Laboral

Los despedidos en periodo de prueba podrán cobrar el paro

Igualmente para los extinguieron voluntariamente su contrato de trabajo por contar con otra oferta laboral en firme que finalmente decayó

21 abr 2020 / 16:15 h - Actualizado: 21 abr 2020 / 16:20 h.
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  • La vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño. / E.P.
    La vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño. / E.P.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto-ley con más de 30 medidas económicas, entre las que se incluye el acceso a las prestaciones por desempleo de los trabajadores que, estando en periodo de prueba, vieron extinguido su contrato laboral a partir del 9 de marzo, y de quienes extinguieron voluntariamente su contrato de trabajo a partir del 1 de marzo por contar con otra oferta laboral en firme que finalmente decayó.

"Se completa así el derecho de acceso a las prestaciones por desempleo de un conjunto de trabajadores que habían quedado excluidos de los Reales-Decreto leyes anteriores", ha destacado Calviño en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Asimismo, el Gobierno ha modificado la regulación de los expedientes de regulación de empleo temporales (ERTEs) por fuerza mayor para que puedan acceder a ellos aquellas empresas que pertenecen a sectores esenciales pero cuyos ingresos se han visto mermados por la restricción de la movilidad. Ahora se les permitirá presentar un ERTE para incluir a trabajadores no indispensables para su actividad esencial.

Calviño ha informado además de que el decreto contempla también una rebaja de cotizaciones para determinados trabajadores agrarios que tengan periodos de inactividad este año, así como una simplificación del procedimiento para aplazar las deudas de la Seguridad Social.