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37 años de cárcel para el kamikaze de la calle Larios

El juez le condena por cinco intentos de asesinato con alevosía al irrumpir en la vía peatonal de la capital malagueña e intentar atropellar a varias personas.

el 07 jun 2010 / 20:36 h.

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El conductor declaró en el juicio que "quería hacer daño" porque "sentía rabia".
La Audiencia de Málaga ha condenado a 37 años y medio de prisión al ex guardia civil que irrumpió con su coche el 30 de agosto de 2008 en la calle peatonal Larios de Málaga, al considerarlo culpable de cinco delitos de asesinato alevoso en grado de tentativa.

En la sentencia se le impone el pago de indemnizaciones a tres víctimas -1.031, 39.963 y 15.420 euros- por los daños personales, aunque se condena a la aseguradora como responsable civil directa a que abone, junto al acusado, las cantidades fijadas.

Los hechos sucedieron sobre las 12.00 horas cuando el acusado condujo desde Fuengirola hasta la capital y tras circular por varias vías de la ciudad "irrumpió" en la calle Larios, donde "tras acelerar bruscamente su vehículo, dirigió éste contra cualquier persona que se encontraba en el camino, atropellándolas y sin dejar de acelerar el vehículo en ningún momento, siguió circulando a gran velocidad".

La resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, precisa que en algunos momentos llegó a alcanzar los 60 ó 70 kilómetros por hora y dirigió su coche contra una persona en silla de ruedas a quien evitó en el último momento para dirigirse a una pareja. Cuando llegó a la plaza de la Constitución dio la vuelta y volvió a Larios.

La sentencia indica que no logró huir por otra vía al quedar bloqueado por un camión de la empresa municipal de limpieza y fue detenido por dos policías que no estaban de servicio pero presenciaron los hechos.

La Sala rechaza el argumento de la defensa de que el fin era lesionar, al asegurar que "el sólo hecho de embestir a gran velocidad a los peatones de forma sorpresiva contiene elementos suficientes para afirmar de forma meridiana y concluyente que tenía intención de causarles la muerte". Así, se considera que existió alevosía "sorpresiva".

Sí aplica como atenuante que el hombre padecía un trastorno de personalidad "con ideas delirantes que afectaba especialmente a la percepción de la realidad", pero que influía sólo "levemente en su capacidad volitiva y cognitiva". El acusado declaró que "quería hacer daño" porque "sentía rabia".

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