CAMBIOS DE GÉNERO
El Ministerio de Igualdad se inhibe ante los fraudes de la ley trans y deja la pelota en el tejado de los jueces
El Gobierno evita plantear una reforma de la norma y los juristas admiten obstáculos para juzgar la violencia machista
El Ministerio de Igualdad elude de momento plantear una reforma de la ley trans después que esta semana se conocieran dos casos de presuntos agresores machistas que eludieron su entrada en prisión a través del cambio de género, algo posible gracias a la norma aprobada en febrero de 2023, que permite esta modificación en el Registro Civil sin más trámites que la declaración de voluntad. Estos cambios de género impiden que las agresiones, al menos en un primer momento, puedan tratarse específicamente como violencia de género y pueden retrasar el procedimiento judicial, al tener que dilucidar un juez la validez o el fraude del cambio registral.
En esta semana se han conocido dos casos. Uno de ellos, en Sevilla, donde un hombre, que ya había sido condenado por amenazas y quebrantamiento de la orden de alejamiento. En agosto del año pasado, un mes antes de que el juzgado decretase su ingreso inmediato en prisión, el agresor se cambió de género en el Registro Civil. ¿El objetivo? Ser enjuiciado por un juzgado ordinario y no uno específico en violencia de género, pudiendo enfrentarse a penas menores, según ha denunciado la defensa de la víctima. El resultado es que se logró eludir la prisión hasta el día de hoy alegando su nueva condición. El pasado 13 de agosto, el Juzgado de Violencia contra la Mujer se inhibió por dudas sobre su competencia en el caso, al ser una mujer -al menos registralmente- la autora de las agresiones.
El otro caso esta semana tenía lugar en San Sebastián, donde un ertzaina amenazó a su mujer y a sus hijas con un cuchillo, conociéndose después que en noviembre también había modificado su género conforme a la ley trans. La situación no es nueva; la Comunidad de Madrid ya alertó en marzo de que habían detectado seis casos de agresores que habían modificado su género y denunciado a su pareja para pedir protección judicial, dándose la circunstancia de que “alguna de las víctimas de violencia está siendo atendidas en el mismo punto municipal al que pretende acceder su agresor", según trasladó entonces el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso a la ministra de Igualdad.
Defensa férrea de la ley trans
Desde que llegó al Gobierno, Ana Redondo abanderó la ley trans como propia y rechazó plantear cambios, haciendo una defensa férrea de la norma y asegurando que las situaciones de fraude eran casos aislados. Al poco de cumplirse un año desde su entrada en vigor, la dirigente se refirió a estos casos asegurando que "siempre que hay una norma hay quienes abusan de ella, pero no podemos hacer de la excepción categoría". En este sentido, afirmó que "cuando haya un abuso se condenará y penará pero si se mejora la vida de tantas personas hay que alegrarse de que esa ley está funcionando".
Y este es precisamente el discurso que sigue manteniendo a día de hoy la ministra de Igualdad, que en los últimos días ha defendido que los casos que se han producido suponen "un porcentaje muy pequeño" de los casi 6.000 cambios registrales que se han producido por la ley trans.
La socialista ha evitado plantear cambios legislativos para evitar las disfunciones de la ley trans y ha apelado a los jueces para que declaren fraudulentas e invaliden las actuaciones de los presuntos agresores. “El fraude de ley no está permitido en nuestra legislación ni en nuestro ordenamiento jurídico, ni con respecto a esta ley ni con respecto a ninguna otra”, ha defendido la dirigente esta semana. "Estas personas van a tener que responder por delitos que no son menores y que, probablemente, su situación se complique todavía más". Una posición que delega en los jueces la detección del fraude en los casos de violencia machista.
Retrasos en los procedimientos
Los juristas consultados por este diario reconocen que la clave se encuentra en la detección por parte de los jueces, que es a quien corresponde, del supuesto fraude de ley cometido por quien haya cambiado de sexo con el fin de eludir un procedimiento por violencia machista. Si bien es cierto que los juzgados de violencia solo pueden instruir los hechos calificados como tal violencia, ello no quiere decir que las conductas no vayan a ser juzgadas y concluir en una pena similar.
La dificultad estriba en acreditar el citado fraude de ley, según reconocen todos los consultados, aunque ello es algo que ocurre en también en otros ámbitos del derecho. María del Prado Escoda, coordinadora de la comisión de Violencia de Género de Jueces y Juezas para la Democracia, advierte que cuando existe una ley novedosa que reconoce derechos nuevos "siempre hay abusos", y la forma de enfrentarlos de estudiar si existe fraude de ley, es decir, si se busca aplicar la ley para una finalidad diferente a la que está destinada.
A su juicio, este análisis debe darse por la jueza o juez de violencia ante quien se presente el problema antes de decidir si adepta o no la competencia para investigar una agresión o el delito que se haya producido. "No es lo mismo si el cambio de sexo se ha producido antes o después o si el investigado tiene antecedentes de violencia", apunta Escoda.
Reconoce que este trámite obligará a alargar o incluso suspender el procedimiento si hay indicios de fraude, pero sin olvidar que los jueces, aunque no sean los específicos de violencia, pueden adoptar medidas de protección para la víctima que además pueden ir prorrogando. "Pero la agresión se sigue investigando, solo cambia la tipificación, y las consecuencias penales llegarán en el juicio, hay margen", apunta.
El Supremo, la última palabra
Para Fernando Portillo, del Foro Judicial Independiente, el fraude es, sin embargo, muy complicado de acreditar a la hora de realizarse las inscripciones de personas trans en el Registro Civil porque "lo que la ley ha determinado precisamente es que nadie tenga que justificar el cambio de sexo ni siquiera externamente, ni por supuesto médicamente".
En relación con los casos conocidos esta semana, Portillo lamenta que "quienes hacen los instrumentos legales se quieren desentender de los efectos" y que además "es muy fácil poner la pelota en el tejado del edificio judicial" cuando la responsabilidad es del legislador.
No cree, sin embargo, que nadie pueda eludir las consecuencias penales porque la propia ley trans dice que ésta se aplica a partir del cambio de sexo, "de modo que si alguien comete un delito de los calificados como violencia contra la mujer, como pueden ser unas lesiones o amenazas después, si decide cambiar el sexo seguirá siendo juzgado como hombre, porque los hechos los cometió antes de la inscripción en el Registro".
También el abogado José María de Pablo alude a la dificultad de distinguir los casos de fraude de ley de los que no lo son. El problema vuelven a ser los retrasos, ya que en el caso del Juzgado de Sevilla, por ejemplo, en el que la jueza de violencia se ha inhibido al considerar que carece de competencia porque el investigado por violencia de género es ahora mujer, la acusación ha anunciado recurso frente a esta decisión. "Si se trata de un tema de competencia la discrepancia puede acabar incluso ante el Tribunal Supremo, lo que alargaría el asunto entre cinco y seis meses", asegura.
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