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Por Derecho

Síntomas de salud democrática

Las sociedades y sistemas políticos que cuentan con leyes proteccionistas del derecho a la información coinciden con las de mayor evolución democrática.

el 06 dic 2014 / 10:04 h.

Un grupo de periodistas asiste a una rueda de prensa. / El Correo Un grupo de periodistas asiste a una rueda de prensa. / El Correo En un tiempo que probablemente pasará a la historia con la denominación de la Era de la Información, y en el que la tecnología ocupa un espacio cada vez más importante en la vida cotidiana de los ciudadanos, el derecho de la información se ha convertido en uno de los pilares básicos de la convivencia en un contexto democrático. En las páginas siguientes se abordará el derecho de la información, en primer lugar con un sentido pedagógico, buscando como fin primordial la concienciación de los lectores sobre la importancia de este derecho y de los sentidos en los que se reclama y se hace valer. El derecho de la información debe entenderse como aquel que asiste a los ciudadanos en su reclamación de acceso a la información pública, pero también el de los mismos ciudadanos a preservar su imagen, su honor y su intimidad. Por otra parte, es la herramienta que los informadores tienen la obligación moral de esgrimir para trasladar a los ciudadanos esa misma información que reclaman, y que garantiza la toma de decisiones en la responsabilidad de conocer todos los argumentos, por ejemplo, ante unas elecciones o una consulta de carácter consultivo. Se da la circunstancia de que ambos derechos, los mejor definidos dentro del espectro de la protección de la información, están enfrentados en determinadas circunstancias, en las que los periodistas deben informar sobre los ciudadanos particulares. Es entonces cuando pueden producirse las vulneraciones del derecho al honor, a la intimidad o a la imagen pública de los ciudadanos particulares. Y por último, también concurre el deber de la administración tanto a facilitar la información que tenga un carácter público como a proteger los datos relativos a las actividades privadas de las personas, que por su naturaleza gozan de una especial sensibilidad. LEGISLACIÓN. En el contexto internacional e histórico, la relación entre la protección del derecho a la información en todas sus vertientes y las garantías de seguridad jurídica y democrática que cada nación ostenta es directamente proporcional, en la medida en la que la Democracia solo es posible cuando se da un escenario de protección del derecho a informar y a ser informado. Para garantizarlo, precisamente, existen numerosas figuras jurídicas, textos legislativos e instituciones que velan por hacer valer los citados derechos. De hace 223 años, con la primera enmienda a la carta magna de los Estados Unidos en 1791, data la primera referencia de la historia contemporánea a la libertad de expresión. Puede considerarse por tanto la fecha como la del comienzo de la andadura del derecho de la información en el contexto global. Mucho más tarde llegaron la DeclaraciónUniversal de los Derechos Humanos o, en el caso español en concreto, en 1968, la Ley de Secretos Oficiales, que fue el primer texto legislativo en el que se abordaron límites para el acceso y la difusión de la información. Tan solo cuatro años después llegaría otra ley que protegía no exclusivamente a las instituciones, sino también a los ciudadanos de a pie: la ley de protección civil del honor, la intimidad y la propia imagen, que ya preveía las intromisiones ilegítimas. La propia Constitución de 1978, elevando el derecho de información a la categoría de derecho fundamental, abrió el camino para el desarrollo específico de normas como la del derecho de rectificación o la cláusula de conciencia. Pero si una ley ha abordado cuestiones precisas, relativas a la protección de los informadores y de los ciudadanos que reclaman esa información, fue la llamada ley de transparencia, promulgada a finales de 2013. El texto que trata de perfilar los límites entre derechos y deberes, y también de resolver el conflicto tradicional de la justicia consistente en delimitar dónde termina un derecho y empieza otro que se reclama en sentido contrario demuestra basarse en una jurisprudencia que está a su vez mediatizada por el uso que los ciudadanos hacen de las herramientas que la tecnología ha puesto a su disposición. Las redes sociales han contribuido, por tanto, a actualizar un derecho del que la convivencia democrática.

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