fútbol federado tradicional, que pierde de facto el monopolio sobre la organización de torneos internaciones de clubes.
Una sentencia que contradice la opinión del abogado general de la Unión Europea, expresada en su informe de hace un años. y que da alas a la futura creación de la competición impulsada por Florentino Pérez (gran ganador de la jornada en Luxemburgo), al reconocer la cohabitación de competiciones de UEFA y privadas sin que los clubes y los jugadores que en ellas participan puedan ser automáticamente sancionados por ello.
Victoria parcial de la Superliga
Ahora bien, la Superliga no pasa a ser una realidad. Ni mucho menos. El 'core' de la sentencia hecha pública este jueves consiste en realzar que la UEFA y la FIFA no pueden vetar competiciones de terceros a capricho, sino que tienen que elaborar un marco normativo que regule los requisitos para la autorización de esas competiciones. Y que estos deben "garantizar su carácter transparente, objetivo, no discriminatorio y proporcionado".
En cierta medida, el fútbol federado sigue teniendo la sartén por el mango, pero la Superliga gana hoy porque renace de sus cenizas, aunque para poder ver la luz (si algún día lo hace) tendrá que recorrer un largo camino judicial. La UEFA y la FIFA podrán instaurar sus propias normas para autorizar 'superligas' que compitan contra sus propias competiciones, pero los tribunales tendrán la última palabra al respecto.
La UEFA y la FIFA basaban su defensa en la especial protección al deporte, como actividad física y social, que realizan las normativas europeas. El TJUE, sin embargo, pone el foco en el componente económico de la actividad y juzga el caso a partir de ese criterio.
Los detalles de la sentencia
"El Tribunal de Justicia considera que la organización de competiciones de fútbol de clubes y la explotación de los derechos de difusión son, claramente, actividades económicas. En consecuencia, estas actividades deben respetar las normas en materia de competencia y las libertades de circulación, a pesar de que el deporte, como actividad económica, presente ciertas características específicas, como la existencia de asociaciones dotadas de facultades normativas, de control y sancionadoras", destaca el informe facilitado por el tribunal de Luxemburgo.
"Cuando una empresa en posición dominante tiene la facultad de determinar en qué condiciones pueden entrar en el mercado empresas potencialmente competidoras, esta facultad, habida cuenta del riesgo de conflicto de intereses que genera, debe ir acompañada de criterios que permitan garantizar su carácter transparente, objetivo, no discriminatorio y proporcionado. Pues bien, las facultades de la FIFA y de la UEFA no están sujetas a ningún criterio de esta naturaleza. En consecuencia, la FIFA y la UEFA están abusando de su posición dominante", añade, en un duro rapapolvo a ambas instituciones.
La autorización de la Superliga
El TJUE advierte, no obstante, que el fallo hecho público hoy (que es vinculante y contra el que no cabe recurso) no significa necesariamente que la Superliga deba ser autorizada, pues no era ese el objetivo del litigio elevado al tribunal.
De hecho, el principal reproche del TJUE hacia la UEFA y la FIFA es que las "diferentes facultades", con relación a la autorización previa de una competición privada y la posibilidad de sancionar a sus participantes, "no estén sujetas a criterios materiales y a reglas de procedimiento que permitan garantizar su carácter transparente, objetivo, no discriminatorio y proporcionado".
Es decir, insta a la UEFA y a la FIFA a incorporar a su marco normativo procedimientos que permitan a terceros organizar competiciones privadas fuera del ámbito federativo. Una invitación que hace prever que largos años de conflictos judiciales.
El contexto
La Superliga fue lanzada en abril de 2021 como una competición cerrada, respaldada por 12 de los principales clubes del continente. La inmediata y contundente reacción contraria de las instituciones del fútbol, los diferentes gobiernos y grupos de aficionados provocó que nueve de esos 12 clubes se retiraran públicamente del proyecto. Este año, la Juventus también renunció, dejando solos a Real Madrid y FC Barcelona.
En los últimos meses, Reichart, como CEO de A22, ha ido anunciando, sin entrar en detalles, que la Superliga pasaría a tener un formato abierto, con al menos 60 clubes implicados, y en el que los resultados de las ligas nacionales serían tenidos en cuenta como méritos deportivos para acceder al torneo europeo.
Tras el anuncio del lanzamiento de la Superliga, prácticamente todas las instituciones del fútbol europeo se posicionaron radicalmente en contra, así como la mayoría de los Gobiernos continentales, entre ellos el español. Además de la UEFA y la FIFA, implicadas directamente en el caso como demandadas, LaLiga y la RFEF también han mostrado su rechazo frontal al proyecto impulsado por Florentino Pérez.
El caso vuelve a Madrid
Ahora, el caso regresará al Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid, cuya titular, Sofía Gil García tendrá que continuar con la instrucción del caso a partir del informe vinculante emitido este jueves por el TJUE. El procedimiento se encontraba suspendido hasta ahora, con medidas cautelares para la FIFA y la UEFA que les impedían tomar represalias contra los clubes implicados.
Dichas cautelares fueron dictadas por quien titular del juzgado en régimen de sustitución al comienzo del caso, Manuel Ruiz de Lara, denegadas por la jueza Sofía Gil y posteriormente restituidas por la Audiencia Provincial de Madrid. Este órgano, de hecho, recuperó dichas medidas cautelares al hacer una lectura del caso que va en la línea de la decisión que este jueves ha adoptado el TJUE. La partida continúa.
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