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Condenan a dos miembros del PP por manipular votos

La Audiencia de Jaén ha condenado a dos millitantes del PP, coordinadores del voto por correo en las últimas elecciones municipales, por suplantar el sufragio de 19 ancianos de una residencia de Baeza. El fallo considera que fueron ellos quienes introdujeron la papeleta en sus sobres y les condena a una multa de 2.400 euros.

el 15 sep 2009 / 19:50 h.

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La Audiencia de Jaén ha condenado a dos millitantes del PP, coordinadores del voto por correo en las últimas elecciones municipales, por suplantar el sufragio de 19 ancianos de una residencia de Baeza. El fallo considera que fueron ellos quienes introdujeron la papeleta en sus sobres y les condena a una multa de 2.400 euros.

Los condenados son María P.B. y José P.R., considerados como los máximos responsables de urdir un plan para conseguir que los internos de la residencia Purísima Concepción de Baeza les otorgaran poderes para poder votar por correo. La Sala Primera de la Audiencia estima que las papeletas fueron introducidas en los sobres por estos dos militantes del PP y no por los ancianos, según adelantó el sábado el Diario Jaén. Por ello les condena a pagar una multa de 2.400 euros.

La Fiscalía acusó a otras 22 personas, entre ellas el médico Ginés Carlos C.G., que firmó los informes médicos que certificaban la incapacidad de los ancianos. Se da la circunstancia de que este médicos es hermano del anterior alcalde del municipio jiennense, el popular Javier Clemente. La sentencia de la Audiencia asegura que no se ha acreditado que tenga relación alguna con el Partido Popular ni que tuviera "intención malévola para distorsionar el curso electoral". Añade que en el procedimiento existen otros certificados, emitidos por facultativos distintos, que no han sido cuestionados ni investigados.

Sin colaboradores. La Audiencia Provincial también exculpa a otros 19 afiliados del PP que actuaron como apoderados de los ancianos y a dos trabajadores del geriátrico Purísima Concepción acusados por el fiscal de facilitar la documentación de los ancianos a los dos condenados.

La sentencia señala que no pueden ser consideradores "cooperadores necesarios" de la trama urdida por María P.B. y José P.P. y que no hubo "connivencia con ellos", si no que se limitaron a recoger la documentación para pedir el voto por correo en nombre de los ancianos y llevarla a la sede del PP en Baeza donde, según la sentencia, los dos condenados introdujeron las papeletas en los sobres. Después, los apoderados llevaron los votos a la oficina de Correos.

La sentencia de la Sala Primera de la Audiencia de Jaén, que fue comunicada el viernes a las partes, puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. Los condenados están siendo representados por los servicios jurídicos del Partido Popular.

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