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La juez rechaza varios peritos y testigos propuestos por Ortega Cano para demostrar que no bebió

el 05 jun 2012 / 14:53 h.

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La juez de lo Penal número 6 de Sevilla ha rechazado que  comparezcan en el juicio varios peritos y testigos propuestos por el  extorero y ganadero José Ortega Cano a fin de demostrar, entre otros  aspectos, que no había ingerido bebida alcohólica alguna el día 28 de  mayo de 2011, cuando su vehículo colisionó contra otro coche  provocando el fallecimiento de su conductor , un vecino de  Castilblanco de los Arroyos identificado como Carlos Parra.

Fuentes del caso han informado a Europa Press de que, en un auto  dictado el pasado día 23 de mayo, la juez declara "pertinente" las  pruebas propuestas por la defensa del acusado "a excepción" de  algunos testigos por considerarlos "innecesarios", como es el caso de  tres personas cuya comparecencia había sido propuesta para demostrar  el estado "óptimo" del imputado antes del accidente, ya que  estuvieron o vieron a Ortega Cano el día de los hechos.  

Asimismo, tampoco considera "pertinente" la comparecencia como  testigos en el juicio que se celebrará en marzo de 2013 de los  doctores que prestaban servicio de Urgencias en el Hospital Virgen  Macarena cuando ingresó el imputado con motivo del accidente "a los  efectos de acreditar el estado en el que se encontraba", ya que la  juez argumenta que "se trata de una diligencia que debió interesarse  en instrucción".  

También rechaza, por ser un testigo "innecesario", la  comparecencia de un traumatólogo del Virgen Macarena que atendió al  ganadero en la intervención quirúrgica realizada a las pocas horas  del accidente, pues según la defensa podía tener su utilidad para  conocer la colisión sufrida y la parte del cuerpo afectada.  Igualmente, considera que la pericial-médica de la jefa del Servicio  de Toxicología del Hospital Clínico Universitario de Zaragoza "es  innecesaria" al haberse admitido la del director de la Unidad de  Hematología del Macarena.

La defensa del extorero propuso esta última pericial-médica a fin  de que emitiera un informe "sobre el protocolo observado en la  sanidad pública en relación a los análisis de sangre realizados a  pacientes que por su situación física no pueden prestar su  consentimiento, a los efectos de su custodia para diferente  finalidad".  

ADMITEN DOS PERICIALES SOBRE LA VELOCIDAD

De igual modo, no admite la pericial médica de otros dos doctores  "por ser innecesarias", así como una pericial médico-forense "al no  haberse impugnado por ninguna de las partes", todo ello en un auto  que no es recurrible.

Por el contrario, el juez ha declarado "pertinente" la testifical  de dos personas que estuvieron con el extorero en los momentos  previos al siniestro, así como de un bombero que rescató a Ortega  Cano de su vehículo y del conductor de la ambulancia de Castilblanco  de los Arroyos que auxilió al imputado, todos los cuales "podrán  acreditar el estado en el que se encontraba" el acusado.  

También ha admitido la pericial técnica de los ingenieros  industriales de la Universidad de Zaragoza Juan José Alba y Alberto  Iglesia, quienes han elaborado un informe en el que realizan un  cálculo de la velocidad a la que circulaba el Mercedes Benz R320 de  Ortega Cano en los momentos previos a la colisión y apuntan que el  extorero circulaba a una velocidad de entre 79 y 96 km/h, frente a  los 125 km/h fijados por la Guardia Civil.  

Igualmente, en el plenario comparecerá el ingeniero técnico  industrial y especialista en reconstrucción de accidentes de tráfico  Francisco Galadi Rey, que concluyó en un informe que la invasión del  carril contrario por parte de Ortega Cano "fue puntual e iba a  resultar momentánea, dado que existen claros indicios referentes a  que Ortega Cano reaccionó rápidamente y dirigió de nuevo su vehículo  hacia su carril de origen".  

ADMITE LAS PRUEBAS DE LA ACUSACION PARTICULAR

En este sentido, el abogado de Ortega Cano, Enrique Trebolle, ha  mostrado en declaraciones a Europa Press su respeto a la decisión de  la juez y ha adelantado que, al inicio del juicio, reproducirá todas  las pruebas que le han sido rechazadas.  

De otro lado, la juez ha admitido las pruebas propuestas en ambos  escritos por la acusación particular, ejercida por el despacho Luis  Romero y Asociados, aunque no se ha pronunciado, al no haberse  aportado aún el informe pericial correspondiente, sobre un aspecto  incluido en la indemnización solicitada, como es el lucro cesante  derivado de los ingresos por los años de vida laboral que le quedaban  a la víctima, los cuales "no van a estar a disposición de la  familia".  

En el mismo auto, el Juzgado de lo Penal número 6 comunica que ha  fijado el inicio del juicio para dentro de nueve meses, en concreto  para el día 12 de marzo de 2013 en la principal sala de vistas de la  sede judicial del edificio Noga.  

LA FISCALIA PIDE CUATRO AÑOS DE CARCEL

La Fiscalía de Sevilla solicita para el acusado cuatro años de  cárcel y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y  ciclomotores durante seis años por el accidente ocurrido el 28 de  mayo de 2011, cuando el Mercedes Benz R320 que conducía Ortega Cano  colisionó frontalmente con el vehículo de la víctima en la carretera  que une Burguillos con Castilblanco de los Arroyos.  

Añade el fiscal que el acusado circulaba a 125,2 kilómetros por  hora frente a los 51 km/h de la víctima, de manera que a consecuencia  de la "brutal" colisión, Parra falleció en el acto por traumatismo  torácico severo y rotura cardiaca.  

Respecto al acusado, fue ingresado en el Hospital Virgen Macarena  a las 1,00 horas del 29 de mayo. "Debido al estado en el que se  encontraba y siendo prioritario atender a su grave situación física",  los agentes de la Guardia Civil no realizaron al acusado la prueba de  alcoholemia reglamentaria.  

POSITIVO EN LA PRUEBA DE ALCOHOLEMIA


No obstante, y una vez fue ingresado, se le realizaron dos  extracciones de sangre "con finalidad terapéutica", tras lo que el  juez instructor ordenó la remisión de muestra suficiente de la  extracción al Instituto Nacional de Toxicología al objeto de analizar  la presencia de alcohol o cualquier otro tóxico, detectándose  finalmente 1,26 de gramos de alcohol por litro en la sangre del  acusado.  

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