SECTOR INMOBILIARIO
Vivienda avanza en el "reglamento" para limitar los contratos de alquiler temporal tras el fracaso de la propuesta de Sumar
El pasado martes, el Congreso de los Diputados tumbó la propuesta de Sumar de limitar los contratos temporales a seis meses, con los votos en contra de PP, Vox y Junts
Isabel Rodríguez, ministra de Vivienda y Agenda Urbana / EP
El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana está trabajando en la elaboración de un "reglamento" para regular el mercado del alquiler temporal. Así lo ha confirmado la titular de la cartera, Isabel Rodríguez, en los pasillos del Congreso de los Diputados: "Nuestra intención es aclarar los términos de la ley de arrendamientos Urbanos para combatir el fraude de los contratos de alquiler temporal, garantizando que aquellos que lo precisan, como estudiantes o profesores, puedan acogerse, pero evitando el uso fraudulento".
Los avances llegan solo un día después de que el Congreso de los Diputados tumbase de la propuesta de Sumar para regular el alquiler temporal a un máximo de seis meses. El PSOE votó a favor de iniciar de su tramitación en las Cortes, pero el 'no' a última hora de Junts, junto a los ya confirmados de PP y Vox, hicieron descarrilar el proyecto legislativo.
Según confirmó la ministra de Vivienda, el mencionado reglamento entrará en vigor antes de finales de 2025. "Lo vamos a redactar apoyándonos de la mano del Colegio de Registradores y el Consejo General de la Notaría, con quienes estamos trabajando este reglamento de desarrollo de nuestra normativa en coherencia con normativa europea y que será una palanca ágil, rápida, con rigor y con seguridad jurídica para abordar esta cuestión donde se precisa no solo normativa, sino todos los mecanismos necesarios para la persecución del fraude por parte de las administraciones públicas", añadió.
Problemática con el alquiler temporal
El Gobierno ha decidido ponerse manos a la obra para limitar el alquiler temporal cuando se utiliza para esquivar las restricciones o el de larga estancia. Este último está regulado dentro de la ley de arrendamientos urbanos y, entre otras condiciones, obliga al propietario a mantenerlo durante cinco o siete años o limita las subidas anuales. Por el contrario, el de media estancia es un contrato privado entre dos partes, regulado por la legislación civil.
Ambas tipologías han convivido históricamente con normalidad: mientras una familia requiere de un contrato de larga estancia, un estudiante solo necesita un lugar para nueve meses, por ejemplo. Sin embargo, con la entrada en vigor de la ley de vivienda, que impuso nuevas restricciones a la larga estancia, algunos propietarios mudaron sus alquileres a corta y media estancia para así esquivarlas, aunque el perfil de inquilino siga siendo de la otra fórmula, motivo de que Vivienda y Agenda Urbana haya decidido entrar a regularlos.
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