CASO KOLDO

Un empresario venezolano implicado en la compra del chalé para Ábalos logra que Hacienda le devuelva 262.000 euros

La Abogacía del Estado accedió finalmente a la reclamación que presentó la empresa Suelopetrol, socia de la empresa pública Petróleos de Venezuela (PDVSA)

José Luis Ábalos y Henrique Rodríguez Guillén

José Luis Ábalos y Henrique Rodríguez Guillén / Nacho García del Álamo

Nacho García del Álamo

La empresa Suelopetrol Exploración y Producción SL, cuyo presidente es el empresario hispanovenezolano Henrique José Rodríguez Guillén, quien según la investigación desarrollada por los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil puso en marcha la operación para comprar el chalé que eligió y disfrutó el entonces ministro José Luis Ábalos, ha logrado en los tribunales que Hacienda le devuelva 262.000 euros.

Así consta en una sentencia de 26 de marzo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, a la que ha tenido acceso esta redacción, en la que los magistrados estiman el recurso contencioso-administrativo que interpuso esta empresa contra el acuerdo de liquidación dictado por la Oficina de Gestión Tributaria de la Delegación Especial de Madrid por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).

Extracto del sumario en el que aparecen José Luis Ábalos y Koldo García Izaguirre.

Extracto del sumario en el que aparecen José Luis Ábalos y Koldo García Izaguirre. / EPE / GC

Los jueces han tomado esta decisión después de que la Abogacía del Estado reconociera que sí procedía "la compensación de bases imponibles negativas" del ejercicio fiscal de 2016, es decir, que la decisión de esta empresa petrolera de descontarse en su declaración las pérdidas sufridas en años anteriores era correcta. Incluso aunque hubiera transcurrido el plazo de declaración-autoliquidación del Impuesto de No Residentes (IRNR) del ejercicio 2016, "que cumplía el 25 de julio de 2016", especifica de forma literal la sentencia.

Abogacía del Estado

Es precisamente esta decisión de la Abogacía del Estado, contraria a la opinión previa del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), que había desestimado la reclamación económico-administrativa de la firma Suelopetrol, la que ha provocado la decisión de la Audiencia Nacional, que recuerda en la ley dice que se debe dictar "una sentencia de conformidad con la pretensión del demandante".

"Toda vez que el Abogado del Estado se ha allanado a la pretensión actora, siendo ésta la solución procedente y conforme a derecho, procede estimar la pretensión, anular la resolución administrativa recurrida, que no se ajustó al ordenamiento jurídico, apreciando la procedencia de la compensación de bases imponibles que invoca la actora", especifican los magistrados en relación a la pretensión de Suelopetrol, que es socia estratégica de la empresa pública Petróleos de Venezuela (PVDSA).

Precisamente, en la exposición razonada en la que el juez del caso Koldo, Ismael Moreno, ha reclamado al Tribunal Supremo que investigue a José Luis Ábalos por tráfico de influencias, el instructor alude a que la compra del chalé que al final alquiló el exministro "pretendía resolverse a través de una serie de ciudadanos venezolanos que llegan a pagar la señal de la compra de la casa en febrero de 2021". En el informe de la UCO se especifica quienes fueron estos ciudadanos venezolanos: Rafael Alfredo Chirino; Henrique José Rodríguez Guillén; y Katy Cortés. Estos dos últimos, según la Guardia Civil, están relacionados con la firma Suelopetrol.

En su auto, el juez Moreno, en consonancia con las conclusiones a las que llega la UCO, destaca que "por causas por causas que no son conocidas para esta instrucción", al final el chalé lo compró otro empresario: Claudio Rivas Ruiz-Capillas, que al igual que el comisionista de las mascarillas Víctor de Aldama permanece en prisión de forma preventiva en relación a un macrofraude de 182 millones de euros en el IVA de los hidrocarburos.

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