Sentencias

El Constitucional anula las condenas de Chaves y Griñán por los ERE

El expresidente socialista de la Junta de Andalucía Manuel Chaves asegura que tiene la sensación de que "por fin se ha hecho justicia. No había trama política, ni confabulación, ni había nada"

Anulada la condena de 6 años de cárcel por malversación a José Antonio Griñán

Video: Agencia ATLAS | Foto: EP

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha anulado las condenas por prevaricación de los expresidentes socialistas de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán. De esta forma, estima parcialmente los recursos que ambos presentaron contra las sentencias de la Audiencia Provincial de Sevilla y de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que los condenaron a las penas de 9 años de inhabilitación especial y a seis años de cárcel y 15 de inhabilitación, respectivamente.

El tribunal de garantías constitucionales declara de esta forma que se han vulnerado sus derechos y ordena devolver las actuaciones a la Audiencia Provincial de Sevilla que tendrá que dictar nuevos fallos. Esta decisión tiene como consecuencia en el caso de Chaves que se vaya a reducir la condena por prevaricación a los años anteriores a 2000 y 2001, cuando no había ley de presupuestos. En el de Griñán eventualmente se reducirá su pena de prisión.

Sobre Chaves

En concreto, la sentencia que anula la condena de Chaves, de la que ha sido ponente la vicepresidenta, Inmaculada Montalbán, establece que la decisión de condenarle por las modificaciones legales de 2000, 2001 y 2004 no es contraria al derecho a la legalidad, "dado que se adoptaron con infracción de la normativa presupuestaria entonces vigente". Sin embargo, sí se considera contraria al derecho a la legalidad penal la condena, y por tanto se anula, por haber participado en la aprobación de las modificaciones presupuestarias realizadas al amparo del nuevo sistema de presupuestación aprobado por el Parlamento de Andalucía a través de la ley de presupuestos.

Por eso, el TC estima parcialmente el recurso de amparo de Manuel Chaves y devuelve las actuaciones a la Audiencia Provincial de Sevilla para que dicte un nuevo fallo que excluya los hechos relacionados con la aprobación de los anteproyectos y proyectos de ley de Presupuestos y de las modificaciones presupuestarias amparadas por dicha ley en los años 2002 a 2009.

Sentencia de Griñán

En el caso de Griñán, la ponente, también en este caso Inmaculada Montalbán, avala únicamente la condena por prevaricación por una modificación legal realizada en 2004. Sin embargo, "sí considera contraria al derecho a la legalidad penal la condena por haber participado en la aprobación de las modificaciones presupuestarias realizadas al amparo del nuevo sistema de presupuestación aprobado por el Parlamento de Andalucía a través de la ley de presupuestos".

En cuanto al delito de malversación por el que fue condenado Griñán, la sentencia censura a los tribunales al considerar que la condena resulta lesiva contra sus derechos a la legalidad penal.

El pleno del TC sostiene, además, que las sentencias impugnadas afirman que la finalidad del nuevo sistema para hacer los presupuestos tenía por objeto "eludir la aplicación de la normativa de subvenciones". Pero al ser aprobado por el Parlamento, el Constitucional considera que no puede exigírsele a Griñán que actuara "en contra de lo previsto en las sucesivas leyes de presupuestos y en las memorias que las acompañaban".

Además, para el tribunal la motivación judicial "carece del desarrollo argumental suficiente para considerar probado que los hechos que se le imputan han sido cometidos por el demandante, lo que supone una vulneración del referido derecho a la presunción de inocencia". Finalmente, la sentencia recuerda que la Constitución impide que pueda trasladarse automáticamente la responsabilidad de quienes gestionaron las ayudas en la Consejería de Empleo a quienes se limitaron a aprobar las partidas presupuestarias correspondientes.

Otras sentencias

El Constitucional continúa de esta forma con las sentencias que están poniendo fin al recorrido judicial del caso de los ERE. Como ocurrió en el primer recurso estimado a la exministra de Fomento y exconsejera andaluza Magdalena Álvarez, el pleno se ha fracturado entre las dos sensibilidades existentes en su seno y las sentencias que reducen las condenas de Chaves y Griñán se ha producido por siete votos frente a cuatro, los de los magistrados de tendencia conservadora Ricardo Enríquez, César Tolosa, Concepción Espejel y Enrique Arnaldo, que han anunciado la redacción de votos particulares.

Antes de que los magistrados redujeran la condena de Chaves y Griñán, el pleno por unanimidad había rechazado por "extemporáneas" las recusaciones presentadas por el PP contra la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, y la magistrada María Luisa Balaguer, al entender que estaban contaminadas para pronunciarse sobre los recursos de los expresidentes andaluces.

Declaraciones de Chaves

Tras conocer la decisión del TC, el expresidente socialista de la Junta de Andalucía Manuel Chaves ha manifestado que ha quedado demostrado que fueron a por ellos "y ahora ha quedado todo desmontado". En un audio enviado a los medios de comunicación, Chaves ha señalado que tiene la sensación de que "por fin se ha hecho justicia" y ha añadido que el tribunal de garantías les ha dado la razón a los condenados: "No había trama política, ni confabulación, ni había nada".

"Siempre hemos confiado en la justicia. Tenemos valores democráticos y eso implica respetar las sentencias aunque no te gusten, a diferencia del PP, al que solo le sirve la justicia cuando le da la razón", ha señalado Chaves.

Hasta esta decisión sobre Chaves y Griñán las sentencias del TC han implicado la libertad de cinco ex altos cargos de la Junta: la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo --que ya gozaba del tercer grado penitenciario--; el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo; el exdirector del IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano Aguilar; el exconsejero de Empleo Antonio Rodríguez; y el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román.

Por otra parte, el Pleno del TC por unanimidad ha desestimado el recurso de amparo de Juan Márquez Contreras condenado en el caso de los ERE de Andalucía por los delitos de prevaricación y malversación. El Tribunal considera que no se ha vulnerado su derecho a la presunción de inocencia.

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