Tribunales
El juez no ve "perjuicio" para la Complutense en la causa contra Begoña Gómez y rechaza su personación
El juez Peinado citó a declarar como testigo al rector de la universidad
Al día siguiente, la Complutense pidió unirse al caso como acusación particular por el posible perjuicio a su patrimonio
Alberto Muñoz | Cristina Gallardo | Tono Calleja Flórez
El juez José Carlos Peinado ha rechazado la petición de la Universidad Complutense de Madrid de personarse en el caso que investiga a Begoña Gómez porque considera que, hasta ahora, en el proceso "no consta qué perjuicio puede haber sufrido" la institución. Así lo ha reflejado el magistrado titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid en un auto al que ha tenido acceso El Periódico de España, del grupo Prensa Ibérica, y que es posterior a la citación del rector de la Complutense como testigo.
De hecho, fue un día después de esa citación cuando, por medio de un escrito fechado el pasado 18 de junio, la Complutense solicitó al juez Peinado poder personarse en la causa como parte potencialmente afectada por unas "presuntas actuaciones no conformes a Derecho a propósito del patrimonio" de la universidad.
Esas actuaciones, recuerda la universidad en su escrito, estarían relacionadas "con el convenio firmado para la creación de la Cátedra Extraordinaria para la Transformación Social Competitiva". Dos días más tarde, sin embargo, el magistrado desestimó su petición.
Una citación "incomprensible"
Antonio Camacho, abogado de Begoña Gómez en este caso, ha calificado de "incomprensible" la citación como testigo de Joaquín Goyache Goñi, rector de la Universidad Complutense de Madrid. Lo ha hecho, según explica en su recurso, porque, en su opinión, el rector "en absoluto está relacionado con los hechos que constituían el objeto de la investigación" y que fueron delimitados el pasado 29 de mayo por la Audiencia Provincial de Madrid.
De hecho, desde la defensa de Gómez vuelven a insistir en que el juez instructor sigue sin aclarar "cuáles son los hechos que en la actualidad conformarían la causa que sigue siendo competencia del presente juzgado", pues la Fiscalía Europea ya ha asumido parte del caso.
En ese sentido, además, desde la defensa de la mujer del presidente del Gobierno recuerdan al juez que la ley impide las investigaciones prospectivas "con la excusa de investigar un hecho delictivo", es decir, aquellas situaciones en las que se "inspecciona en la vida del investigado para ver si otros delitos pueden ser descubiertos, todo ello partiendo del convencimiento personal de la fuerza investigadora sobre la criminalidad del sujeto".
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