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El TS retrasa su decisión sobre las listas de D3M y Askatasuna

El Tribunal Supremo (TS) ha pospuesto a la medianoche de hoy -ha ampliado el plazo 24 horas- su decisión sobre las listas de D3M y Askatasuna, porque reconoce la "imposibilidad real" de las formaciones para presentar alegaciones, que, de este modo, tendrán tiempo de hacerlo hasta las 14.00 horas de hoy.

el 15 sep 2009 / 22:18 h.

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El Tribunal Supremo (TS) ha pospuesto a la medianoche de hoy -ha ampliado el plazo 24 horas- su decisión sobre las listas de D3M y Askatasuna, porque reconoce la "imposibilidad real" de las formaciones para presentar alegaciones, que, de este modo, tendrán tiempo de hacerlo hasta las 14.00 horas de hoy.

La Sala del 61 del Tribunal Supremo acordó ayer retrasar hasta la medianoche de hoy su decisión sobre la impugnación de las candidaturas de Demokrazia Hiru Millones (D3M) y Askatasuna solicitadas por la Fiscalía y la Abogacía General del Estado, informaron ayer fuentes del alto tribunal.

En dos autos dictados ayer alrededor de las 14.30 horas, los 16 magistrados que componen la sala especial del alto tribunal acordaron ampliar hasta las 14.00 horas de hoy el plazo para que estas formaciones puedan plantear sus alegaciones al procedimiento. De esta forma, la Sala del 61 tendrá hasta la medianoche de hoy para tomar una decisión sobre la impugnación de candidaturas que estas formaciones presentaron para concurrir a las elecciones vascas del próximo 1 de marzo en las circunscripciones de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa.

Tanto D3M como Askatasuna presentaron el viernes sendos escritos en los que denunciaban la "imposibilidad real" de poder presentar sus alegaciones porque sus representantes estuvieron durante la jornada de ayer declarando ante el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, que ha iniciado el procedimiento penal contra sus miembros por un presunto delito de integración en organización terrorista.

El alto tribunal reconoce en los autos las "excepcionales circunstancias" y destaca que el viernes tuvieron que concurrir ante el Juzgado Central de Instrucción número 5, "lo que sin duda constituye el cumplimiento por su parte de un deber jurídico ineludible".

El Tribunal Supremo también acuerda aportar a estos dos partidos, tal y como solicitaron sus representantes, la documentación remitida por el director del Centro Penitenciario Madrid VI-Aranjuez que obra entre las pruebas aportadas por los demandantes.

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