El Gobierno estudia mejorar la liquidez de los planes de pensiones privados y ampliar las excepciones sin penalización fiscal por el rescate de las aportaciones hechas. En otras palabras, que se pueda recuperar el dinero ahorrado sin que tenga coste a la hora de tributar a Hacienda.
Con la legislación actual, que se aprobó en el año 2000, el rescate sin penalización de un plan de pensiones antes de que su titular llegue a la jubilación sólo se permite por dos circunstancias excepcionales: el desempleo de larga duración (superior a los 12 meses) o la enfermedad grave de quien está realizando las aportaciones de dinero.
Cabe recordar que la aportación a un plan de pensiones cosecha la segunda mayor deducción fiscal en España, después de la realizada para amortizar la hipoteca de la vivienda habitual, hasta un tope de 10.000 euros si se tiene 50 años o menos, y hasta los 12.500 euros si se supera esa edad. La inversión hasta llegar a esta cuantía disfruta de una deducción del 43%, y notables son, por tanto, sus efectos en la factura fiscal.
Aunque el Gobierno aún no ha concretado en qué consistirá la reforma, el diario El País informaba ayer de que los parados que lleven en situación de desempleo 6 meses podrán rescatar el dinero invertido en sus fondos de pensiones. La recuperación, asimismo, se podrá solicitar no sólo si el titular (quien hace la aportación) del fondo se queda sin puesto de trabajo, sino si el cónyuge o la cónyuge cae en situación de desempleo y ésta se prolonga también durante más de seis meses.
La razón de este cambio es que los desempleados puedan recurrir a los recursos ahorrados sin que Hacienda aplique la tijera. Se trata de una iniciativa de gran calado social, por cuanto más de 7,5 millones de trabajadores tienen en España este tipo de productos de previsión social y que suman casi 78.500 millones de euros. Desde el Gobierno tampoco se ha concretado cuándo se emprenderá la reforma, cuyo contenido está aún en estudio.