Menú
Local

Condenan al SAS por impedir que una enfermera trasplantada trabaje

Un juez ha dado la razón a una enfermera que fue excluida de la bolsa de trabajo del SAS por estar trasplantada. La mujer denunció a la Delegación de Salud por discriminación y ahora recibirá 108 euros por cada día que no le permitieron trabajar.

el 15 sep 2009 / 21:14 h.

TAGS:

R.Velis / E.Fuentes

Un juez ha dado la razón a una enfermera que fue excluida de la bolsa de trabajo del SAS por estar trasplantada. La mujer denunció a la Delegación de Salud por discriminación y ahora recibirá 108 euros por cada día que no le permitieron trabajar.

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 9 de Sevilla es contundente: la exclusión de la bolsa de trabajo "supone una flagrante vulneración del artículo 14 de la Constitución", que hace referencia la igualdad de todos los españoles. El juez entiende que el SAS "ha vulnerado de forma reiterada los derechos fundamentales" de la enfermera por una "equívoca interpretación" de un informe médico por el que la excluyó de la bolsa. El SAS tendrá que pagar 108,85 euros por cada día que no pudo trabajar -la sentencia no fija el número de días-, y además de las costas procesales.

La demandante, Teresa Sede, tiene reconocida una enfermedad del 84% por un triple trasplante renal y se encuentra inscrita en la bolsa provincial de contratación de Sevilla dentro del cupo de minusválidos desde mayo de 2006, según un comunicado del Sindicato de Enfermería (Satse), que exige el cese de los responsable de la bolsa de empleo.

A final de mayo de 2008, la enfermera recibió una comunicación en la que, teniendo en cuenta un nuevo certificado de la Delegación Provincial de Igualdad y Bienestar Social, sólo estaba capacitada para trabajar en Atención primera y no en hospitales. Sin embargo, dicho certificado se realizó sin el consentimiento de la enfermera que recurrió la notificación por vía administrativa, aunque no obtuvo respuesta.

Según el juez, la Administración no sólo ha vulnerado los derechos fundamentales, sino que la citada resolución supone "una actuación totalmente al margen de la legislación y sin cobertura legal", pues la afectada nunca fue requerida y tampoco se dio respuesta a sus alegaciones. Por este motivo, la sentencia también condena al SAS al pago de las costas procesales, pues considera que la enfermera "no debe soportar la actuación que de forma evidente vulnera los derechos fundamentales", como consecuencia de "una actitud carente de fundamento y temeraria".

Teresa cuenta, además, con un informe del coordinador de trasplantes de Huelva y Sevilla en el que acredita que "está capacitada para cualquier puesto salvo en infecciosos", es decir, en un 90% de los servicios de los hospitales. "He trabajado en hospitales sin problema", explicaba ayer la afectada, que únicamente rechazaba los puestos para la UCI, "tal y como se recomendaba en mi certificado de minusvalía". En este sentido, la sentencia recoge que la enfermera ha sido tratada de forma diferente a "otros aspirantes con limitaciones físicas", a los que no se les ha excluido.

  • 1