El rincón de nuestras mascotas

¿Cómo será el DNI obligatorio de nuestras mascotas?

Desde el día 5 de enero hay una serie de disposiciones legales sobre nuestras mascotas que es conveniente conocer, se imponen por su bienestar, y alguna es tan curiosa –y necesaria- como su propio DNI

12 ene 2022 / 04:03 h - Actualizado: 12 ene 2022 / 06:53 h.
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  • ¿Cómo será el DNI obligatorio de nuestras mascotas?

Ha entrado la nueva Ley de Protección y Derechos de los animales y en virtud de ella se obliga a llevar el DNI de la mascota. Con ello se persigue tener un registro de animales de compañía, de mascotas, para su identificación y que estén cuidados y preservar sus derechos.

La Ley indica el carácter obligatorio de “la inscripción de cualquier animal de compañía que, conforme a lo dispuesto en esta ley o en las disposiciones normativas de las comunidades autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, dispongan de cualquier sistema de identificación”.

Aún no se sabe cómo será este DNI, si será físico -como el que lleva en su cartera- o digital, pero si se sabe de los datos que deberán llevar obligatoriamente: nombre, antecedentes veterinarios y datos del dueño o persona de contacto, fecha de nacimiento aproximada y otros datos de interés.

Con mucha probabilidad se tratará de un DNI electrónico con un código de acceso rápido QR que facilite la labor.

Las mascotas, como ya informó El Correo de Andalucía, son considerados ya como «seres vivos dotados de sensibilidad» gracias a un cambio en el estatuto jurídico de los animales de compañía indicado en una triple reforma legal del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En el Boletín Oficial del Estado (BOE), se indica: “Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. Solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes y de las cosas en la medida en que sea compatible con su naturaleza o con las disposiciones destinadas a su protección”.

Por esta misma ley se regulará la custodia compartida en caso de divorcio o separación de la pareja y se podrá dictar, por parte de las autoridades judiciales, la participación de los dos cónyuges en los gastos del animal.

Son buenas noticias que vienen a reforzar el carácter protector de la Ley y el velar por los intereses de los animales así como de su bienestar.