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El fiscal recurre la absolución del asesino de Pinos Puente

Piensa que el juez erró al no creer la denuncia de maltrato de la víctima

el 07 jul 2010 / 18:36 h.

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La Fiscalía de Granada ha pedido la revocación de la sentencia del Juzgado de lo Penal 6 de Granada que absolvió de un delito de maltrato y amenazas al presunto autor de la muerte de Rafaela Rueda Contreras en Pinos Puente (Granada) y argumenta su recurso en que el juez debió dar "plena validez" al testimonio de la víctima, ya que su escasa "pasión" o "excesiva parquedad" no pueden "invalidarlo".


El presunto asesino, Juan Heredia, fue juzgado el 21 de junio tras ser denunciado por Rafaela, por lo que contaba con una orden de alejamiento como medida cautelar. El juez Ernesto Carlos Manzano lo absolvió en una sentencia que el día del crimen, el pasado jueves, aún no había sido comunicada a Rafaela, por lo que la orden de protección seguía en vigor.


Para el fiscal, el magistrado cometió un "error en la apreciación de la prueba" al considerar que la denuncia de Rafaela quedó "ensombrecida" por ciertas "sospechas de disputas de fondo" sobre la negativa de la mujer a abandonar la casa, propiedad del acusado. El fiscal reconoce que ése fue uno de los motivos que originó las amenazas de muerte con una escopeta y la posterior agresión que denunció Rafaela, pero no advierte ánimo de "venganza" o "cualquier otra intención espuria" que pueda "enturbiar" su credibilidad.


El fallo del juez alude a la "excesiva parquedad y escasísima pasión y grado de convicción" en la declaración de Rafaela que, para el fiscal, no hacen sino exteriorizar "su soledad" y "lógico temor", por lo que "no se le puede exigir una mayor pasión al declarar".


En cuanto a la agresión, que también puso en entredicho el magistrado porque la víctima no presentaba más que un hematoma de un centímetro, el fiscal recuerda que en el parte médico de lesiones se hizo constar además un dolor en ambos costados, donde dijo haber sido golpeada.


Tampoco ve el fiscal, como sí hizo el juez, "contradicciones" en la testigo, que desde un primer momento concretó los episodios de amenazas vertidas el 28 de mayo y la posterior agresión al día siguiente. En todo momento ratificó los hechos, y las "pequeñas matizaciones" que llevaron al juez a considerar que no persistió la incriminación de la víctima son, para la Fiscalía, "fruto del miedo, del sentimiento de soledad y desamparo" de Rafaela. Para el ministerio público, debió darse "plena validez" a su testimonio de Rafaela, que fue expuesto en el juicio "de forma persistente" y "con plena sinceridad y verosimilitud". La Fiscalía considera probadas la amenaza y la agresión y pide que se revoque la sentencia y sea condenado por estos delitos a dos años de prisión.


La sentencia absolutaria ha despertado todo tipo de reacciones políticas y sus correspondientes réplicas judiciales. Desde la Junta, la consejera de Igualdad, Micaela Navarro, instó a los jueces a limitarse a dictar sentencias "sin hacer otras valoraciones" sobre si la víctima "llora o no llora". La presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género del CGPJ, Inmaculada Montalbán, señaló que esta sentencia pone de manifiesto la complejidad de la violencia machista "y la dificultad que tienen las mujeres para probar hechos que normalmente ocurren dentro del hogar, donde no hay testigos".


Mientras, el juez decano de Granada, Francisco Sánchez, recriminó que se esté "presionando" al autor del fallo por "cumplir con su obligación", y mantiene que la sentencia es "intachable". El juez de familia de Sevilla, Francisco Serrano, también criticó el "ataque frontal" a la independencia judicial.

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