Menú
Deportes

El Tribunal Supremo da la razón a los concursales y el Betis reintegrará más de dos millones

Una sentencia de TS obliga a la Agencia Tributaria a reintegrar las cantidades adelantadas por el Betis en 2010.

el 09 mar 2015 / 16:26 h.

El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia emitida en 2012  por la Audiencia de Sevilla que revocaba un fallo previo de 2011 que,  merced a la petición de los administradores concursales del Real  Betis Balompié, ordenaba restituir al club más de dos millones de euros que fueron abonados por la entidad para pagar anticipadamente aplazamientos y fraccionamientos de deuda pactados con la Administración Tributaria. La sentencia del Juzgado de lo Mercantil número uno, alude a una operación financiera acometida antes de que la entidad fuese declarada en concurso de acreedores. Según la sentencia, entre 2008 y  2009, hacienda alcanzó 20 acuerdos mediante los que autorizaba aplazamientos y fraccionamientos  de diferentes deudas del Real Betis, constituyendo en cada operación  "un aval bancario que garantizaba el pago del importe principal aplazado más los intereses de demora y un 25 por ciento más". Pero en 2010, antes de que el club fuese declarado en concurso de  acreedores, el Real Betis "abonó anticipadamente determinadas  partidas", con lo que "fueron devueltos los correspondientes avales a  la entidad garante", en este caso Caixabank. "La cantidad satisfecha  anticipadamente y con vencimiento posterior a la declaración del  concurso ascendía a 2.052.351 euros", señala la sentencia. Tras declararse el concurso, los administradores promovieron una demanda accidental  contra el club, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y  Caixabank, reclamando la declaración de "ineficacia de la cancelación  anticipada de la deuda de vencimiento posterior a la declaración de  concurso", para que fuesen restituidas "las prestaciones objeto del  negocio jurídico en su conjunto". El Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla acabó admitiendo  la demanda de los administradores concursales y condenó a la Agencia  Estatal de la Administración Tributaria a "rehabilitar y reponer los  acuerdos de concesión de aplazamiento y fraccionamiento que quedaron  sin efecto con motivo de la cancelación anticipada de la deuda que,  en virtud de los mismos, quedaba fraccionada", restituyendo además al  club "la suma total satisfecha anticipadamente", es decir, los 2.052.351  euros que el club anticipó.    

  • 1