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¿Debe seguir existiendo el poder judicial?

Me van a permitir que realice esta pregunta no con la finalidad de provocar sino con la de comenzar una reflexión sobre el paradigma de división de poderes en el que nuestro modelo de Estado social y democrático de derecho se acomoda, insistiendo desde el primer momento...

el 15 sep 2009 / 21:18 h.

Me van a permitir que realice esta pregunta no con la finalidad de provocar sino con la de comenzar una reflexión sobre el paradigma de división de poderes en el que nuestro modelo de Estado social y democrático de derecho se acomoda, insistiendo desde el primer momento en la trascendental importancia que la función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado tiene para lograr una convivencia social pacífica y en el reconocimiento de la labor que realizan jueces y magistrados así como el resto de trabajadores que coadyuvan a administrar justicia. Por lo tanto, no se cuestiona la existencia de la función ni de sus actores, sino si una y otros deben seguir existiendo como Poder independiente y autónomo y, en todo caso, cómo se podría ligar de modo más certero la actividad judicial a la soberanía popular. El Poder surge en el Estado en los siglos XV-XVI. En un primer momento, correspondiente a la Monarquía absoluta, el soberano era el Rey y a él correspondía el papel de juzgar. Debido a la extensión de los reinos, el Rey tenía que delegar su justicia en favor de los magistrados escogidos por él a este efecto, aunque siempre conservaba la posibilidad de retomarla. Con la aparición del constitucionalismo moderno, el sujeto de la soberanía es la Nación, que la ejerce a través del Parlamento. La ley es expresión de la voluntad general y el Poder Judicial no era más que una simple derivación del Legislativo. En consecuencia, tal como formuló Montesquieu, el gran teórico la división de poderes, "los jueces de la Nación no son más que la boca que pronuncia las palabras de la ley; seres inanimados que no pueden moderar ni la fuerza ni el rigor de la misma". Y es con la llegada del constitucionalismo democrático, surgido tras la II Guerra Mundial, cuando efectivamente el Poder Judicial trata de convertirse en un poder independiente y autónomo respecto de los otros dos. La verdadera misión del Juez consiste en hacer respetar los principios y derechos y libertades en que se fundamenta el Estado constitucional.

El constituyente español fue consciente de esta nueva posición del Poder Judicial. De manera muy significativa, además, el único título de la Constitución que habla expresamente de poder es el Título VI, que es el dedicado al Poder Judicial. Pero treinta años después, y habida cuenta de la necesaria modernización, a muchos niveles, de la Administración de Justicia en España, sería oportuno iniciar un proceso de reflexión y análisis con la finalidad de cuestionarse si sigue siendo oportuno su existencia como tercer poder del Estado atendiendo a la lejanía (cuando no profunda crítica) que la opinión pública siente respecto a él. Quizá las sociedades democráticas avanzadas precisen de un cambio de paradigma por el que la función judicial se vincule de modo más claro a la soberanía popular (al fin y al cabo todos los poderes emanan del pueblo) vehiculada a través de nuestros representantes y, de este modo, propiciar una más estrecha relación entre éstos y la actividad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. Pues no podemos olvidar que, al juzgar, se aplican leyes que nosotros mismos (pueblo), a través de nuestros representantes, hemos creado. ¿No sería lógico, pues, que también nuestros representantes tuvieran algo que decir a la hora de la interpretación de las normas?

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