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El TSJA da un revés a la Junta y anula los incentivos al profesorado

El Alto Tribunal andaluz considera que la orden que regula el Programa de Calidad contradice varios aspectos de la Ley de Educación de Andalucía. La sentencia supone todo un revéspara la política educativa autonómica.

el 20 jul 2010 / 16:57 h.

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Alumnos del instituto Cristóbal Monroy en clase.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía tumbó ayer la orden que fijaba el pago de incentivos por valor de 7.000 euros a los profesores que lograran un mejor rendimiento escolar en sus aulas. Anula así uno de los planes educativos de la Junta más polémico de los último tiempos y que más ha erosionado la relación de los profesores con la Consejería de Educación. La mayoría de los docentes se puso desde el primer día en pie de guerra contra una prima que interpretaron como un "chantaje". Se consideró que Educación quería comprar a los profesores para que inflaran las notas y mejorar así el elevado índice de fracaso escolar.

El llamado Plan de Calidad, que la Consejería de Educación implantó con carácter voluntario y precipitadamente en 2008, contó con el apoyo de los sindicatos mayoritarios pero con el rechazo de los minoritarios y un significativo número de profesores -que incluso llegaron a manifestarse en dos multitudinarias protestas- le dio la espalda. El fallo del TSJA responde a un recurso del sindicato Ustea.

El Alto Tribunal anula esos incentivos porque considera que contravienen la Ley de Educación de Andalucía (LEA). El TSJA pone en duda que esos 7.000 euros estén realmente vinculados a la consecución de unos objetivos educativos. Esa prima se dividía en tres años. El primer curso que el profesor se adhiere al Plan de Calidad cobra 600 euros; en el segundo, 1.200 ó 1.800 euros (según si ha permanecido uno o los dos cursos anteriores en el centro), y finalmente el último curso los incentivos se calculan según una fórmula matemática hasta completar los 7.000 euros.

El fallo del TSJA, al que tuvo acceso Europa Press, pone en duda el sistema y se pregunta cómo es que el seguimiento que la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa e Inspección -creada este año- hace del Plan de Calidad se limita al tercer curso, mientras que los efectos económicos para el profesorado se cobran desde el primero. Por ello, el Alto Tribunal concluye que "estos incentivos no se vinculan, ni en su percepción ni en su cuantía, con la consecución de los objetivos", como sí exige la ley.

En un comunicado, la Consejería de Educación anunció que la sentencia -que no es firme- será recurrida. La Junta asegura que el fallo "no cuestiona" que se puedan establecer incentivos. La Agencia de Evaluación Educativa comenzó en la primera quincena de mayo un examen al Plan de Calidad, cuyos resultados se conocerán en enero, y Educación no descarta introducir "las mejoras que sean necesarias al programa", informó. La Junta negó que las cantidades ya percibidas por los profesores esté en cuestión, pues se trata de "un acto administrativo firme".

El Plan de Calidad es voluntario. Se adscriben los colegios e institutos que quieran, siempre que la mayoría del claustro lo apoye. Los centros reciben beneficios como más ayudas o prioridad a la hora de reforzar sus plantillas con profesores de apoyo. También tienen mayor presión y están más vigilados por la Consejería. En la última convocatoria, 1.662 centros se han acogido, un 48%. Los más reacios son los institutos.
Desde Ustea, José Segovia, declaró que la sentencia "viene a corroborar lo que ya se sabía, que es una norma muy mal hecha, sin pies ni cabeza" y que "cargaba el mochuelo de su propia inoperancia en el profesorado".

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA con sede en Sevilla es la llamada sala vaticana, que ha derribado algunos de los puntales educativos de la Junta. Fue la primera en admitir la objeción contra Educación para la Ciudadanía y dio la razón a los padres en otro duro conflicto que la Consejería libra por el reparto de plazas en los centros concertados.

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