ECONOMÍA

Miles de personas se beneficiarán de la nueva ayuda de 570 euros del SEPE: requisitos y duración

Nuevos colectivos podrán cobrar este subsidio aprobado el pasado junio en el Congreso de los Diputados

Un hombre entra a una oficina del SEPE.

Un hombre entra a una oficina del SEPE. / Marta Fernández Jara - Europa Press

El Correo

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La reforma del subsidio por desempleo aprobado por el Congreso de los Diputados en junio entrará en vigor el próximo 1 de noviembre. Esta iniciativa trae consigo diferentes novedades, entre ellas, la ampliación de los colectivos que pueden beneficiarse de esta ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), además de un aumento de la cuantía recibida.

Hay que diferenciar entre el subsidio por desemplo y la prestación por desemplo, que es la que conocemos como "el paro". El subsidio por desempleo es la ayuda para quienes han agotado o no tienen derecho a paro por no haber cotizado lo suficiente.

La duración del subsidio depende del número de meses cotizados y de si se tienen o no responsabilidades familiares y su cuantía mensual es igual al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).

Cuantías del subsidio

La reforma pactada por el Ministerio de Trabajo con los sindicatos contempla el aumento de la cuantía del subsidio por desempleo, ya que eleva el porcentaje del IPREM que se utiliza para calcular la paga.

De este modo, se podrá cobrar una ayuda de 570 euros durante los seis primeros meses, que bajará a 540 euros los seis meses siguientes. El resto del período de cobro de la ayuda será una cuantía de 480 euros (el 80% del IPREM).

Nuevos beneficiarios

La reforma del subsidio por desempleo incluye una serie de novedades que se refieren a las personas que podrán optar a la ayuda y que antes no podían hacerlo. Se trata de los siguientes colectivos:

  • Menores de 45 años sin responsabilidades familiares.
  • Trabajadores agrarios eventuales
  • Ciudadanos españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva
  • Mayores de 16 años víctimas de violencia de género o sexual
  • Trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla

Eliminación de los subsidios parciales

La reforma, según informó el Gobierno al presentar la medida, elimina los subsidios parciales para quienes hubieran trabajado a tiempo parcial, pudiendo cobrarlos íntegros, al tiempo que permitirá que las personas con menos de 12 meses cotizados (que son los necesarios para acceder a una prestación contributiva) puedan acceder al subsidio, medida que beneficiará fundamentalmente a los jóvenes.

Se facilita además el cumplimiento del requisito de insuficiencia de rentas para las personas que acceden al subsidio, al permitir el acceso tanto por insuficiencia de rentas personales como de la unidad familiar, alternativamente, y se ampliará la cobertura al permitir el acceso de las parejas de hecho a la unidad familiar.

En concreto, se modifica el cómputo de renta de tal manera que no se excluirá al solicitante que supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), sino que se tendrá la consideración de responsabilidades familiares cuando el total de rentas de la unidad familiar entre el número de personas que la forman, incluido el solicitante, no supere el 75% del SMI.

Al mismo tiempo, se establece un régimen de compatibilidad entre los subsidios agrarios de Andalucía y Extremadura con los del Régimen General y, adicionalmente, se compromete una reducción de las jornadas reales requeridas para acceder a los primeros como consecuencia de la sequía.

La norma reduce a diez el número de jornadas necesarias para que los trabajadores agrarios por cuenta ajena de carácter eventual incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios puedan beneficiarse del subsidio por desempleo.