Caso 'Koldo'

El juez descarta que Ábalos sea perjudicado en el caso Koldo mientras valora imputarle por las mascarillas

La Audiencia Nacional considera la auditoría impulsada por Puente "una diligencia más" que no justifica la entrada del exministro como parte en el proceso

Este jueves comparece como testigo el que fuera CEO de Globalia, Javier Hidalgo

Archivo - El diputado del Grupo Mixto José Luis Ábalos. / Matias Chiofalo - Europa Press - Archivo

Cristina Gallardo

"Para adquirir la condición de perjudicado en el proceso penal se ha de exigir un plus superior al de simple afectado por los hechos que están siendo investigados". De esta forma respondía este miércoles el instructor del caso Koldo, Ismael Moreno, al exministro José Luis Ábalos, frenando su intento de ser parte en la causa en condición de perjudicado. 

Lejos de acceder a esta petición, el juez valora la posibilidad de instar al Supremo su imputación. La apertura de una causa contra el actual diputado del PSOE en el Congreso le corresponde al alto tribunal dada su condición de aforado, una cuestión que por el momento el juez de la Audiencia Nacional ha descartado, pero que volverá a valorar próximamente, de la mano de la Fiscalía Anticorrupción, en función del resultado de los interrogatorios fijados para esta semana y las siguientes a ex altos cargos de Transportes.

Este miércoles le toco el turno al ya imputado ex secretario general de Puertos del Estado, Álvaro Sánchez Manzanares, que ha evitado pronunciar expresamente el nombre Ábalos como responsable de la elección de la empresa Soluciones de Gestión --con cuyos responsables colaboraba su asesor ministerial Koldo García-- para la compra de 8 millones de mascarillas por un total de 20 millones de euros. Sí ha apuntado a que las órdenes para la ejecución de este contrato provenían de sus superiores, y de forma general ha hablado del "Consejo de Ministros y el Ministerio".

Testimonios pendientes

La comparecencia de otro investigado clave, jefe de Personal de Adif, Michaux Miranda, ha sido aplazada finalmente al próximo día 19. Pero antes están citados como testigos el que fuera CEO de Globalia, Javier Hidalgo (que declara este jueves a las 9.30), y el viernes lo harán el presidente de Puertos del Estado, Francisco Toledo; a la jefa del área de Contratación y Gerencia de Riesgos del organismo, Aránzazu de Miguel; y a la jefa de departamento de contratación adscrita a la Secretaría General de Puertos del Estado, María Belén Caballero Martínez.

Para las siguientes semanas el juez ha dejado otros dos testimonios que pueden ser determinantes para el futuro de Ábalos, según reconocía la Fiscalía Anticorrupción en anteriores escritos: el del director Financiero y de Control de Gestión de ADIF, Manuel Fresno Castro (testigo), citado el próximo día 16; y el del que fuera número 3 del Ministerio, el exsubsecretario Jesús Manuel Gómez, recientemente cesado por Óscar Puente, en calidad de investigado, que será interrogado el 23 de septiembre.

La importancia de la auditoría

En su último auto, al que ha tenido acceso este diario y tiene fecha de este mismo miércoles, el juez Moreno apunta que Ábalos fundaba su pretensión de formar parte del caso Koldo, como perjudicado, en el hecho de que se ha incorporado en el procedimiento el informe de auditoría elaborado por Transportes en relación con las dos órdenes que él firmó para la adquisición de las mascarillas por parte de Puertos del Estado y Adif.

Alegaba Ábalos que para la elaboración del informe de auditoría han transcurrido casi cuatro años y que la orden para la elaboración del informe de auditoría se produjo "de forma instrumental" buscando exclusivamente su responsabilidad, ya que se focaliza de forma directa en su actuación para perjudicarle. Por ellos solicitaba al titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 un análisis sobre la adecuación a la legalidad de la tramitación de dicho informe, su difusión y su finalidad última.

El juez le responde que para adquirir la condición de perjudicado en el proceso penal "se ha de exigir un plus superior al de simple afectado por los hechos que están siendo investigados o por alguna diligencia que se haya practicado", como es en este caso, al haberse incorporado a las presentes actuaciones el informe de auditoría elaborado por los servicios del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

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Añade el juez Moreno que el informe de auditoría "no puede considerarse una circunstancia que acompañe o derive de la comisión de los delitos investigados", sino que es "una diligencia más de prueba que deberá ser valorada a los efectos de determinar la realidad de los delitos y de las personas que pueden ser responsables de los mismos". Agrega que "de ninguna manera puede dar lugar a la personación como perjudicado (...) por quien es aludido en el mismo o por discrepancias con su contenido".

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