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Atrapado en un laberinto judicial

La recusación de la juez del caso Marta hace que la vista oral del crimen, ocurrido hace 17 meses, se siga demorando.

el 05 jun 2010 / 17:27 h.

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Miguel Carcaño se enfrentará en el juicio a 52 años de prisión.

Hace ya casi 17 meses que Marta del Castillo desapareció. Su cuerpo sigue siendo el mayor misterio de este caso que ya se ha dado por cerrado (sólo hay abierta una pieza separada para continuar con la búsqueda del cadáver) con cinco personas implicadas, cuatro adultos y un menor. Una investigación que, pese a sus complicaciones, se ha resuelto con una rapidez poco habitual en la administración de Justicia y que ahora se ha visto frenada por el bloqueo del juicio ante la recusación de la magistrada presidente del jurado que han planteado algunos defensores. Según la definición de la Real Academia de la Lengua Española recusar es "poner tacha legítima al juez, al oficial, al perito que con carácter público interviene en un procedimiento o juicio, para que no actúe en él".

Pero, además tiene un matiz que no incluye la definición, supone poner en cuestión la parcialidad de un magistrado sobre un caso en concreto. Es lo que ha ocurrido con este asunto. La magistrada que fue designada para presidir el tribunal del jurado, Dolores Sánchez, pertenece a la Sección Primera de la Audiencia Provincial (una de las cuatro de lo Penal que la componen), que fue la encargada de resolver todos los recursos del caso Marta que el juez instructor desestimó.

Por ello las defensas de los acusados decidieron recusar a la juez al considerar que está "viciada". La Ley Orgánica del Poder Judicial señala 16 motivos para recusar a un magistrado, pero ninguno hace alusión al hecho de haber resulto varios recursos de un caso. El que más se le asemeja es por "haber participado en la instrucción de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia", pero en el caso de ésta magistrada no ha sido así exactamente.

Aún así, las partes creen que hay motivos suficientes para creer que tiene un "prejuicio" formado del caso, debido a diversas afirmaciones que ella ha realizado en sus autos como ponente de los recursos. El propio abogado de la familia de Marta, que ejerce la acusación particular, cree que hay motivos para recusarla, como ya ha reconocido la propia juez en un segundo informe reciente. El fiscal fue el único que se opuso.

Todos estos informes pasaron a manos del magistrado de la Sección Cuarta Carlos Lledó, que fue designado como instructor del expediente. Una vez que recibió el segundo informe de la juez, admitiendo su recusación, lo derivó al presidente de la Audiencia, Damián Álvarez, para que éste lo pasara a la Sección Tercera y que ésta resolviera. El artículo 68 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal recoge a este respecto que "cuando el recusado sea magistrado de una Audiencia Provincial, la Audiencia Provincial en pleno o, si ésta se compusiere de dos o más secciones, la sección en la que no se encuentre integrado el recusado o la sección que siga en orden numérico a aquella de la que el recusado forme parte". Es decir, en este caso la Sección Tercera.

¿Cuál es el problema entonces? ¿Por qué no se resuelve ya, máxime cuando la juez reconoce su recusación? Pues el problema que ahora se plantea es cuál es el órgano que debe resolver esta cuestión. Fuentes judiciales consultadas aseguran que hay una "laguna" sobre este aspecto, al que no se alude en la Ley del Jurado. La Ley de Enjuiciamiento Criminal señala que debe ser la Audiencia o la Sección siguiente por turno, sin embargo, algunas de las fuentes consultadas afirman que debe ser el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), basándose en un caso anterior en el que una magistrada se abstuvo de presidir un jurado que fue finalmente resuelto por el Alto Tribunal andaluz.

Ahí está la clave. La Sección Tercera, para evitar que más adelante las partes puedan impugnar su resolución, ha emplazado tanto a los abogados de las defensas como a las acusaciones (Fiscalía y la familia de Marta) a que se pronuncien al respecto. Esto obligará a retrasar la decisión al menos una semana o diez días más. Una vez se decida el órgano competente, habrá que esperar la decisión.

Pero lo peor es que las defensas tienen claro que no sólo van a recusar a esta magistrada, sino a la Sección Primera completa, es decir, a tres magistrados más. Uno de los defensores solicitó que la recusación se hiciese en bloque, pero esto se desestimó y obligará a recusar a cada juez uno a uno. O lo que es lo mismo, habrá que hacer este proceso tres veces más, ya sea por recusación o porque ellos se abstengan antes.

Los investigadores del caso ven con "decepción" todo este vaivén porque "se ha trabajado mucho y rápido para llevar a juicio este caso", y ahora ven que todo su esfuerzo no dará fruto hasta principios de 2011.

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