In fraganti

Abusos sexuales: ¿Mentiras y chiringuitos sobre una lacra?

A la impunidad, miedo y ausencia de testigos que arrastran abusos y agresiones sexuales se suman quienes mienten sobre ellos. Una Justicia lenta, sin expertos competentes e intereses creados

Juan-Carlos Arias jcdetective /
19 dic 2020 / 04:00 h - Actualizado: 19 dic 2020 / 04:00 h.
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En España el término ‘abuso sexual’ se centra en los delitos que carecen de violencia y penetración no consentida (Arts. 181-182 Código Penal). Con la agresión sexual tiene en común con el abuso es que el ilícito fue contrario a la voluntad de la víctima. Difieren ambos conceptos, agresión y abuso, en que la primera a diferencia del abuso, requiere violencia o intimidación. En la escala de gravedad de los delitos, la agresión sexual está por encima del abuso sexual (1 a 3 años) con penas mayores (5 a 12 años, de cárcel). Lo más preocupante, en términos sociales, de estos delitos son los que afectan a menores.

Los números de estos ilícitos son más preocupantes. Aumentaron un 11,3 % en 2019, según el Balance de Criminalidad del Ministerio del Interior. En concreto, las agresiones sexuales con penetración crecieron un 10,5 %, mientras que el resto de estos delitos subieron un 11,4 por ciento. Según tal estadística se registraron un total de 15.338 delitos contra la libertad sexual en 2019 -frente a los 13.782 de 2018-. De ellos 1.878 fueron agresiones sexuales con penetración -frente a las 1.700 de 2018- y 13.460 de abusos y otros delitos -frente a los 12.082 de 2018-.

La tendencia, según Interior, es creciente para agresiones sexuales como para otros tipos de delitos contra la libertad, que incluyen los abusos. En 2018, por ejemplo, se registraron 6.066 denuncias por abuso sexual. En términos colaterales, 2018 fue un año a no repetir. Registró más denuncias por pornografía de menores (892), exhibicionismo (664) y corrupción de menores o incapacitados (268 denuncias).

Falsos abusos que despiden y calumnian

Un escándalo ha conmovido recientemente a Podemos, cuarta fuerza parlamentaria española que cogobierna junto al PSOE. En diciembre 2019, José Manuel Calvente fue despedido como responsable de protección de datos y asesoría jurídica de la formación morada. La causa fue por –presuntos- abusos sexuales a una letrada de su equipo. La ‘víctima’ es la misma a la que se atribuyen, también presuntamente, más nexos que los profesionales con un Fiscal Anticorrupción, Ignacio Stampa, que ha cesado recientemente en tal departamento del Ministerio Público.

La denuncia penal paralizó el despido de Calvente ante el Juzgado de Instrucción 32 de Madrid. Pero tal denuncia se archivó a los pocos días de presentarse. Diligencias investigadoras desvelaron, paradójicamente, que la letrada sentía hasta admiración por su jefe según mensajes intercambiados en sus móviles. En octubre de 2020 Podemos admite, mediante pacto, que evitará el bochorno en un juicio laboral la improcedencia del despido de Calvente. Le indemnizará, además, con casi 40.000 euros.

Admite Podemos, implícitamente, la falsedad de su denuncia penal. Fue la que basó el despido de su abogado-jefe pues investigaba irregularidades de la cúpula de dicho Partido. Calvente era un incómodo testigo que podría descubrir muchas vergüenzas internas. El ex abogado de Podemos ha denunciado a su vez a su antiguo empleador por irregularidades. Tras pactar su despido se reservó Derecho a ejercer ‘......las acciones legales para reclamar la indemnización que le corresponde por posibles vulneraciones a su honor y por las falsas acusaciones que algunos dirigentes de Podemos han vertido sobre él tras su despido, como la de acoso sexual...’

Imaginamos que Calvente, emparejado y padre de familia, ha sufrido la peor infamia. Ahora toca ventilar judicialmente su denuncia, pues lo único pactado fue su despido definitivo de Podemos. No obstante, las falsas denuncias en España tienen corto recorrido, aunque la calumnia sea mayor.

Falsedades de malas madres

Infancia Libre’ es un colectivo que se nutre, exclusivamente, de subvenciones oficiales para defender a menores de ‘malos padres’, abusadores y machistas acérrimos suponemos. Lleva años apoyando denuncias a padres a los que criminalizaba con el ilícito añadido de los abusos sexuales, algo que encima estigmatiza. La trama, pues la justicia la define como ‘organización criminal’ fue ya condenada en la persona -nada menos- que su presidenta, María Sevilla, a 2 años y 4 meses de prisión, pago de 5.000 euros y 4 años de retirada de la patria potestad.

Sevilla, que puede apelar la sentencia del Juzgado Penal 23 de Madrid, privó al padre de su hijo de verlo durante 6 años. Lo ocultó en una remota casa en Cuenca sin escolarizar. De ahí lo rescataron agentes policiales en una espectacular operación tras meses de pesquisas localizadoras.

Hay decenas de sumarios judiciales pendientes de sentencia en toda España centrados en las pautas de Infancia Libre. Su vicepresidente, Rocío de la Osa, denunció varias veces por abusos sexuales a su ex marido, también huérfano de una hija menor durante años. Todas las denuncias fueron archivadas. De la Osa está imputada por presunto secuestro y desobediencia.

Según documentaron pesquisas policiales, Infancia Libre denunciaba sistemáticamente por abusos sexuales a las ex parejas de sus socias. La idea es mejorar condiciones judiciales en divorcios contenciosos, régimen de custodia, pensiones alimenticias y compensatorias. En la trama urdida por Infancia Libre cooperaba una abogada y ex jueza -Carmen S.-, un psiquiatra -Antonio E. N.-, una psicóloga Bibiana N. (expedientada en su colegio por ‘mala praxis’) y la pediatra granadina Narcisa P. U.

Los indicados profesionales denunciaban, realizaban informes y recetaban psico-fármacos para adultos en pro de las socias de Infancia Libre y de los menores ‘abusados’. Entre profesionales del Derecho estas denuncias de abuso sexual de poco recorrido se llaman ‘pasteleo’. Es imaginable, y poco edificante, su propósito.

Buscan no obstante mejorar estrategias negociadoras de la denunciante. Paralizan, aplazándolas casi sine die, actuaciones civiles en divorcios, rupturas de parejas de hecho o custodia de menores. Llegados a este punto valdría una pregunta retórica: ¿Es políticamente incorrecto afirmar que esa práctica repugna?. ¿Calumnias y mentiras para privilegiar un divorcio?

El proceder de EICAS

Desde 1998 en Sevilla opera –como pioneros y en régimen de monopolio- al servicio de la Administración de Justicia EICAS. Recibe entre dos y tres denuncias semanales por sospechas y/o evidencias de menores víctimas de abusos sexuales. Su ámbito territorial son las provincias de Sevilla, Huelva y Córdoba. El denominado Equipo EICAS (Evaluación e Investigación de Casos de Abuso Sexual) es parte de ADIMA (Asociación Andaluza para la Defensa de la Infancia y Prevención del Maltrato). Este colectivo es una ONG aunque vive del erario público, como veremos.

Según su publicidad, EICAS lo lidera una Coordinadora (sic) e integran 5 Psicólogos Evaluadores, 1 Psicóloga Analista, 1 Trabajador Social y 1 Abogada. Cooperan, todos y todas, con la Unidad de Tratamiento a Menores Víctimas de ADIMA, cuya plantilla es de 1 documentalista y 1 administrativa. EICAS se nutre de –ínfimas- donaciones y cuantiosas subvenciones de la Consejería de Igualdad- Bienestar Social-Junta de Andalucía y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

EICAS trabaja sobre hechos preocupantes que nos implican para solventarlos. El 90% de los menores abusados por otros niños/as fueron víctimas de este tipo de vejaciones. Si el/la agresor/a es adulto/a, en el 50% de los casos hay una víctima infantil. Así lo explica el experto William Friedrich, director de los Servicios de Infancia y Familia-Centro de Tratamiento Psicológico y Psiquiátrico en Clínica Mayo-EEUU. Friedrich añade que los/as agredidos/as se segmentan así: 40/60% entorno familiar de la víctima; del 20 al 30% es conocido/a; 10% otro/a menor. Las recetas del norteamericano para remediar los abusos son dos: campañas educativas y psicoterapia.

La teoría, legítima y loable para menores abusados, sobre EICAS contrasta con hechos que relativizan su operativa. Nos referimos al caso de niña de 9 años sevillana cuando veraneaba en la costa onubense. La Sección 1ª-Audiencia de Huelva (Sentencia 67/07) confirma sentencia que sólo multa al padre de una amiga. Fiscalía y acusación particular pedían 3 años de cárcel y 18.000 euros por secuelas no descritas en pericial de EICAS.

En este caso, a EICAS la representó una Psicóloga recién colegiada. Encarnó la única prueba junto al testimonio –plagado de lagunas- de la abusada. El GRUME (Grupo de Menores-Cuerpo Nacional Policía) no aportó informe. La defensa del acusado añadió un dossier que ligaba –amistosamente- a la entonces Presidente de ADIMA, Pilar L. C., con el abuelo –ex Parlamentario del PSOE y Catedrático universitario jubilado- de la niña. Sus padres tardaron casi un mes en denunciar ‘tan graves hechos’. Cuando todo sucedió, los progenitores de la niña estaban a bordo de un yate. Además, las técnicas verificadoras del testimonio infantil se cuestionan en la comunidad científica de la psicología y psiquiatría más empírica.

Al parecer, según quienes colaboraron para ciertos ‘chiringuitos’ financiados por la Junta de Andalucía mientras la gobernó el PSOE-A (1978-2018), incrementar el número de ‘asistidos/as’ repercutiría en mayores subvenciones. Otros colectivos asistenciales sevillanos recibirían, más o menos, dinero público en función de numero de rehabilitados de drogas, alcohol o juego, mujeres violadas y maltratadas, inmigrantes, minorías, MENAS o puntos de encuentro para menores y padres.

El recurso 308/16 resuelto por la Audiencia de Sevilla absuelve a un acusado de abusos sexuales condenado antes a 5 años de cárcel, 5000 euros de multa y a orden de alejamiento. El plenario de la sección 4ª concurre en afirmar que la ‘prueba aportada no es suficiente para considerar adecuadamente desvirtuado el principio de presunción de inocencia que asiste al inculpado’. EICAS, de nuevo, aportó la única prueba de cargo.

Según el repertorio jurisprudencial no es el único caso en que EICAS sale malparada como evaluadora. El rollo 7993/16 de la Audiencia Provincial de Sevilla-Sección 1ª absuelve al padre una menor ‘abusada’. La niña fue valorada por EICAS y le otorgó máxima validez a su testimonio, es decir, mayor carga penal. Años antes, en 2009, un condenado a dos años por agresión sexual a su esposa lo absolvió el Supremo al apreciarse inconsistencias en el relato de la agredida.

También, La Sala 2ª del Tribunal Supremo -Rollo 307/19- confirma absolución a acusado de abusos a menor por Audiencia Provincial de Sevilla.

En honor a la verdad hay otras tantas sentencias de distintos órganos jurisdiccionales que dan validez a los informes de EICAS. Pero no es menos cierto que Andalucía es la única autonomía española donde se delegan funciones que son genuina y constitucionalmente policiales. La verificación testimonial y -por tanto- probatoria de menores abusados en la comunidad más grande y poblada de las españolas recae en un colectivo adscrito a una asociación privada, financiada por dinero público a la postre.

Más neutralidad, más profesionalidad

El CNP –a través de UFAM y GRUME- , y Guardia Civil –vía EMUME- y otras policías autonómicas tienen expertos -en sus respectivas plantillas- para dictaminar sobre pruebas y dudas testimoniales de menores que refieren haber sido abusados o agredidos sexualmente.

Según el experto Antonio Zayas (Universidad de Cádiz) resulta crucial poseer un conocimiento adecuado sobre los abusos sexuales, factores de riesgo y protección más las consecuencias (indicadores) que provocan en menores y adultos en función de sus características. Es preciso, por tanto, saber detectar los indicadores.

Controlar los aspectos relacionados con la entrevista, en su contenido y en su forma, es clave para que el profesional establezca nexos de confianza de quien fue abusado/a o agredido/a y se sienta cómodo para deponer. La credibilidad del testimonio y su análisis exigiría aplicación de técnicas científicamente admitidas. Quien entreviste debe tener formación específica y experimentada para garantizar los resultados evaluadores.

Deben añadirse entrevistas con progenitores y entorno cercano de la víctima. Así tal extra de información maneja todo mucho mejor. Así se evitan las pruebas pre-constituidas y optimizar la evidencia testimonial para la Justicia. Una mala gestión en la validación testimonial de víctimas de abusos o agresiones sexuales deja secuelas, re-victimiza, hiere al sistema legal, calumnia y suma huellas negativas como algunas que relativizan una lacra. Un problema grave que merece mayor sensibilización social, prevención planificada e investigación más el reproche que le merezca a quienes juzguen unos actos que atentan la libertad personal, en menores y adultos.