Autónomos

Unos 400.000 autónomos podrán tributar según sus ingresos reales, según ATA

El Gobierno ha incluido dentro del Real Decreto aprobado este martes varias medidas para los autónomos

21 abr 2020 / 16:38 h - Actualizado: 21 abr 2020 / 21:44 h.
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  • Un pequeño comercio. / EFE
    Un pequeño comercio. / EFE

Unos 400.000 autónomos que tributan en el sistema de módulos podrán beneficiarse de la medida aprobada este martes por el Consejo de Ministros que les permitirá hacerlo por estimación directa, es decir, en función de sus ingresos reales.

Así lo ha asegurado en un comunicado la asociación de autónomos ATA, que ha detallado que estos trabajadores están concentrados en sectores como la hostelería, el taxi o comercios.

Con el cambio aprobado hoy, los autónomos podrán calcular, durante el período de estado de alarma, sus pagos fraccionados de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y los ingresos a cuenta del impuesto sobre el valor añadido (IVA) conforme a sus ingresos reales, en lugar de con el método de estimación objetiva.

"Es una buena medida que puedan salir de este sistema temporalmente porque es un sistema que les está penalizando ya que no tienen actividad y el sistema de tributación por estimación objetiva marca una cantidad fija en IVA e IRPF independientemente de si tienes ingresos o no los tienes", ha señalado en la nota el presidente de ATA, Lorenzo Amor.

La medida

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un nuevo paquete de medidas económicas, que permitirá a las empresas ajustar los pagos fraccionados de sus impuestos a la situación de cierre y a los autónomos renunciar temporalmente al sistema de tributación por módulos.

La vicepresidenta de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo que las medidas fiscales recogidas en el real-decreto ley permitirán liberar más de 1.100 millones de euros de liquidez para las empresas.

Con este cambio, los autónomos podrán calcular, durante el período de estado de alarma, sus pagos fraccionados de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y los ingresos a cuenta del impuesto sobre el valor añadido (IVA) conforme a sus ingresos reales, en lugar de con el método de estimación objetiva, que habitualmente se utiliza por su mayor simplicidad, sin necesidad de renunciar a éste.

También se establece una reducción en los pagos fraccionados de IRPF e IVA, del que se descontará cada trimestre los días correspondiente al estado de alarma.

Además, las empresas podrán adaptar las liquidaciones de los ingresos a cuenta a la nueva previsión de ingresos para el año, así como supeditar el abono de las deudas tributarias a la obtención de financiación conforme a la línea de créditos avalados por el Estado

Alquileres de locales comerciales

Por lo que respecta a los alquileres de locales comerciales, y para mitigar los costes de pequeñas y medianas empresas (pymes) y autónomos que hayan visto reducirse significativamente sus ingresos, se establece un mecanismo de renegociación y aplazamiento de los alquileres a grandes tenedores o empresas públicas.

En caso de que el local comercial sea propiedad de otro tipo de arrendador, como particulares, se facilita el uso de la fianza como mecanismo de pago, debiéndose ésta reponer en el plazo de un año.

El decreto se refiere también a los requisitos para rescatar fondos de pensiones, como los plazos y el importe máximo del que se puede disponer.

También incluye reducciones o exenciones, en casos justificados, de diversas tasas portuarias.