Próximos pasos

El Supremo prevé llevar al TC la ley de amnistía, al ser el único que puede determinar si es constitucional

La Sala Segunda y el juez Llarena descartaron aplicar la medida de gracia a la malversación, pero abrieron el trámite para acudir al tribunal de garantías respecto a lo que sí aplicaron: la desobediencia de Rovira

El juez Pablo Llarena en una imagen de archivo.

El juez Pablo Llarena en una imagen de archivo. / EFE

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

La Sala Segunda del Tribunal Supremo y el juez Pablo Llarena no solo descartaron aplicar la amnistía al delito de malversación por el que, respectivamente, se condenó y se procesó en rebeldía al expresidente de ERC Oriol Junqueras y al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, sino que también dieron el primer paso para elevar al Tribunal Constitucional la ley de que establece la medida de gracia, al conceder un plazo de 10 días a las partes para informar sobre el planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad.

Fuentes del alto tribunal señalan a EL PERIÓDICO que el Tribunal Constitucional es el único que puede pronunciarse sobre la constitucionalidad de una ley, por lo que para resolver la duda que alberga, "al menos, la mitad de España" no hay otra fórmula que plantear una cuestión de inconstitucionalidad. Incluso se preguntan cómo el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) puede estar aplicando la amnistía sin elevar a la vez dudas sobre la constitucionalidad del texto al único órgano que puede hacer el control constitucional, según el sistema judicial español.

El Supremo no tiene más margen para pronunciarse sobre la ley de amnistía que el de determinar si es aplicable o no a los casos bajo su competencia: la sentencia que dictó en 2019 por el 'procés', en la que se condenó por malversación a Junqueras y los 'exconsellers' Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, y los procesados en rebeldía por este delito: Puigdemont, Lluís Puig y Toni Comín.

También está procesada en rebeldía por el 1-O la secretaria general de ERC, Marta Rovira, pero ella solo lo está por desobediencia y el Supremo ha considerado que su caso sí está incluido sin género de dudas en la ley de amnistía, como declaró el juez Pablo Llarena en su auto del pasado día 1 y en uno posterior, en el que acordó dejar sin efecto la orden de detención nacional que aún pesaba contra ella. Las del resto de procesados en rebeldía se mantienen, porque al no aplicárseles la amnistía su situación procesal no se modifica, al entender el tribunal que la malversación que se les atribuye es una de las excepciones que incluye la propia ley.

Decidida la aplicación o no de la ley a los casos concretos bajo su competencia, tanto la Sala Segunda como el instructor del 'procés' dieron paso a la segunda fase: concedieron un plazo de 10 días a las partes para que pronuncien sobre la necesidad de acudir al TC para que ejerza el control de constitucionalidad que solo él puede hacer en la parte que en la que la aplican, porque en la que no carece de sentido hacerlo.

Para las fuentes consultadas resulta prácticamente imprescindible acudir al Constitucional ante la división existente en el mundo judicial y la falta de resoluciones previas sobre una ley de estas características que pueda evitar el trámite, porque permitiera conocer ya el sentido que adoptará la corte de garantías.

Sin precedentes

De ahí que la decisión del TSJC de no acudir al Constitucional haya sorprendido en el Supremo más que la de aplicar de forma prácticamente automática la amnistía a los casos bajo su competencia. Magistrados del alto tribunal consideran que la división existente en el mundo judicial sin disponer de precedentes jurisprudenciales obliga a recurrir al Constitucional.

De esta forma el TC deberá pronunciarse sobre las dudas que plantee el Supremo y si algún otro tribunal comparte su criterio sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía, pero también en relación con los recursos de amparo que todo apunta a que terminarán presentando los condenados y los procesados en rebeldía del 'procés' contra la negativa de ser beneficiados por la medida de gracia. También es posible que acudan a él las acusaciones en los casos en los sí se ha aplicado con el argumento contrario.

El Constitucional también revisará la constitucionalidad de la ley a través de las impugnaciones que ya ha anunciado el PP que presentará y las comunidades autónomas que finalmente consideran que, entre otras vulneraciones de la carta magna, la amnistía vulnera la igualdad de los españoles ante la ley.

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