ERE de Andalucía

El Constitucional culminará con Griñán su doctrina sobre los ERE: anula toda la malversación y no se prevaricó con los Presupuestos

Los magistrados analizan ya la ponencia que se votará a partir del próximo día 16, cuando el Pleno estudie los recursos de Griñán y Chaves

Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

Cristina Gallardo

Cristina Gallardo

Los magistrados del Tribunal Constitucional tienen ya en sus manos las ponencias que se estudiarán en Pleno el próximo 16 de julio en relación con los recursos de amparo presentados por los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán, que fueron condenados en firme por el Tribunal Supremo en la pieza política del caso de los ERE. 

Griñán fue penado con seis años de cárcel y 15 de inhabilitación por prevaricación y malversación, aunque su ingreso en prisión quedó suspendido por el cáncer que padece. La propuesta que se discutirá por el Constitucional con respecto a su recurso sigue la línea de las decisiones adoptadas la semana pasada con respecto a otros condenados, actuando "en coherencia" con estas decisiones, señala uno de los magistrados a EL PERIÓDICO DE ESPAÑA.

Por ello, se anula toda la malversación atribuida al expresidente al entender que los cargos de Hacienda no pudieron cometer dicho delito a través de la elaboración y aprobación de los presupuestos. Esta tesis beneficiará también a Chaves, que fue inhabilitado como consecuencia de su condena por prevaricación.

La ponencia que la vicepresidenta Inmaculada Montalbán ha elaborado con respecto a Griñán es muy similar a la que ya se aprobó en relación con su número dos en la Consejería de Hacienda andaluza, Carmen Martínez Aguayo. 

Además de la malversación, se anula la condena por prevaricación con excepción de una modificación presupuestaria realizada para la partida 32H, "dado que los fines de este programa de la ley de presupuestos no eran la concesión de ayudas sociolaborales", confirman a este diario fuentes jurídicas. Por esta razón, se ordena a la Audiencia Provincial de Sevilla el dictado de una nueva sentencia.

Bajo la cobertura del Parlamento

La base de esta decisión se asienta en los mismos argumentos que otras sentencias ya conocidas sobre el caso: la elaboración de los anteproyectos y su aprobación como proyectos de ley no constituye delito de prevaricación, ya que se actuaba bajo la cobertura de la Ley de Presupuestos aprobada por el Parlamento andaluz. La línea se pone en la Consejería de Empleo, es decir, la responsabilidad es de quienes decidieron a quien se otorgaban las ayudas aprobadas. 

Así, Griñán únicamente intervino en la fase de presupuestación y no tuvo participación personal en la gestión y reparto de las ayudas realizada por la Consejería de Empleo. El Constitucional ve vulneración de derechos porque ni la Audiencia Provincial ni posteriormente el Tribunal Supremo justificó en qué medida y en qué grado de probabilidad la demandante tuvo "dominio funcional" sobre las disposiciones presupuestario concretas desviaciones en relación con los fines públicos de las ayudas.

El órgano de garantías ya se ha pronunciado sobre otros siete condenados por el 'caso de los ERE'. ' De momento, las sentencias del tribunal de garantías han supuesto la libertad de tres ex altos cargos de la Junta de Andalucía: la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo --que ya gozaba del tercer grado penitenciario--, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo y el exdirector del IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano Aguilar.

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