En el pleno

El CGPJ aprueba por 9 votos frente a 5 el informe que considera inconstitucional la ley de amnistía

El informe que ha asumido el pleno tiene muy presente que es la primera vez que se legisla semejante medida de gracia desde la entrada en vigor de la Constitución y se muestra muy crítico con la medida, que considera inconstitucional y que padece una deficiente técnica jurídica

El vocal Wenceslao Olea explica al pleno del CGPJ su informe contrario a la amnistía.

El vocal Wenceslao Olea explica al pleno del CGPJ su informe contrario a la amnistía. / CGPJ

Ángeles Vázquez

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no se ha salido del guión previsto y ha aprobado con nueve votos de los 16 posibles el informe redactado por el vocal Wenceslao Olea, contrario a la proposición de ley de amnistía. La otra propuesta de dictamen, del que se ocupó Mar Cabrejas, fue solo apoyado por cinco vocales, que han redactado un voto particular con su texto. El presidente por sustitución del órgano de gobierno de los jueces, Vicente Guilarte, y el vocal Enrique Lucas votaron en blanco.

Como se está convirtiendo en rutina en un Consejo cuyo mandato está caducado desde hace más de cinco años, el pleno estudió dos informes, que eran diametralmente opuestos, porque el de Olea consideraba inconstitucional el texto salido del Congreso y el de Cabrejas, no y declaraba que pronunciarse en esos términos solo correspondía al Tribunal Constitucional, extremo que ha supuesto que Lucas no lo suscriba y que le haya llevado a hacer un voto particular propio.

El vocal dice no compartir con Cabrejas, Roser Bach, Álvaro Cuesta, Clara Martínez de Careaga y Pilar Sepúlveda, todos ellos aupados al CGPJ a propuesta del PSOE, su "renuncia a un estudio completo de la constitucionalidad de la iniciativa". Considera que "su elusión es errónea e injustificada, ya que transmite el mensaje de que el examen concreto de la constitucionalidad de la iniciativa legislativa -de esta y hay que suponer que de cualquier otra- no sea plenamente 'jurídico' por la sola razón de que su objeto tenga una dimensión esencialmente política sobre la que existan enconadas disputas".

Por su parte, Guilarte ha justificado su voto en blanco explicando que comparte muchas de las reflexiones de ambos informes, pero entiende que debería haberse profundizado en un hecho omitido en la proposición de ley: el acuerdo suscrito por el PSOE y Junts, en el que entre otras contraprestaciones se ofrecía la amnistía a cambio del apoyo a la investidura del presidente del Gobierno. Considera que esa es "la causa real y onerosa de la proposición de ley, sustituida en la exposición de motivos por la pretensión pacificadora de la sociedad catalana, y que con tal perspectiva debe analizarse la legalidad de la proposición".

También ha recordado que en ese pacto, junto con la obligación de tramitar la amnistía, se incluía la creación de comisiones parlamentarias de investigación que eventualmente puedan responsabilizar a los jueces, lo que a todas luces es contrario a la independencia judicial y a la división de poderes, por lo que el CGPJ pidió a las Cortes que no les citen y anunció que no les autorizaría su comparecencia.

Vocales del PP

El informe de Olea ha salido adelante con los votos por José Antonio Ballestero, Nuria Díaz Abad, Gerardo Martínez Tristán, Juan Martínez Moya, Juan Manuel Fernández, Carmen Llombart, José María Macías y Ángeles Carmona, todos ellos nombrados en su día a propuesta del PP. Eso ha dado pie a que el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, haga un tuit en el que con ironía se muestra "muy sorprendido", porque "los vocales elegidos por el PP, de un CGPJ bloqueado por el PP", hayan "emitido un informe, a petición del PP, que da la razón al PP. Por supuesto, ignorando los argumentos de la Comisión de Venecia".

El informe suscrito por Olea, que coincidía con el de Cabrejas en que la proposición de ley incluye deficiencias técnicas, destaca que es la primera vez que se legisla tal medida de gracia desde la entrada en vigor de la Constitución. Sostiene que la amnistía tiene como "causa directa e inmediata" el acuerdo de 9 de noviembre entre el PSOE y Junts per Catalunya", lo que desmiente "la invocación a un pretendido interés general" con la que se ha defendido.

La Constitución, al excluir de manera consciente la amnistía, exige al legislador que justifique la adecuación de la proposición de ley orgánica a todos y cada uno de los valores, principios y condiciones que la norma fundamental impone a la potestad legislativa, lo que no se aprecia en el texto de la norma proyectada, explica el dictamen, que se remitirá al Senado.

De hecho el texto es muy crítico con la tramitación parlamentaria elegida, que tacha de "arbitraria", porque no se justifica la urgencia. A su juicio, dada la excepcionalidad jurídica y la trascendencia social del asunto debería haberse tramitado como proyecto de ley, lo que habría supuesto que el Consejo y la Fiscalía se pronunciaran al respecto sin que tuviera que requerírselo la Cámara alta, como ha ocurrido.

Sin proporcionalidad

En su opinión, la proposición de ley orgánica "socava el derecho a la igualdad, ya que no se justifica en los adecuados términos de idoneidad y proporcionalidad, el trato diferencial más beneficioso de los sujetos abarcados por la amnistía en relación con el resto de los ciudadanos, toda vez que el fundamento que podría justificar el trato discriminatorio es insuficiente y arbitrario".

Afirma también que vulnera la separación de poderes, porque no resulta admisible que el poder legislativo pueda dejar sin efecto las decisiones adoptadas por los tribunales, salvo en los supuestos expresamente autorizados por la Constitución, que solo son los indultos particulares, no generales.Tampoco considera que el conjunto del texto justifique que se trate de una ley razonable, proporcionada y adecuada a los fines que se pretende conseguir.

Además, sostiene que la proposición de ley orgánica no delimita con la suficiente y exigible claridad, ni con el adecuado respeto al principio de seguridad jurídica, el ámbito objetivo de la amnistía, pues la amplia indeterminación de los preceptos puede desembocar en interpretaciones jurídicas diversas, lo que provocará que la crítica social sobre la eficacia de la ley se concentre en los órganos judiciales.

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