Anticorrupción recurre a la Audiencia para que Alaya eleve la causa al Supremo

Le pide que la divida en piezas separadas.

el 10 abr 2014 / 13:27 h.

alaya-pequeLa Fiscalía Anticorrupción ha recurrido ante la Audiencia de  Sevilla para que la juez que investiga el caso de los ERE irregulares  divida la causa en piezas y eleve al Tribunal Supremo la pieza sobre  los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán y  cinco exconsejeros, José Antonio Viera, Carmen Martínez Aguayo,  Manuel Recio, Francisco Vallejo y Antonio Avila, todos ellos aforados  y a los que la juez 'preimputó' en 2013. Así, el Ministerio Público recurre el auto en el que la juez  Mercedes Alaya rechazó su petición porque "no ha lugar por ahora a la  división de la causa", aunque no se pronunciaba sobre elevar la  investigación de aforados al TS, aunque la Fiscalía entiende que "al  denegar la formación de piezas separadas deniega consecuentemente la  elevación al órgano competente" de la pieza que afectaría a los  aforados, "aunque no se hayan explicado los argumentos para ello". En su recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, la Fiscalía  pone de manifiesto, en relación al momento procesal para su  solicitud, que "el estudio de la pericial de la Intervención General  del Estado es precisamente lo que en nuestra opinión aporta los  criterios básicos" para ello, "sin tener que demorar más la formación  de las piezas por entender que es posible minimizar notablemente los  perjuicios que para la Justicia como valor de nuestro sistema  constitucional conlleva la instrucción de hechos tan amplios y  complejos como son objeto de esta causa". Insiste en formar tres bloques de piezas. El primero, formado por  cada expediente de ayuda sociolaboral o de ayuda directa a empresa;  el segundo, sobre las 'sobrecomisiones' y el tercero, que englobaría  a todos los aforados, al procedimiento específico creado para que la  Consejería de Empleo, a través de la Dirección General de Trabajo,  pudiera conceder ayudas sociolaborales y a empresas. Sobre esta última pieza, señala que la recepción del informe  pericial de Intervención "proporciona elementos más que suficientes  para que se proceda a elevar ésta en su integridad al órgano superior  competente" en el auto de 'preimputación' dictado por Alaya, todo  ello "al ser posible individualizar la conducta concreta que respecto  a las mismas pudiera ser constitutiva de delito y también contando  con un indicio o principio de prueba que pueda servir de apoyo a la  imputación". La Fiscalía dice que "es cierto" que sentencias del TS y de  tribunales superiores "tienen dicho que previamente a elevar la  exposición razonada al tribunal competente por razón del aforamiento  es preciso hacer suficiente acopio de elementos incriminatorios y  completar la instrucción para que así los indicios contra aforados  hayan quedado debida y cumplidamente fundamentados y acreditados en  la instrucción para que el tribunal competente por el aforamiento de  aquella pueda asumir la competencia del asunto". "Esta premisa de agotamiento de la instrucción entiende esta  Fiscalía que se da en la presente pieza, hecho impensable de no  producirse el deslinde del resto de la causa, puesto que como ya ha  quedado reflejado el horizonte temporal es incierto en el momento  actual", asevera Anticorrupción, que opina las diligencias  pendientes, entre ellas requerimientos de documentación a los  auditores de IDEA, "no aportarán" hechos nuevos objeto de imputación,  sino que perfilarán y determinarán "aún más a sus autores". Esta razón es precisamente la que le lleva a no demorar más la  petición "en aras, no sólo de no causar quebranto de garantías" en  los imputados, sino para evitar que personas presuntamente  responsables  "puedan quedar impunes por el mero transcurso del  tiempo". MAS DE 200 PIEZAS CON LOS EXPEDIENTES DE AYUDAS La Fiscalía considera que "desgajar" esta pieza "no supone  renunciar al acervo de indicios o principios de prueba que los  singulares expedientes de ayudas supone", sino que "más bien se trata  de proponer la persecución y condena, en su caso, en piezas separadas  de todos los que hayan contribuido conscientemente al presunto  menoscabo de fondos públicos de la Junta --primera pieza--,  introduciendo en ésta aquellos elementos incriminatorios, o de  descargo en su caso, que se deduzcan de la utilización del  procedimiento específico". Sobre el primer bloque, "y no solo una pieza como parece entender  la magistrada", señala que estaría formado por cada expediente de  ayuda sociolaboral o de ayuda directa a empresa, añadiendo que, "sin  poder cuantificar el número de piezas, sí se puede concluir que serán  en un número superior a 200", las cuales "tienen relevancia penal  puesto que los perceptores de las ayudas se han visto beneficiados de  cantidades de dinero de fondos de la Junta sin sujeción a  procedimiento alguno, u obviando los más elementales, y a los  principios de publicidad, eficiencia y justicia social en la  utilización de los fondos públicos en materia de empleo y ayudas a  empresas en crisis". Tras insistir en que pedir piezas busca "simplificar y dar  celeridad", asevera que no puede compartir que esta materia no se  pueda deslindar del resto de piezas", pues cada expediente "delimita  tanto en el objeto de la investigación --las ayudas recibidas-- como  la esfera de los partícipes, poniendo ya de manifiesto esta Fiscalía  problemas de continuidad y de penalidad que puedan derivarse de la  concurrencia en muchos de ellos de las mismas personas imputadas",  entre los que cita a la Dirección General de Trabajo y a Francisco  Javier Guerrero. "El hecho de existir un procedimiento específico que lo haya  permitido no es óbice para su separación, ni a esta pieza perjudica  desgajarla de las singulares aplicaciones del mismo, puesto que habrá  que acreditar en cada pieza la participación de aquellas personas  que, siendo imputadas en el procedimiento específico, deban ser  igualmente imputadas en las piezas relativas a ayudas singulares por  su conocimiento y no actuar permitiéndolo o por su participación  activa en el pago de presuntas ayudas públicas", alega. Sobre la posibilidad de fallos contradictorios, la Fiscalía afirma  que, "sin negar categóricamente que se pudieran llegar a producir,  entendemos que entre los tres bloques que se proponen no sería  relevante tal contradicción ni tampoco que se diera en el primer  bloque si este responde a los hechos objeto de enjuiciamiento",  agregando que si se produjesen pronunciamientos absolutorios o de  sobreseimiento en la pretendida pieza de procedimiento específico,  "este fallo no entraría en contradicción con otros hipotéticos  condenatorios en otras piezas en las que se pusiera de manifiesto la  apropiación de fondos públicos mediante la utilización del  procedimiento específico". "La preocupación de esta Fiscalía es precisamente conseguir que  estos pronunciamientos se puedan dar en fase de enjuiciamiento,  evitando impunidad de conductas, y que se pueda recuperar en  sentencia los fondos presuntamente malversados", añadiendo que, "como  es lógico, si de la instrucción de cada pieza se derivaran indicios  sólidos de la participación en los hechos de personas aforadas, la  misma deberá ser elevada al órgano competente para su instrucción, lo  cual permite dar mayor celeridad a la tramitación y simplifica  notablemente el proceso, evitando elevar la causa en su totalidad  --volumen, número de imputados...--". Sobre la pieza de sobrecomisiones, indica que si "fueran posibles  gracias al procedimiento específico, es innegable, pero el circuito  de actores se debe de reducir a personas que de forma activa y  consciente han contribuido a su determinación y luego a su reparto  presuntamente ilícito", y explica que en esta pretendida pieza "son  numerosas las diligencias de instrucción pendientes de practicar, no  sólo para determinar cuantía, sino también las diligencias que se han  interesado tanto a la Guardia Civil como a la Agencia Tributaria para  determinar las personas y entidades que hayan podido participar y/o  beneficiarse de dichos importes".

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