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Sobreseída la querella contra los concursales del Betis

La juez desestima la denuncia de Jesús Paredes e Ildefonso Blanco a la que trataron de sumarse Lopera, a través de Farusa, y Manuel Castaño.

el 11 mar 2015 / 07:36 h.

Administradores del betis presentan plan financiero Tato, González y Narbona, administradores concursales del Betis. / F.J. Jiménez La juez Silvia Soto de Delas, titular del juzgado de instrucción número 15 de Sevilla, ha dictado un auto de sobreseimiento de la demanda contra los administradores concursales del Betis –Francisco Tato, Gerardo Narbona y Antonio Jesús González– y contra el anterior administrador judicial, José Antonio Bosch, presentada por dos exempleados de la entidad verdiblanca, Jesús Paredes e Ildefonso Blanco. A la misma quisieron adherirse Manuel Castaño y Farusa, la empresa que controla el paquete accionarial mayoritario de Manuel Ruiz de Lopera, pero la juez deniega tal posibilidad al rechazar la admisión de la querella. En la misma se denunciaba la comisión de un presunto delito societario, atendiendo a la condonación de una deuda de diez millones de euros a Sogecable en el contrato televisivo; también se denunciaba una  estafa procesal, por una serie de informes supuestamente realizados para confundir al juez; y también un presunto falso testimonio pericial, al entenderse que el informe de los administradores concursales en el que se declara culpable el concurso no era objetivo. Paredes y Blanco también denunciaron a los concursales por permitir que se pagaran primas por el ascenso, de 20.000 euros a cada jugador y 3.000 a los técnicos, “no estando pactadas ni acordadas en el momento de la solicitud del concurso”. También se añadió en la denuncia un posible delito contra la Hacienda Pública de Narbona y González, causa que podría ser reabierta si Hacienda lo estima oportuno, pues en la denuncia “no se aporta dato objetivo alguno que permita deducir la existencia del delito que se denuncia”, según el auto de la juez. “No existen indicios racionales de criminalidad en los hechos que se denuncian, ni de los delitos denunciados, ni de ningún otro, a excepción de un presunto delito contra la Hacienda Pública”, dice en su auto la juez, que añade que “no ha lugar a que se personen en la causa como perjudicados y como acusación particular Manuel Castaño Martín y FARUSA”.

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