Tribunales

La Audiencia Nacional absuelve de nuevo a Villarejo por cohecho y le mantiene la condena a 19 años

El fallo afirma que "en ningún caso se estaba encargando a un comisario en activo labor relacionada con su actividad policial"

El excomisario José Villarejo.

El excomisario José Villarejo. / EFE

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La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha vuelto a absolver al excomisario José Manuel Villarejo del delito de cohecho en tres piezas del caso Tándem (Iron, Land y Pintor) y le mantiene así la condena que le impuso a 19 años de cárcel por revelación de secretos y falsedad en una sentencia que fue anulada y que la Sala de Apelación le ordenó repetir.

Ahora el Tribunal ha dictado nueva sentencia, de 508 páginas, sobre este primer juicio del caso Tándem en cumplimiento del fallo de la Sala de Apelación que anuló la primera y obligó a la Sección Cuarta a que valorara la totalidad de la prueba practicada en la vista oral y se pronunciara sobre todos los delitos objeto de acusación.

Los mismos magistrados, una vez analizadas todas las pruebas propuestas por la Fiscalía Anticorrupción y que aceptó la Sala de Apelación, llegan a la misma conclusión que la primera vez.

La sentencia analiza en profundidad el delito de cohecho y la doctrina del Tribunal Supremo sobre esta materia para llegar a la misma conclusión absolutoria al entender que los actos llevados a cabo por Villarejo no los realizó en el ejercicio de su cargo ni guardaban relación con sus actividades públicas.

Otros condenados

Así, al igual que Villarejo, condena a otras diez personas que fueron juzgadas en este procedimiento, entre ellos su socio Rafael Redondo, que ha sido sentenciado a 13 años de cárcel por los mismos delitos que el comisario: revelación de secretos de empresa y de particulares y falsedad en documento mercantil.

Otras nueve personas resultan condenadas a penas de entre 3 meses y dos años de prisión, mientras que 16 han sido absueltas, entre ellas la esposa de Villarejo, Gema Alcalá, su hijo José Manuel Villarejo Gil, además de los policías Constancio Riaño y Antonio Bonilla. En el caso de Enrique García Castaño se le excluyó del juicio por enfermedad.

En relación con el delito de cohecho, la Sala de Apelación estimó el recurso de la Fiscalía Anticorrupción e indicó en su sentencia que sobre este tipo penal no podía pronunciarse al haber acordado la nulidad de la sentencia para que un nuevo fallo valorara la totalidad de la prueba practicada en el juicio oral.

En relación con el delito de cohecho, la Sala de Apelación estimó el recurso de la Fiscalía Anticorrupción e indicó en su sentencia que sobre este tipo penal no podía pronunciarse al haber acordado la nulidad de la sentencia para que un nuevo fallo valorara la totalidad de la prueba practicada en el juicio oral.

Ahora la Sala reitera en esta nueva sentencia, la última de la que ha sido ponente la recientemente jubilada Ángela Murillo, que pese a que los acusados sabían de la condición de funcionario del Cuerpo Nacional de Policía con el grado de comisario, no fue esa en ningún caso la razón de contratarle, "para que ejecutase en el ejercicio de su cargo policial actos contrarios a los deberes inherentes del mismo actuando como policía privado", tal y como, según la sentencia, sostenía el Ministerio Fiscal en el juicio.

Se requirió sus servicios, explica, como propietario real de un gran entramado empresarial llamado Cenyt, que se publicitaba en las redes sociales como unidad de inteligencia dedicada a la investigación económica y financiera, añadiendo que mantenía estrechas relaciones institucionales y operativas con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y con la Administración de Justicia, lo que le permitía conseguir grandes dosis de eficacia.

Voto particular

Al igual que en la sentencia que fue anulada, esta incluye un voto particular de la magistrada Carmen Paloma González, que discrepa del criterio de sus compañeros y reitera que Villarejo es autor de dos delitos de cohecho pasivo por la contratación de su empresa Cenyt en las piezas Iron y Land, así como varios de los acusados en estas piezas que, según esta juez, deberían ser condenados como cooperadores necesarios de este delito.

En su voto particular, esta magistrada insiste en que para llevar a cabo las actividades emprendidas por Cenyt fue absolutamente imprescindible contar con la colaboración del estamento policial y que los actos cometidos por Villarejo y por las personas de las que se valió eran contrarios a los deberes inherentes a su cargo.

En esta primera vista se juzgó la pieza Iron, relativa a la contratación de Villarejo por parte del bufete de abogados Herrero&Asociados para obtener información de un despacho de la competencia

También la pieza Land sobre la pugna familiar por la herencia del promotor de la urbanización de lujo La Finca, y Pintor, relativa al mandato de los hermanos Fernando y Juan Muñoz Támara para recabar información de un antiguo socio, Mateo Martín Navarro, y el abogado de este, el exjuez Francisco Javier Urquía, que les permitiera resolver a su favor un litigio fiscal.