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Alaya impide a un juzgado que abra un proceso por calumnias contra el testigo de la formación

La demanda ha sido interpuesta por CCOO, pero la jueza deniega “licencia alguna” para abrir una causa tanto al sindicato como a otras organizaciones hasta que exista sentencia firme.

el 26 nov 2014 / 11:21 h.

La jueza Mercedes Alaya, llegando a los juzgados. Raúl Caro (EFE) La jueza Mercedes Alaya, llegando a los juzgados. Raúl Caro (EFE) Ningún juzgado podrá iniciar una causa por calumnias e injurias contra el funcionario que denunció el fraude de los cursos de formación por las acusaciones que haya podido verter durante sus declaraciones, al menos hasta que haya sentencia firme. Así, lo ha decidido la jueza Mercedes Alaya que ha dictado un auto en el que deniega “licencia alguna para deducir acción de calumnias o injurias contra el testigo”, después de que T. M. haya sido citado por un juzgado tras la demanda interpuesta por CCOO contra el mismo, ya que éste aseguró que el sindicato cobraba un 20 por ciento en comisiones a cambio de subrogar los cursos. El funcionario había sido citado para el próximo 3 de diciembre a un acto de conciliación previo con la organización. En un auto fechado el pasado 20 de noviembre, la magistrada explica que ese mismo día el funcionario compareció ante ella para informarle de dicha citación que iba a tener lugar en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Sevilla. La instructora expone entonces “varias líneas argumentales para proceder a la denegación de la licencia solicitada”. En primer lugar, recuerda que “la adecuada calificación de los hechos no sería la de delitos de injurias y calumnias, sino acusación o denuncia falsa”, pues los hechos que recoge CCOO “se habrían producido en el contexto” de una “denuncia ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación”. SIN FALTAR A LA VERDAD En este sentido, la jueza aclara que para que este delito se produzca “debe realizarse por el autor con voluntad de faltar a la verdad, requisito que no se cumple en este caso pues del testigo es denunciar unos hechos que él estima reales, porque los ha visto y vivido”. De hecho, recuerda que el propio Tribunal Supremo considera que no hay delito cuando se denuncian unos hechos “creyendo que son constitutivos de delito” aunque luego no lo sean. Pero, independientemente de esta cuestión, Alaya insiste en que “falta el requisito” fundamental para poder ejercer la acción penal contra el testigo, pues recuerda que el Código Penal estipula que “no podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo”. Igualmente, explica que el mismo Código Penal establece que “nadie podrá deducir acción de calumnia o injuria vertidas en jucio, sin previa licencia del juez” que lleva el asunto, que en el presente caso es ella. Alaya explica que esta licencia está configurada “como una limitación para garantizar el ejercicio efectivo de la tutela judicial”, para impedir que las declaraciones que realice un testigo puedan verse condicionadas “de una ulterior querella”, que se convertiría en “una injustificada potencialidad disuasoria o coactiva”. Por todo ello, concluye que “examinada la trascendencia, significado e intención de las manifestaciones efectuadas por el testigo se vuelve a insistir en que no se aprecia en el mismo (…) atisbo alguno de dolo falsario, es decir, que sus manifestaciones se hayan realizado con expreso conocimiento de la falsedad de las mismas, sino en virtud de las experiencias que le ha proporcionado su larga trayectoria en el Área de la Formación, y en concreto del resultado de algunas de las visitas efectuadas por él mismo a centros de la entidad solicitante y en el ejercicio de sus competencias como Jefe de Departamento de Gestión”. CCOO interpuso esta demanda, previa a la querella, el pasado 22 de octubre tras tener conocimiento por los medios de comunicación de las declaraciones de T.M. en las que, entre otras cuestiones, le acusaba de percibir comisiones de las empresas a las que les subrogaba los cursos, o de no justificar ciertas subvenciones. Junto con CCOO salieron los nombres de otras entidades como UGT, la Confederación de Empresarios de Andalucía o la Fundación Andaluza para la Integración Social del Enfermo Mental, que también anunciaron acciones penales contra el testigo clave de Alaya.

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