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El TSJA avala la reducción de horas de Religión

El TSJA ha dado un varapalo a la asociación de profesores de Religión, que denunció a Educación por reducir las horas de esta asignatura por la falta de alumnado.

el 31 may 2010 / 19:54 h.

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La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado la demanda interpuesta por la Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales contra la Consejería de Educación por reducir su jornada laboral tras considerar que la disminución de horas aplicadas a estos profesores es una "contrapartida derivada razonablemente de las necesidades organizativas de los centros".

Según la sentencia, es la Administración educativa la que tiene la "potestad" de establecer, al inicio de cada curso escolar, la jornada de estos profesores según las "necesidades" de cada centro, las cuales, "no son fijas o inamovibles sino dinámicas y distintas" cada año dado el carácter voluntario de la asignatura, informa Europa Press.

El TSJA recuerda que la relación laboral de los profesores de religión con Educación tiene "un carácter objetivamente especial derivado tanto de sus fuentes normativas específicas como del propio objeto o servicio que se concierta". Es decir, que la contractualidad entre ambos se regula no sólo por el Estatuto de los Trabajadores, sino por los Acuerdos entre el Estado Español y la Santa Sede, así como por la propia Ley Orgánica de Educación (LOE) y el Real Decreto (disposición tercera) por el que se regula la relación laboral de este profesorado.

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