Por dejar de perseguirlos
Llarena ve indicios de delito en que no se detuviera a Puigdemont y envía el caso a Barcelona
El magistrado considera que los informes de los Mossos y de Interior “impiden excluir la participación de otros responsables no aparentes en los delitos" presuntamente cometidos al no arrestar al líder de Junts
El juez instructor del ‘procés’ en el Tribunal Supremo Pablo Llarena ha acordado deducir testimonio y enviar a los juzgados de Barcelona “a los efectos legales oportunos” los informes aportados por los Mossos d’Esquadra y el Ministerio del Interior que explican las razones por las que el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont no fue detenido cuando apareció públicamente en Barcelona el pasado 8 de agosto, pese a tener una orden de detención en vigor por su responsabilidad en el 'procés'.
Según el magistrado, lo expuesto en esos informes “impide excluir la participación de otros responsables no aparentes en los delitos previstos en los artículos 408 y 451.3º b del Código Penal”. El primero castiga a "la autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables", con una "pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años". El segundo castiga al que, "con conocimiento de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice, interviniere con posterioridad a su ejecución abusando de funciones públicas".
Salvo que esos presuntos autores fueran aforadas ante el Tribunal Supremo, el magistrado no sería competente para investigarles y con ellos a las circunstancias que rodearon que no se detuviera a Puigdemont, pese a tener una orden de detención en vigor, puesto que no se le aplicó la amnistía al delito de malversación por el que fue procesado en rebeldía. Por eso solo era cuestión de tiempo que procediera a remitir las actuaciones a los juzgados de Barcelona, que es donde se produjo la aparición y posterior desaparición del líder de Junts.
De hecho el Juzgado de Instrucción número 20 de esa ciudad ya tiene abiertas diligencias y han sido ante su titular ante quien comparecieron los mossos imputados en un primer momento. De ahí que sea muy posible que la deducción de testimonio acordada por Llarena acabe en esa sede judicial, al ya contar con antecedentes del caso.
En su providencia, Llarena señala que "los informes aportan una explicación detallada de las circunstancias en las que se produjo la aparición pública del procesado rebelde en Barcelona", el día que comenzaba el debate de investidura del presidente de la Generalitat, Salvador Illa. También incluye, recuerda, "las razones por las que no se detectó su entrada y salida de España y no pudo materializarse su detención, al pensar que acudiría al Parlament".
En todo caso, añade el juez, “pese a expresarse en el informe autonómico la dificultad de abordar la detención del procesado en el seno de la aglomeración de personas a la que se incorporó y pese a indicar la posible participación de tres individuos en la fuga, los informes no reflejan impedimentos para que el dispositivo policial pudiera abordar la detección del procesado rebelde en su tránsito hasta el lugar donde se unió a esa aglomeración de personas que le esperaban, ni la imposibilidad de abordar con efectividad su posterior seguimiento y alcance, hasta el punto de que se materializó su fuga del territorio nacional”.
Contra las querellas
Uno de los próximos pasos a dar por el magistrado al que correspondan finalmente las pesquisas será recabar informe del ministerio público. La fiscalía, de momento, ha informado en contra de las querellas presentadas por Vox y la asociación provida Hazte Oír contra el expresidente de la Generalitat Pere Aragonès, el presidente del Parlament, Josep Rull, y la cúpula de Mossos por la huida de Puigdemont, al no ver indicios de que actuaran o impartieran órdenes para impedir su detención, informa Efe.
Para el fiscal, el operativo que diseñaron los Mossos para detener a Puigdemont puede ser "criticado o incluso censurado", pero no se ha podido constatar que los querellados dieran órdenes o instrucciones a la policía para evitar la detención del expresidente catalán "por razones de afinidad política".
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