Guía para rebajar la ‘factura’ de la Renta

Familias. Con el cierre del año se acerca el momento de echar cuentas y estudiar las alternativas para pagar menos en el IRPF a Hacienda en la próxima primavera

19 dic 2016 / 21:04 h - Actualizado: 20 dic 2016 / 07:00 h.
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A dos semanas de cerrar el año es momento de coger la calculadora para hacer el balance fiscal del año y así arañar algunos euros de cara a la próxima primavera cuando haya que rendir cuentas con Hacienda. Con la entrada en vigor de la reforma fiscal hace ya un año, es importante conocer las novedades de 2017 de cara a la próxima campaña de la Renta.

Como explica José Miguel Amuedo, experto en fiscalidad y profesor de la escuela de negocios del Instituto San Telmo, lo primero que deben tener en cuenta los contribuyentes este año es «que los tipos han bajado». El límite en Andalucía se ha situado en el 48 por ciento, «y la base imponible del ahorro también ha bajado, ahora oscila entre el 19 y el 20 por ciento». Se preguntará cómo le afecta, según Amuedo, «las familias lo notarán poco porque también han bajado los tipos de retención». No obstante, no está de más repasar en qué cuentas podemos ahorrarnos unos euros.

Amortizar la hipoteca

Es la deducción más conocida. Aquellos contribuyentes que compraron su vivienda habitual antes de 2013 tendrán derecho a desgravarse hasta el 15 por ciento de las inversiones realizadas, con un límite de 9.040 euros. En este sentido, Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) aconsejan realizar un pago adicional de unos 4.400 euros de media para amortizar la hipoteca antes de que finalice el año. La factura fiscal podría reducirse en más de 670 euros.

Por el tramo autonómico, aquellos menores de 35 años que hayan adquirido una vivienda también podrán deducirse hasta un 3 por ciento, sobre un máximo de 9.040 euros, siempre y cuando la suma de su base imponible no supere los 19.000 euros individualmente o 24.000 si la declaración se hace conjunta.

Adaptación de la vivienda

Igualmente si va a ampliar su vivienda o va a hacer obras para adaptarla a algún familiar con discapacidad también puede deducir la inversión. El requisito: las obras deben finalizar antes del 1 de enero de 2017. La desgravación será de un 15 por ciento sobre un máximo de 9.040 euros en los casos de ampliación y rehabilitación, mientras que para adaptación de la vivienda para personas con discapacidad la deducción será de un 20 por ciento, con un límite de 12.080 euros.

Alquiler (en transición)

Si firmó su contrato después del 1 de enero de 2015, vivir en alquiler ya no tiene premio. Sin embargo, por el tramo autonómico, los inquilinos de menos de 30 años podrán deducirse hasta un máximo de 500 euros siempre que la base de su suma imponible no supere los 19.000 euros de forma individual. Además, recuerda Amuedo, «debe acreditarse el alquiler con la deposición de la fianza a favor de la comunidad autónoma de Andalucía y el contribuyente identifique al arrendador de la vivienda con su NIF, para controlar que el otro declara sus ingresos»

Plusvalías

Si han vendido su casa a lo largo de este año, las ganancias que obtengan tributarán entre el 19 y el 23 por ciento. Aunque quedará exento si reinvierte todo el importe en otra vivienda habitual en el plazo de dos años.

A este respecto Amuedo hace una recomendación para las personas de 60 años que están pensando en vender: esperar a cumplir los 65 años dado que a esa edad está exento si reinvierte las ganancias en una renta vitalicia, con un límite de 240.000 euros.

Plan de pensión

Como recuerda Amuedo, «teniendo en cuenta la evolución demográfica –poca gente generando riqueza y cada vez más jubilados- es probable que todos los que estamos trabajando no tengamos posibilidad de captar una pensión el día de mañana». Por eso, si quiere asegurarse una jubilación tranquila y aprovecharse de ello es momento de hacer una aportación a su plan de pensiones. Eso sí, que no sea mayor de 8.000 euros o del 30 por ciento de los rendimiento de trabajo o actividades económicas sin depender de la edad de cada contribuyente, recuerda el experto en fiscalidad, pues con la reforma se redujo el límite, que antes era de 10.000 euros.

Plan de ahorro

Ahora puede invertir en productos financieros y no preocuparse de la rentabilidad que obtenga por ellos porque está exenta. Aquellos beneficios obtenidos por depósitos individuales de ahorro a largo plazo o por seguros individuales a largo plazo constituidos a partir de 2015 tienen premio siempre y cuando no se disponga del capital antes de cinco años y que las aportaciones no sean superiores a 5.000 euros anuales.

Sin embargo, desde Gestha advierten de que no son tan rentables como parecen. Teniendo en cuenta que los tipos de interés están bajo, una inversión de 5.000 euros anuales a un interés del 2 por ciento supondrían 100 euros de interés, que sumarían más de 1.540 euros al cabo de un lustro y 25.000 euros de inversión. Según la cuentas de Gestha esto se traduciría en un beneficio fiscal de 292,7 euros. Por lo que concluye que este tipo de producto financiero solo resulta atractivo para «aquellos contribuyentes que quieren incrementar sus ahorros a largo plazo con un producto seguro, aunque sin altas rentabilidades».

En el extranjero

Esta es una de las exenciones que menos conocen los contribuyentes, según Amuedo. Aquellas personas que obtengan rendimiento de trabajos en el extranjero estarán exentos de tributar. Eso sí, tiene varias condiciones. La primera es que estará exento con un límite máximo de 60.100 euros. La segunda es que los trabajos por los que perciba esos rendimientos deben realizarse en el extranjero o para una empresa o entidad no residente en España. Por ejemplo, si trabaja en algún país iberoamericano, podrá computar sus ganancias como exento. En el caso de que usted esté en esta tesitura, Amuedo recomienda que consulte a un asesor.

Afinidad política

Ser fiel a un partido político premia. Desde este año las cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos, de no más de 600 euros, suponen una deducción del 20 por ciento.

Donaciones

Se mantienen las rebajas en la factura de Hacienda por donativos a fundaciones o asociaciones declaras de utilidad pública. Siguen y con mejoras. La deducción se ha incrementado al 75 por ciento, hasta 150 euros, y del 30 por ciento a partir de 151 euros, mientras que hace un año la desgravación era sólo del 20 por ciento.

Pérdidas de acciones

Si invierte en bolsa, es el momento idóneo para hacer cuentas y compensar las pérdidas generadas por sus acciones. Amuedo explica que para este año hay novedades en el apartado de los rendimientos por capital mobiliario, ya que tributa la distribución de la prima de emisión de acción así como la reducción de capital con la devolución de aportaciones.

Y de cara al año fiscal 2017, la venta de derecho de suscripción preferente de sociedades cotizadas empezará a tributar.

Rendimiento en especie

Amuedo apunta que teniendo en cuenta que Andalucía es una de las comunidades con mayor presión fiscal, «sería interesante tener en cuenta los rendimientos en especies, que son muy habituales de Despeñaperros para arriba». Explica que existen dos tipos de rendimientos en especie. Unos son aquellos que están exento sin límite como los cursos de capacitación y reciclaje, los servicios de guardería y educación, así como el seguro de accidentes.

Por otro lado están los que sí tienen límites, como la entrega de acciones por parte de la empresa (que tiene un límite de 12.000 euros anuales y con ciertos requisitos), los tickets restaurantes (con un máximo de 9 euros diarios) o el transporte colectivo (1.500 euros al año). Además, dentro de este apartado este año hay una novedad para las primas satisfechas por seguro de enfermedad, dado que se eleva la renta exenta hasta 500 euros por rendimientos de trabajo y hasta 1.500 euros por actividades económicas.

Si su empresa le cede un coche, la vivienda o tiene un seguro vinculado a la jubilación no están exentos, pero tributarán por su tasación.