El Supremo abre una causa contra Chaves y Griñán

El Alto Tribunal dice que es “imprescindible” investigar a los dos expresidentes y a Viera, Zarrías y Moreno, para que lo que nombra instructor a Jorge Alberto Barreiro. Recuerda que las ayudas acabaron en el entorno de “cargos de la Junta y del PSOE andaluz”. El resto de aforados serán investigados por el TSJA.

el 13 nov 2014 / 14:47 h.

Caritas_Aforados_ERE PDF del auto del Tribunal Supremo El Tribunal Supremo ha acordado dividir el caso de los ERE que investiga la jueza Mercedes Alaya y abrir una causa contra los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán para indagar su posible participación en este fraude. La Sala Segunda del Alto Tribunal ha designado como instructor de la misma al magistrado Jorge Alberto Barreiro, quien también tendrá que investigar a los otros aforados con carácter nacional, es decir, los exconsejeros José Antonio Viera, Mar Moreno y Gaspar Zarrías. El resto de aforados, otros cuatro exconsejeros, serán investigados por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, aunque deja la puerta abierta a que si el instructor lo considera necesario se unan a la causa abierta en el Supremo. En un auto fechado hoy mismo, la Sala Segunda del Tribunal Supremo cree “imprescindible” continuar la investigación de los hechos “y la participación de los mismos” de los actuales diputados del Congreso Manuel Chaves, José Antonio Viera y Gaspar Zarrías; así como de los senadores José Antonio Griñán y Mar Moreno, tal y como pidió el Ministerio Público. Sin embargo, no llega a imputarlos, pues advierte que en caso de que el instructor encuentre “indicios racionales de criminalidad contra cualquiera de los aforados deberá exponerlo a la Sala” para antes de llevar a cabo “su inculpación formal, procesamiento o adopción de cualquier medida cautelar” solicitar el correspondiente suplicatorio, tal y como recogen la Constitución. Lo que sí sostiene el Supremo, basándose en la exposición razonada que envió Alaya, que “los indicios que resultan de la investigación respecto a la participación en los hechos de los aforados derivan de la posición de alta y especial responsabilidad política de aquellos, dado los cargos que desempeñaban, y de su intervención en las decisiones de creación o de mantenimiento del sistema” que permitió cometer el fraude e incluso, en el caso de algunos de ellos, “en la ejecución de actuaciones concretas de aplicación del referido sistema”. AYUDAS PARA CARGOS DEL PSOE De esta forma, el Alto Tribunal hace suyas las conclusiones a las que llegó la titular del Juzgado de Instrucción número 6, cuando afirma que “resulta indiciariamente que en el ámbito de la Junta de Andalucía, concretamente, desde la Consejería de Empleo” para hacer frente al pago de ayudas a particulares y empresas “se organizó un sistema, que se llevó a efectos desde el año 2000 durante un periodo de tiempo aproximado de doce años, que permitía disponer de importantes cantidades de dinero, ascendentes a 855 millones de euiros, para hacer efectivos aquellos pagos sin sujetarse al procedimiento y a los controles propios de las subvenciones, a pesar de que esa era la naturaleza jurídica de las referidas ayudas”. Griñán_Chaves_02El Supremo recuerda que con la figura utilizada para el pago de estas ayudas, las transferencias de financiación, “tal y como se expresa en la exposición razonada”, lo que se perseguía era “la facilidad de elusión de todos los controles”, permitiendo “la absoluta discrecionalidad en el uso de los fondos, pues no existía ninguna normativa que estableciera de antemano los requisitos de los posibles beneficiarios de esas ayudas”. Además, las subvenciones “se concedían sin solicitud previa, sin documentación justificativa, sin bases reguladoras, sin examen del proyecto, que era inexistente y sin comprobación del destino de la cantidad entregada”. Así, como afirma Alaya, “el destino de las cantidades previstas para las ayudas se orientó mayoritariamente hacia las personas y empresas próximas a los sindicatos, a cargos de la Junta de Andalucía o del PSOE andaluz”. Unos hechos que supondrían delitos de “prevaricación y malversación de fondos públicos”. En cuanto al resto de aforados, los exconsejeros Francisco Vallejo, Manuel Recio, Carmen Martínez Aguayo y Antonio Ávila, todos ellos parlamentarios andaluces; la Sala considera que debe asumir la investigación “el órgano competente”, que en este caso, por su carácter de aforados autonómicos, debe ser el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Así lo pedía la Fiscalía y así se ha acordado, aunque los magistrados dejan la puerta abierta a que si el instructor aprecia “una conexión material inescindible” también podrían ser investigados por el Supremo. El auto apoya de esta forma la petición de la Fiscalía de dividir la causa para hacer más manejable la misma, ante la gran cantidad de folios e imputados que ya acumula -más de 200-, en contra de lo que Alaya viene defendiendo hasta ahora: que no debe separase en piezas. “Es posible investigar y enjuiciar de forma independiente los hechos relativos a la ideación, diseño, organización y establecimiento del sistema” así como su mantenimiento. Es decir, que es posible separar la parte que engloba los hechos que se vinculan a los aforados.

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