Las claves tras los autos del Supremo
¿Puede ser detenido Carles Puigdemont fuera de España?
Al rechazar aplicarle la amnistía, el Supremo mantiene la orden de detención en su contra que le supondrá el arresto si regresa a Catalunya
Archivo - El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont / Glòria Sánchez - Europa Press - Archivo
Los autos con los que la Sala Segunda del Tribunal Supremo y el juez del alto tribunal Pablo Llarena han acordado no aplicar la amnistía a los condenados y procesados en rebeldía por el delito de malversación por el 'procés' mantienen las órdenes de detención que estaban vigentes. Ello supone que el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont será detenido en el momento que regrese a España, aunque pueda seguir moviéndose en el extranjero sin temor a ser arrestado, porque no cuenta con orden de arresto internacional alguna.
El juez Pablo Llarena decidió no volver a reiterar las euroórdenes con las que había intentado sin éxito que el expresidente catalán fuera puesto a disposición de la justicia española, cuando en enero de 2023 adaptó el auto de procesamiento a la derogación de la sedición y la reforma legislativa de la malversación, que tampoco libró de este delito a los líderes del 'procés'.
El magistrado quiso entonces esperar a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunciase sobre la consulta que había elevado sobre las euroórdenes y, después, a que la primera resolución europea fuese revisada. Finalmente la inminencia de la promulgación de la amnistía le llevó a desistir de volver a intentar lograr el arresto de Puigdemont en el extranjero.
Por eso, el líder de Junts puede desplazarse por Francia sin ningún tipo de restricción, incluso cuando gendarmes franceses le notifican en París su imputación por terrorismo en la causa de Tsunami Democràtic. Se trató de una diligencia que no tuvo mayor transcendencia judicial que la de tenerle por personado en el último procedimiento abierto en su contra en el Tribunal Supremo.
La jueza instructora de esa pieza, Susana Polo, aún no se ha pronunciado sobre si aplicará o no la amnistía a esta causa, en la que no hay medida alguna dictada contra el político catalán, ni contra el diputado de ERC en el Parlament Ruben Wagensberg, a los que se había ofrecido declarar voluntariamente por videoconferencia, diligencia que se anuló con la promulgación de la amnistía. El plazo para informar sobre el siguiente paso a seguir en relación con la medida de gracia ni siquiera ha concluido aún para Puigdemont, puesto que su plazo empezó con el retraso con el que se le dio por personado.
Tanto en el Supremo como en la Audiencia Nacional, donde está imputada la secretaria general de ERC, Marta Rovira, la fiscalía y la Abogacía del Estado han informado a favor de aplicar la medida de gracia y decretar el sobreseimiento libre y archivo de las dos piezas abiertas por las protestas convocadas por la plataforma Tsunami Democràtic contra la sentencia del 'procés'. En cambio, las acusaciones populares y particulares pidieron que no se aplicara. La última palabra la tendrá la magistrada Polo en el Supremo y el juez Manuel García Castellón en la Audiencia Nacional.
Al TC
Aunque sus decisiones se podrán recurrir, como ocurre con el último auto dictado por Llarena. La resolución que descarta aplicar la amnistía a los procesados en rebeldía puede ser recurrida en reforma ante el magistrado que la dictó y en apelación, ante la Sala de lo Penal. Además, las resoluciones que adopta el Tribunal Supremo se pueden recurrir ante el Tribunal Constitucional si se aprecia vulneración de derechos fundamentales, como ocurrirá en este caso.
En cualquier caso, al igual que para revocar una orden de detención tiene que haber una resolución de un juez en ese sentido, para que poder arrestar fuera de España a Puigdemont o a cualquiera de los otros dos procesados en rebeldía por el delito de malversación, Toni Comín y Lluís Puig, el juez Llarena tendría que dictar una nueva orden de detención internacional o una nueva euroorden en su contra.
En el caso de Comín, el procedimiento se complicaría aún más, porque resultó elegido eurodiputado en las elecciones del pasado 9 de junio, lo que, según estableció la justicia europea en el caso del expresidente de ERC Oriol Junqueras, le supone inmunidad desde que resultó electo, aunque no haya venido a España a recoger el acta de eurodiputado y la Junta Electoral Central no le considere como tal.
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