Vacantes de empleo

La reforma del reglamento de extranjería facilita que las empresas contraten en origen

La Seguridad Social abre a las pymes la posibilidad de ir a buscar profesionales fuera del espacio Schengen y ya no fijará ni una cifra máxima de profesionales ni de qué sectores se pueden contratar

Temporeros trabajando en la recolección de nectarina en un campo a las afueras de Alcarràs. / Zowy Voeten

Gabriel Ubieto

Las empresas tendrán más facilidades para ir a buscar trabajadores directamente a sus países de origen tras la reforma del reglamento de extranjería. Tanto de forma permanente como por temporadas. La norma publicada este pasado miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) introduce diversas novedades que beneficiarán a aquellas compañías que quieran ir a buscar empleados de manera temporal fuera de España y favorecerá especialmente a las pequeñas compañías, hasta ahora muchas veces excluidas de esta vía de contratación.

La reforma de la normativa elimina la obligatoriedad de que el Gobierno fije cada año cuántos profesionales como máximo y de qué sectores pueden contratar las compañías fuera del espacio Schengen. También pretende agilizar la tramitación de las autorizaciones, obligando a las empresas a solicitar las autorizaciones de trabajo en paquetes mínimos de 10 empleos. Y consolida la reducción del número de días que deben esperar las compañías para poder justificar que no encuentran gente disponible para trabajar aquí y así recurrir a las contrataciones foráneas.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha reformulado la normativa en materia de extranjería para facilitar la regularización de centenares de miles de personas de origen foráneo que ya viven en España. Pero también ha ampliado las vías por las cuales las empresas podrán ir a buscar fuera del espacio Schengen perfiles profesionales que, en teoría, escasean en el mercado laboral español. "[Las medidas aprobadas] van a facilitar que las personas consigan un trabajo adecuado a su perfil profesional y, al mismo tiempo, que las empresas encuentren los profesionales que necesitan", afirmó la ministra Elma Saiz, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en el que se validó el cambio reglamentario.

"La reforma consolida en el reglamento las órdenes ministeriales que cada año publicaba hasta ahora. Lo que da más seguridad jurídica a las empresas y también consolida unos mínimos para los trabajadores, como la garantía de alojamiento abonada por la empresa, para los trabajadores", afima el director de la cátedra de inmigración, derechos y ciudadanía de la Universitat de Girona, Ferran Camas.

Cada trimestre el Ministerio publica un catálogo de ocupaciones que define de difícil cobertura. Qué perfiles pueden o no pueden ir a buscar al extranjero las compañías lo acaban determinando en cada comunidad autónoma, para cada provincia y por consenso las patronales y los sindicatos más representativos, junto con la autoridad laboral competente y partiendo de los datos de paro registrados, entre otros. Es decir, no pueden ir a buscar a cualquiera y el sistema de contrapesos que contempla la normativa busca evitar que las corporaciones fichen personal fuera si existen personas en desempleo que podrían y querrían ocupar esos empleos. 

Los trabajadores de la marina son una de las ocupaciones habituales, pero en los últimos años también se han incorporado carpinteros de aluminio, metálico y pvc, instaladores electricistas de edificios y viviendas o conductores-operadores de grúa móvil y fija, entre otros. La reforma del reglamento mantiene ese sistema de control y una cierta capacidad de veto de los sindicatos para abrir la veda a las contrataciones foráneas.

Sin embargo, consolida la reducción de 30 a ocho los días de espera que deben guardar las compañías para poder justificar que no encuentran gente y así ir a buscar al extranjero, que ya se introdujo en la reforma de hace dos años. Una mejora, que, no obstante, será insuficiente si la autoridad laboral no acelera luego sus trámites para conceder las autorizaciones. "Es un cuello de botella, la administración tarda en resolver y algunos trabajadores encuentran otras ofertas y renuncian", critica la abogada especialista en extranjería y profesora de la UPF, Anna Maria Vidal.

Más facilidades a las pymes

Una de las novedades que más destaca el catedrático Camas es relativa a las pymes y la contratación por temporadas. Hasta ahora las contrataciones en origen para trabajos temporales estaban condicionadas a un mínimo de empleos por empresa. Las compañías debían contratar un mínimo de cinco empleados, lo que excluía a las empresas más pequeñas que no necesitaban a tanta gente. Ahora ese requisito se ha elevado a 10 trabajadores, lo que perjudica a las pymes, pero, a cambio, se les ha abierto otra válvula.

Ahora cualquier empresa puede contratar individualmente a una persona que resida en el extranjero, por un tiempo de nueve meses al año, con compromiso luego de retorno a su país. Y esa autorización rige durante un plazo de cuatro años. "Este mecanismo abre a las pequeñas empresas la contratación en origen", afirma Camas.

Prioridad a los países con acuerdo previo

Hasta ahora el Ejecutivo debía fijar, vía orden ministerial, el número máximo de profesionales que las empresas podían ir a contratar en origen, así como los sectores concretos. Una obligatoriedad que ha decaído con la reforma aprobada esta semana. “En caso de que, a raíz de las propuestas de las comunidades autónomas y en atención a la situación nacional de empleo, se determine la no procedencia de establecer una cifra de contrataciones para una determinada anualidad, será necesario informe previo de la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración para determinar las ocupaciones estables o de temporada que podrían ser incluidas en la citada previsión”, recoge el BOE.

La nueva normativa establece un criterio jerárquico según el país a la hora de aceptar trabajadores, dando prioridad a aquellos estados con los que España tenga acuerdos ya firmados para ordenar la migración. Por ejemplo, con Marruecos en el caso de las recolectoras de fresas. “Las ofertas de empleo presentadas de acuerdo con la norma sobre gestión colectiva de contrataciones en origen se orientarán preferentemente hacía los países con los que España haya firmado acuerdos sobre regulación y ordenación de flujos migratorios”, reza la ley.

Pulsa para ver más contenido para ti

La reforma del reglamento no ha introducido cambios en lo relativo a la duración de la autorización de trabajo de los profesionales idos a contratar directamente al extranjero. Se mantiene la duración máxima de un año, prorrogable a dos.

Pulsa para ver más contenido para ti