Cárcel por dejar morir a su perra y su gata

Al no procurar que sus animales tuvieran acceso a alimento e hidratación, murieron por inanición

12 ene 2021 / 12:31 h - Actualizado: 12 ene 2021 / 12:33 h.
"Maltrato animal"
  • E.P
    E.P

El juzgado de instrucción número dos de Logroño ha condenado a L.P.S a ocho meses de cárcel tras dejar solos en una vivienda a su perro y su gato y dejarles morir de hambre.

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la acusada era propietaria de dos animales de compañía, una perra mastiza y una gata europea de color blanco y rojizo. Apunta que, en su perfil de Facebook, había subido varias fotografías de sus animales.

Como quiera que la acusada tuviera problemas económicos, decidió buscar una nueva vivienda. Además, dejó de pagar el alquiler en diciembre de 2019 y la compañía suministradora le cortó la luz.

En una fecha "no determinada" a principios de 2020 abandonó el domicilio donde residía de alquiler con la perra y la gata y las dejó dentro encerradas. "La acusada no quería entregar los animales a ninguna persona o asociación", añade la sentencia.

De este modo, y al no procurar que sus animales tuvieran acceso a alimento e hidratación, murieron por inanición. La Asociación Protectora de Animales, entidad que se personó como acusación en la causa, ha señalado cómo la perra, incluso, llevaba el bozal puesto.

El propietario de la vivienda acudió a la misma cuando finalizó el contrato de alquiler y, dado que la vivienda desprendía hedor característico de seres vivos en descomposición, lo hizo acompañado de policías locales.

La perra y la gata se encontraban muertas en el suelo del dormitorio (la perra) y el salón (la gata) con un delgadez extrema, en proceso de descomposición y llenas de insectos. No se les pudo hacer necropsia.

La sentencia considera que estos hechos son constitutivos de un delito continuado de maltrato injustificado de animales domésticos con causación de su muerte e impone ocho meses de prisión y dos años de inhabilitación para tenencia de animales, así como para el ejercicio de una profesión que tenga relación con ellos. No obstante, se suspende la pena privativa de libertad, condiciado a que no delinca en dos años.