Control horario

Las empresas deberán dejar de registrar la jornada con papel y boli y pasarse al digital

El Ministerio de Trabajo reúne de nuevo a patronal y sindicatos para tratar de cerrar un acuerdo sobre la ley de reducción de jornada

Una trabajadora ficha en un aparato de control horario al empezar su jornada laboral.

Una trabajadora ficha en un aparato de control horario al empezar su jornada laboral. / ELISENDA PONS

Gabriel Ubieto

Todas las empresas, independientemente del tamaño de su plantilla, deberán registrar la jornada laboral de sus empleados por medios telemáticos. El formato de las hojas de papel con los cuadrantes de entrada y salida para que el trabajador los firme al iniciar y acabar su turno dejarán de ser una opción válida, a tenor del último borrador de la ley de reducción de jornada laboral remitido por el Ministerio de Trabajo a patronal y sindicatos y al que ha tenido acceso El Periódico, del mismo grupo editorial que este diario. Propuesta, que estará sujeta a cambios durante el curso de la negociación y que también incorpora un aumento de las cuantías de las multas a aquellas compañías que incumplan con el registro horario.

El departamento liderado por Yolanda Díaz ha mantenido este lunes a los agentes sociales a una nueva reunión para tratar de avanzar en un acuerdo sobre la llamada a ser la norma estrella, laboralmente, de la legislatura. Las partes se han visto las caras durante dos horas sin alcanzar avances sobre cómo materializar esa disminución del tiempo máximo de trabajo, que en cómputo semanal se situará en una primera fase en 38,5 horas. Y uno de los aspectos de la reforma es la modificación de una obligación ya existente para las compañías como es el control horario.

Si bien inicialmente la idea que manifestó Trabajo a los agentes sociales era limitar la obligatoriedad de un registro de jornada telemático a aquellas sociedades con 50 o más empleados, en el primer papel remitido esa referencia no aparece. Y la futura obligación regiría para todas las compañías, tuvieran dos o 2.000 trabajadores en plantilla. "La empresa mantendrá un registro diario de jornada, realizado por medios digitales", reza el primer borrador.

Actualmente es habitual que en micro o pequeñas empresas se lleve a cabo de manera analógica el registro de jornada. Algo que, según explican inspectores consultados, facilita la manipulación de registros por parte del empresario e impide que la autoridad laboral pueda acceder en remoto a los registros. Sobre esto último, la norma también pretende dar acceso en cualquier momento a los inspectores a la base de datos recabados por los aplicativos de control horario, así como a los sindicatos con representación en la empresa.

Desde 2019 que rige el menester de toda empresa de registrar debidamente cuántas horas laburan sus empleados y cómo se distribuyen las mismas. Una norma que se implementó tras recibir el Reino de España una riña desde el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por carecer de este cómputo de las horas trabajadas, lo que dificultaba cuantificar realmente cuánto trabajaban los empleados y si se producían excesos en ese sentido.

Un año antes de estallar el covid el Gobierno aprobó esta norma que ya antes de entrar en vigor fue criticada por insuficiente por los sindicatos, al considerar estos que tenía varias fallas que facilitaban el incumplimiento para aquellas compañías que así lo quisieran. Es una crítica recurrente entre los inspectores laborales la falta de capacidad disuasoria de una norma que multa a la empresa independientemente del volumen de su plantilla.

Es decir, si una empresa no controla bien la jornada de sus empleados y se descubren desviaciones en 30 trabajadores, la empresa recibe hasta ahora una única multa. Ahora la voluntad de Díaz es multiplicar la incidencia y que haya tantas multas como trabajadores en situación irregular halle la Inspección. Lo que dispararía el coste para quien desoiga la norma.

En la propuesta remitida por Trabajo a los agentes sociales también queda recogido un aumento de la cuantía de las multas. Las infracciones graves se sancionarán con multas de los 1.000 a 2.000 euros en su grado mínimo; de 2.001 a 5.000 euros en su grado medio, y de 5.001 a 10.000 euros en su grado máximo.

Entrada en vigor ya en 2025

El objetivo del Ministerio de Trabajo es que la reducción de la jornada laboral entre en vigor ya este 2024. Así lo ha plasmado en la redacción de su propuesta remitida a patronal y sindicatos: "Desde la entrada en vigor de esta ley y hasta el día 31 de diciembre de 2024 la jornada máxima de trabajo ordinario será de treinta y ocho horas y media en promedio anual, en su aplicación proporcional al periodo mencionado".

Y si bien la vicepresidenta segunda ha tratado de imprimirle velocidad a las negociaciones, por tiempos y dada la distancia existente con la patronal, en la mesa de diálogo social los implicados ya asumen que, de entrar en vigor antes de acabar el año, su vigencia durante este curso 2024 sería testimonial y que, de facto, ya empezaría a regir a partir del 2025.

Uno de las variables que imprimirán o restarán ritmo a la negociación es si la CEOE acaba entrando o no a un acuerdo. Los empresarios han visto desde un primer momento como una injerencia en la negociación colectiva la ley de Díaz y desde los sindicatos se ha criticado su falta de propuestas en lo que va de conversaciones.

El aval de la CEOE facilitaría el posterior trámite parlamentario de la norma, algo no menor para el Gobierno dada la precaria aritmética parlamentaria. Partidos como Junts o PNV podrían ver con mejores ojos dar su sí si la ley no llega con la oposición de los patronos. No obstante, un negociador con dilatada experiencia en el diálogo social recuerda que el beneplácito de la CEOE tampoco asegura una cómoda tramitación en el Congreso, tal como le pasó a la reforma laboral, aprobada por un voto erróneo de un diputado del PP.

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